Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2013 (01/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

502128
1994= 100,00, correspondiente al mes de agosto de 2013, asi como su variacion mensual y acumulada.
ANO / MES 2013 ENERO FEBRERO MARZO MORDAZA MORDAZA JUNIO MORDAZA AGOSTO 206,605903 206,762562 207,345341 207,444568 206,831945 208,522389 210,543665 212,322829 -0,78 0,08 0,28 0,05 -0,30 0,82 0,97 0,85 -0,78 -0,70 -0,42 -0,37 -0,67 0,14 1,12 1,97 NUMERO INDICE VARIACION PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA

El Peruano MORDAZA 1 de setiembre de 2013

sujetos a dicho Sistema, lo cual ocasiona una dispersion de tasas incluso entre bienes o servicios producidos en la misma actividad economica que dificultan la aplicacion del Sistema; Que se ha visto por conveniente reducir el numero de tasas aplicables a los bienes y servicios sujetos a dicho Sistema con el objeto de simplificar y facilitar la aplicacion del SPOT; En uso de las facultades conferidas por el articulo 13° del TUO del Decreto Legislativo Nº 940 aprobado por el Decreto Supremo Nº 155-2004-EF y normas modificatorias, el articulo 5° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y el inciso u) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- REFERENCIA Para efecto de la presente MORDAZA toda alusion a Resolucion se entendera referida a la Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y modificatorias, que establece normas para la aplicacion del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias a que se refiere el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 940, aprobado por el Decreto Supremo Nº 155-2004-EF y modificatorias. Articulo 2°.- MODIFICACION DE PORCENTAJES DEL ANEXO 1 DE LA RESOLUCION Modifiquese el porcentaje aplicable para la determinacion del deposito de los bienes senalados en los numerales 1, 2 y 3 del Anexo 1 de la Resolucion, referidos a azucar, alcohol etilico y algodon, a nueve por ciento (9%). Articulo 3°.- MODIFICACION DE PORCENTAJES DEL ANEXO 2 DE LA RESOLUCION Modifiquese los porcentajes aplicables para la determinacion del deposito: a) De los bienes senalados en los numerales 2, 3, 4, 7, 17, y 18 del Anexo 2 de la Resolucion, referidos a maiz MORDAZA duro, algodon en MORDAZA sin desmotar, cana de azucar, bienes gravados con el IGV por renuncia a la exoneracion, paprika y otros frutos de los generos capsicum o pimienta y esparragos, a nueve por ciento (9%). b) De los bienes senalados en los numerales 5 y 22 del Anexo 2 de la Resolucion, referidos a MORDAZA y MORDAZA y minerales no metalicos, a doce por ciento (12%). c) De los bienes senalados en el numeral 21 del Anexo 2 de la Resolucion, referido a oro y demas minerales metalicos exonerados del IGV, a cuatro por ciento (4%). Articulo 4°.- MODIFICACION DE PORCENTAJES DEL ANEXO 3 DE LA RESOLUCION Modifiquese los porcentajes aplicables para la determinacion del deposito: a) De los servicios senalados en los numerales 3 y 10 del Anexo 3 de la Resolucion, referidos a mantenimiento y reparacion de bienes muebles y demas servicios gravados con IGV, a doce por ciento (12%). b) De los contratos de construccion senalados en el numeral 9 del Anexo 3 de la Resolucion, a cuatro por ciento (4%). DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia el primer dia calendario del mes subsiguiente al de su publicacion y sera aplicable a aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligacion tributaria del Impuesto General a las Ventas se genere a partir de dicha fecha. Respecto de las operaciones exoneradas del IGV, sera aplicable a aquellas cuyo nacimiento de la obligacion tributaria del IGV se habria originado a partir de dicha fecha si no estuviesen exoneradas de dicho impuesto. DISPOSICION COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Unica.- MODIFICACION DEL ARTICULO 3° DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 250-2012/ SUNAT

Articulo 2°.- Aprobar la publicacion del Boletin Mensual de Indicadores de Precios de la Economia, que contiene la Informacion Oficial del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de agosto de 2013. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 982046-2

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Resolucion de Superintendencia que modifica la Resolucion de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT que aprobo normas para la aplicacion del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias y la Resolucion de Superintendencia N° 250-2012/SUNAT que MORDAZA el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias aplicable a los Espectaculos Publicos
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 265-2013/SUNAT MORDAZA, 28 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo Nº 940, aprobado por el Decreto Supremo Nº 155-2004-EF y modificatorias, establece un Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT) cuya finalidad es generar fondos, a traves de depositos realizados por los sujetos obligados en las cuentas abiertas en el Banco de la Nacion que seran destinados a asegurar el pago de las deudas tributarias, costas y gastos administrativos del titular de dichas cuentas; Que el articulo 13° del citado TUO dispone que mediante MORDAZA dictada por la SUNAT se designara, entre otros, los bienes, servicios y contratos de construccion a los que resultara de aplicacion el SPOT, asi como el porcentaje o valor fijo aplicable a cada uno de ellos, habiendose dictado al respecto la Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y normas modificatorias que aprueba las normas para la aplicacion de dicho Sistema, asi como la Resolucion de Superintendencia Nº 250-2012/SUNAT que regula la aplicacion del SPOT a los espectaculos publicos; Que actualmente, la normatividad del SPOT ha previsto diez (10) tasas distintas aplicables a los bienes y servicios

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