Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2013 (16/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Miercoles 16 de octubre de 2013

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Piura; asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion e implementacion del Codigo Procesal Penal. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Publico, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de de MORDAZA, Ica, MORDAZA y Piura; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

transitorios, para la adecuada implementacion del Codigo Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales, sustentadas en razones de carga procesal. Segundo. Que por lo expuesto en los informes del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal y, considerando que este Poder del Estado tiene como politica institucional adoptar medidas en aras de un optimo servicio de imparticion de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho proposito. Tercero. Que los numerales 24, 25 y 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial, asimismo adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 689-2013 de la cuadragesima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales, a partir del 1 de octubre del ano en curso: Hasta el 31 de octubre de 2013 DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA · Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Maynas. Hasta el 30 de noviembre de 2013 DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA · Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Arequipa. DISTRITO JUDICIAL DE ICA · Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Pisco. · Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Ica. · Juzgado Penal Liquidador Transitorio en adicion de funciones Tercer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Chincha. · Juzgado Penal Liquidador Transitorio en adicion de funciones Tercer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Pisco. · Juzgado Penal Liquidador Transitorio en adicion de funciones MORDAZA Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Nazca. DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA · Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Loreto. · MORDAZA, Tercer, MORDAZA y MORDAZA Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Maynas. DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA · Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Piura. Articulo Segundo.- Disponer que los jueces de los mencionados organos jurisdiccionales liquidadores deberan emitir autos que pongan fin al MORDAZA y sentencias en numero no menor del 50% del estandar de produccion mensual. Este resultado sera determinante para evaluar la vigencia de su funcionamiento. Cada fin de mes, sin perjuicio de la informacion que debe descargarse en los sistemas informaticos de la institucion, los jueces informaran directamente al Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal sobre los siguientes aspectos: a) Numero de autos que ponen fin al MORDAZA y sentencias expedidas; b) Numero de expedientes en tramite, pendientes de resolucion final; y en reserva; c) Numero de expedientes en ejecucion; y, d) Dificultades presentadas en el ejercicio de sus funciones. Articulo Tercero.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, Ica, MORDAZA y

1000633-2 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 218-2013-CE-PJ
MORDAZA, 2 de octubre de 2013 VISTOS: El Oficio N° 046-2013-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 057-2013-GO-CNDP-CE/PJ, de la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal, respecto a la propuesta de prorroga de organos jurisdiccionales transitorios en merito al acuerdo adoptado por la referida comision. CONSIDERANDO: Primero. Que la Resolucion Administrativa Nº 029-2008CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y modificatorias, establece que la finalidad de la Comision Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo del MORDAZA de descarga procesal de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; y proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo. Que la Directiva N° 001-2012-CEPJ, denominada "Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal", aprobada por Resolucion Administrativa N° 031-2012-CE-PJ del 2 de marzo de 2012, y modificada por Resoluciones Administrativas N° 0842012-CE-PJ, N° 135-2012-CE-PJ, N° 177-2012-CE-PJ y N° 231-2012-CE-PJ, de fechas 8 de MORDAZA, 9 de MORDAZA, 17 de setiembre y 15 de noviembre de 2012, respectivamente, ha establecido normas para la organizacion y funcionamiento de la Comision Nacional y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, a fin de alcanzar una mas efectiva liquidacion de expedientes. Tercero. Que, asimismo, mediante Resolucion Administrativa Nº 245-2012-CE-PJ, de fecha 5 de diciembre de 2012, se aprobaron los estandares de expedientes resueltos a nivel nacional en sedes principales de Cortes Superiores de Justicia del pais; y, por Resolucion Administrativa N° 062-2013-CE-PJ, del 3 de MORDAZA de 2013, se aprobaron los estandares de expedientes resueltos de organos jurisdiccionales que no son sedes principales de Cortes Superiores de Justicia, aplicandose dichos criterios a los organos jurisdiccionales permanentes y transitorios que no son parte de la reforma del MORDAZA Codigo Procesal Penal y la Nueva Ley Procesal de Laboral. De igual modo, se dispuso a las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA que los destaques reubicaciones o encargos de funciones jurisdiccionales a labores administrativas no estan permitidos, salvo peticion sustentada a la Comision Nacional de Descarga Procesal, quienes se encargaran de aprobar o desestimar el pedido. Cuarto. Que por Resoluciones Administrativas N° 098-2013-CE-PJ, N° 140-2013-CE-PJ, y N° 160-2013-CE-

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