Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2013 (03/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0012-2013-AL/CPB., CONCERNIENTE AL SORTEO TRIBUTARIO POR EL MES DE MORDAZA Y DICIEMBRE 2013 ­ POR PRONTO PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2013
Articulo 1º.- MODIFICAR en parte el Articulo 1º parrafo final y Articulo 2º MORDAZA parrafo de la Ordenanza Municipal Nº 0012-2013-AL/CPB., sin que con este se altere la sustancia de la MORDAZA municipal, en lo que respecta a la fecha del 1er Sorteo Tributario que se llevara a cabo el 04 de Octubre del 2013, por motivo de la Creacion Politica de la Provincia de Barranca. Articulo 2º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- PUBLIQUESE la presente MORDAZA local en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA Institucional www.munibarranca.gob.pe/ y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe/ conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. Articulo 4º.- ENCARGAR a Secretaria General la publicacion, distribucion y notificacion de la presente ordenanza municipal. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA Municipal, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del dos mil trece. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial

El Peruano Martes 3 de setiembre de 2013

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Aprueban MORDAZA de Actualizacion Masiva del Impuesto Predial, Regularizacion de Deuda Tributaria y Arbitrios en la MORDAZA de Barranca
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0028-2013-AL/CPB
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 21 de Agosto del 2013, en la estacion Orden del Dia, el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la MORDAZA de actualizacion masiva de impuesto Predial, regularizacion de deuda tributaria y arbitrios en la MORDAZA de Barranca; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece la Constitucion Politica del Peru, en su Articulo 194º modificado por la Ley Nº 28607 ­ Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, las ordenanzas municipales son normas de mayor rango dentro de la normatividad municipal, conforme establece el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, primer parrafo "Las ordenanzas municipales provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 41º del TUO del Codigo Tributario, que establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley, excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto de los impuestos que administren; Que, el Articulo 62º de la misma MORDAZA, establece facultades de fiscalizacion de la administracion tributaria, por lo que es necesario incentivar a los contribuyentes

para que en forma voluntaria regularicen la determinacion de sus obligaciones tributarias a fin de que las obligaciones no declaradas oportunamente las pueda efectuar con facilidades de pago; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2011AL/CPB, el Consejo Provincial de Barranca aprobo el "Beneficio Tributario Municipal de Condonacion Parcial de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo", que en su Articulo 1º Dispone la condonacion total de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, administrados por la Municipalidad Provincial de Barranca del ano 1998 hasta el ano 2003; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 018-2013AL/CPB, de fecha 12 de Junio del 2013, se aprobo la "Campana de Actualizacion Masiva de Impuesto Predial, Regularizacion de deuda Tributaria y Arbitrios en la MORDAZA de Barranca", la cual fue publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 17 de MORDAZA del 2013, y que senala en su Articulo 11º "Los contribuyentes podran acogerse a los beneficios tributarios dispuestos en la presente ordenanza, desde el dia siguiente de su publicacion hasta por el periodo de 30 dias calendario"; Entonces, bajo este concepto, cabe indicar que esta termino su vigencia el 17 de Agosto del 2013; Que, en ese sentido, sobre la base de la mencionada Ordenanza, el presente proyecto de Ordenanza tiene por finalidad establecer a favor de los contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Barranca, incentivos para la regularizacion voluntaria en la MORDAZA de las declaraciones juradas de autoavaluo de su predio y/o el uso de los mismos u otro MORDAZA que incida en la mayor determinacion del impuesto predial, arbitrios en los ejercicios respectivos. Asi como la regularizacion de deuda por Impuesto Predial y arbitrios pendientes de pago; Que, despues de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Articulo 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Pleno del Concejo Municipal con el MORDAZA UNANIME de los Senores Regidores presentes y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; se expide la siguiente;

"ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MORDAZA DE ACTUALIZACION MASIVA DE IMPUESTO PREDIAL, REGULARIZACION DE DEUDA TRIBUTARIA Y ARBITRIOS EN LA MORDAZA DE BARRANCA"
Articulo 1º.- APROBAR, las normas que regulan la MORDAZA de Actualizacion Masiva de Impuesto Predial, Regularizacion de Deuda Tributaria y Arbitrios en la MORDAZA de Barranca; el cual consta de 11 Articulos y 05 Disposiciones Finales y Transitorias, que en anexo forma parte de la presente ordenanza. Articulo 2º.- DEJAR, sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Articulo 3º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- PUBLIQUESE la presente MORDAZA local en el Diario Oficial El Peruano, y sus anexos en el MORDAZA Institucional www.munibarranca.gob.pe/ y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe/ conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. Articulo 5º.- ENCARGAR a Secretaria General la publicacion, distribucion y notificacion de la presente ordenanza municipal. POR LO TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA Municipal, a los veintiun dias del mes de agosto del dos mil trece. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial

982390-1

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