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El Peruano Miércoles 16 de octubre de 2013 504929 Que, con Informe Nº 00758-2013/MDLO/GA/SGRRHH la Sub Gerencia de Recursos Humanos remite el Contrato Administrativo de Servicios Nº 1234-2013 suscrito con la Abog. Katia Elsa Alcalá Hilasaca por el servicio de Auxiliar Coactivo en la Gerencia de Rentas de la Municipalidad, contrato determinado vigente desde el 01 de octubre del presente ejercicio, tal como especifi ca. En consecuencia recomienda emitir la resolución de Alcaldía de designación de Auxiliar Coactivo, en vías de regularización, desde el 01 de octubre de 2013; Que, mediante Informe Nº 00665-2013/MDLO/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica expresa, conforme a lo informado por la Sub Gerencia de Recursos Humanos, que el artículo 7º de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva Nº 26979 que “La designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos” y que “Tanto el Ejecutor como el Auxiliar ingresarán como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva”. Señala también que el artículo 1º de la Ley Nº 27204 que “el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7 de la Ley Nº 26979, “Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva”, no implica que dichos cargos sean de confi anza”; Que, acorde a los fundamentos que expone indica que a partir del 29 de junio de 2008 cobró vigencia el Decreto Legislativo Nº 1057 que establece el régimen especial de contratación administrativa de servicios como modalidad laboral propia de la administración pública. Siendo así opina que mediante resolución de alcaldía se designe como auxiliar coactivo a la Abog. Katia Elsa Alcalá Hilasaca, en vías de regularización, a partir del 01 de Octubre de 2013; Que, el Alcalde es el personero legal de la Municipalidad y en su condición de titular está facultado para designar o encargar los cargos de confi anza, conforme a las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades, siendo necesario en el presente caso accionar administrativamente a efectos de designar al Auxiliar Coactivo; Estando a lo Informado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 20º inciso 6). de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, en vías de regularización, a la ABOG. KATIA ELSA ALCALÁ HILASACA en el cargo de AUXILIAR COACTIVO desde el 01 de Octubre de 2013; conforme a los fundamentos esgrimidos en la presente. Artículo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto en la presente a la GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE RENTAS y a la SUB GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS para los fi nes de su competencia funcional. Artículo Tercero.- ORDENAR a la SECRETARÍA GENERAL la publicación de la presente en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 1000271-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 027-2013-MPC que establece el Régimen Temporal de Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 06-2013-MPC Cañete, 30 de setiembre del 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE VISTO: El Informe Nº 122-2013-GAT-MPC, de la Gerencia de Administración Tributaria, de fecha 24 de setiembre de 2013, por el cual solicita la prórroga del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 027-2013-MPC, del Benefi cio Tributario. CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de reforma Constitucional Nº 28607, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia, radicando esta facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico, que es establecido por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, la Municipalidad Provincial de Cañete mediante Ordenanza Nº 027-2013-MPC, establece el régimen Temporal de benefi cio de regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias, Ordenanza que entra en vigencia el 05 de setiembre del presente año, y de conformidad al artículo 5º de la citada Ordenanza el periodo de vigencia es desde el día siguiente de su publicación hasta el 30 de setiembre; Que, es política de la actual gestión municipal, brindar asesoría, orientación y facilidades a los contribuyentes con respecto al pago de sus obligaciones formales y sustanciales; Que, mediante Informe Nº 122-2013-GAT-MPC de fecha 26 de setiembre del 2013, la Gerencia de Administración Tributaria, informa que debido al impacto que ha generado la mencionada ordenanza, relativo a la ampliación de la base tributaria, rectifi cación de la base imponible (aumentos de valor), nuevas inscripciones, así como la mejora en la recaudación, y el poco tiempo de vigencia de la Ordenanza, se recomienda la prórroga de la misma hasta el 31 de octubre de 2013; Que, en el Artículo 12º de la Ordenanza Municipal Nª 027-2013-MPC, se faculta al Despacho de Alcaldía para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación del beneficio y la presente Ordenanza; Que, mediante Informe Legal Nº 348-2013/AJ-MPC de fecha 30 de setiembre de 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es factible aprobar el proyecto de Decreto de Alcaldía que prorrogue el plazo de vigencia de la Ordenanza Nª 027-2013-MPC, que establece el Régimen Temporal de Benefi cio de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias” hasta el 31 de octubre de 2013; Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Orgánica Nº 27972, con cargo a dar cuenta al Pleno del Concejo Municipal y con el visto de la Gerencia General, Gerencia de Administración Tributaria y la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 027-2013-MPC, que establece el Régimen Temporal de Benefi cio de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias, hasta el 31 de octubre de 2013. Artículo 2º.- Encargar a la Secretaria General la Publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano; así como a la Ofi cina de Informática para su publicación en el Portal Web de la Institución. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa 999897-1