Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2013 (07/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Sabado 7 de setiembre de 2013

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realizar una adecuacion mas compleja de sus sistemas al citado Regimen, por lo que se considera conveniente flexibilizar la citada regla haciendo uso de la facultad discrecional prevista en los articulos 82° y 166° del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello es innecesario, en la medida que la aplicacion de la facultad discrecional para no sancionar las infracciones tributarias es potestad de la Administracion Tributaria conforme a lo establecido en los articulos 82° y 166° del TUO del Codigo Tributario; En uso de las facultades conferidas por los articulos 82° y 166° del TUO del Codigo Tributario, la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29173, el articulo 11° del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modificatorias, el articulo 5° de la Ley Nº 29816 y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- MODIFICACION DE LA SEXTA DISPOSICION FINAL DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 058-2006/SUNAT Modifiquese la Sexta Disposicion Final de la Resolucion de Superintendencia Nº 058-2006/SUNAT y normas modificatorias, por el siguiente texto: "Sexta.- INAPLICACION DE SANCIONES No se sancionaran las infracciones previstas en los numerales 1, 2 y 5 del articulo 175° y en el numeral 13 del articulo 177° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013EF, que se originen en el incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente regimen, cometidas por los agentes de percepcion respecto de las operaciones de venta de bienes cuyo nacimiento de la obligacion tributaria del IGV se produzca durante los dos (2) primeros meses: a) En que actuen como tales, incluyendo el mes en que opere su designacion. b) De la incorporacion de nuevos bienes al presente regimen, incluyendo el mes en que opere dicha incorporacion. En este supuesto, la inaplicacion de sanciones rige solo respecto de los nuevos bienes." DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- INAPLICACION DE SANCIONES EN EL CASO DE LOS BIENES INCORPORADOS AL REGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV MEDIANTE DECRETO SUPREMO Nº 091-2013-EF No se sancionaran las infracciones previstas en los numerales 1, 2 y 5 del articulo 175° y en el numeral 13 del articulo 177° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, que se originen en el incumplimiento de las obligaciones previstas en el Regimen de Percepciones del IGV, cometidas por los agentes de percepcion respecto de las operaciones de venta de bienes incorporados al referido regimen mediante Decreto Supremo Nº 091-2013-EF, cuyo nacimiento de la obligacion tributaria del IGV se hubiera producido entre el 15 de MORDAZA y el 31 de agosto del 2013, inclusive. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 985240-1

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Conforman la Tercera Sala Laboral de MORDAZA y designan Jueces Supernumerarias
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 805-2013-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 6 de setiembre de 2013 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso numero 62258-2013, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Decimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA, solicita hacer uso de su descanso vacacional por el periodo del 09 al 15 de setiembre del presente ano; asimismo, mediante el ingreso numero 71376-2013 la doctora MORDAZA Elder MORDAZA MORDAZA, Juez Superior Titular, Presidenta de la Tercera Sala Laboral de MORDAZA solicita hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce por el periodo de 25 dias, a partir del 10 de setiembre del presente ano. Que, estando a lo expuesto en los considerandos anteriores, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Tercera Sala Laboral de MORDAZA y del Decimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de Lima. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del 16° Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA a partir del 09 de setiembre del presente ano y mientras duren las vacaciones del doctor MORDAZA Calla. Articulo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA ODALIS MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del 11° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de MORDAZA, como Juez Superior Provisional integrante de la 3° Sala Laboral de MORDAZA, a partir del dia 10 de setiembre del presente ano y mientras duren las vacaciones de la doctora MORDAZA MORDAZA, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Tercera Sala Laboral de Lima: Dra. MORDAZA MORDAZA Runzer MORDAZA Dra. MORDAZA Odalis MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ludena Presidente (P) (P)

Articulo Tercero.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del 11° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de MORDAZA, a partir del dia 10 de setiembre del presente ano y mientras dure la promocion de la doctora MORDAZA Villegas. Articulo Cuarto.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,

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