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El Peruano Miércoles 16 de octubre de 2013 504928 CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 225 se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como un organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y fi nanciera. Que, a través de la Ordenanza N° 1698 de fecha 05 de mayo de 2013, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio de Administración Tributaria, así como una nueva estructura orgánica para la Entidad. Que, con Resolución Jefatural N° 001-004-00003180 de fecha 27 de setiembre de 2013, se dispuso que la nueva estructura orgánica del SAT, aprobada mediante la Ordenanza Nº 1698, entrará en funciones a partir del 1 de octubre de 2013. Que, mediante Resolución Jefatural N° 001-004- 00003132 de fecha 22 de julio de 2013, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal - CAP del SAT, el cual contiene los cargos defi nidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su nueva estructura orgánica vigente prevista en su ROF. Que, el artículo 16 del Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, señala que la modifi cación del CAP de las entidades públicas procede, entre otras causales, cuando la Entidad haya sufrido modifi caciones en su ROF que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una acción de racionalización o mejoramiento de procesos. Que, asimismo, el artículo 15 de la citada norma establece que la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP, para los Organismos Públicos Descentralizados de Gobiernos Locales se efectuará por Resolución del Titular de la Entidad. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, mediante Memorando N° 162-092-00006358 la Gerencia de Finanzas emite opinión favorable a la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Servicio Administración Tributaria. Estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y de conformidad con el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Servicio de Administración Tributaria, aprobado por Resolución Jefatural N° 001-004-00003132, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la presente Resolución sea publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; asimismo, esta Resolución y su anexo sean publicadas en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.pe). Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 01 de octubre de 2013. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN MANUEL CAVERO SOLANO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 1000358-2 MUNICIPALIDAD DE ANCON Prorrogan el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 267-2013-MDA que otorga Beneficio de Regularización Extraordinaria, para el Pago de Deudas Tributarias y/o No Tributarias “Cero Deuda” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 20-2013-A-MDA Ancón, 30 de setiembre del 2013. VISTO: Informe Nº 124 -2013-GR/MDA, de fecha 30 de setiembre del 2013, de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política, concordado con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, disponen que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante la Ordenanza Nº 267-2013-MDA, se establece ORDENANZA QUE DISPONE BENEFICIOS DE REGULARIZACION EXTRAORDINARIA PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS “DEUDA CERO; Que, mediante informe Nº124-2013-GR/MDA, la Gerencia de Rentas solicita la prorroga de la Ordenanza Nº 267-2013-MDA hasta el 31 de octubre del 2013; Que la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 267-2013-A/MDA, señala que el Alcalde se encuentra facultado a dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones complementarias para el correcto cumplimiento de la presente Ordenanza y/o disponer la prórroga de su vigencia total o parcialmente; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 267-2013-A/MDA. Hasta el 31 de octubre del 2013. Artículo Segundo.-. ENCARGAR a la Gerencia de Rentas el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la difusión de la presente disposición a través del Portal Electrónico de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 999765-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Designan Auxiliar Coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 404-2013 Los Olivos, 4 de octubre de 2013 VISTOS: El Contrato Administrativo de Servicios Nº 1234-2013 suscrito con la abogada Katia Elsa Alcalá Hilasaca, Informe Nº 00758-2013/MDLO/GA/SGRRHH de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, Informe Nº 00665- 2013/MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Proveído Nº 3065-2013/MDLO/GM de la Gerencia Municipal contenidos en el F.U.T. Interno Nº I-0015841-2013; y, CONSIDERANDO: Que, al amparo del Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, estando a lo expresado por el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, considerando el Decreto Supremo Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM que establece modifi caciones al Reglamento aludido y acorde a la LEY Nº 29849 que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales, con fecha 01 de octubre de 2013 se suscribió el Contrato Administrativo de Servicios Nº 1234- 2013 con la Abogada Katia Elsa Alcalá Hilasaca, tal como aparece de las instrumentales adjuntas;