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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (23/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Miércoles 23 de abril de 2014 521390 en los niños y adultos, promoviendo la equidad en la vacunación y mejorando el acceso a la misma a las poblaciones más dispersas y excluidas del país; Que, el literal a) el artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y sus modifi catorias, dispone que la Dirección General de Salud de las Personas, órgano técnico del Ministerio de Salud, tiene a su cargo, entre otras, la función de proponer las políticas de salud, prioridades sanitarias y estrategias de atención de salud de las personas y el modelo de atención integral de salud, con alcance sectorial e institucional; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, concordante con el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ofi cializar la “Semana Nacional de Vacunación” en el marco de la Semana de Vacunación en las Américas, a desarrollarse del 3 al 9 de mayo de 2014. Artículo 2º.- Disponer que las actividades de vacunación de la “Semana Nacional de Vacunación” se desarrollen considerando los siguientes escenarios: • Regiones del Norte y Oriente: enfatizar la vacunación contra la Infl uenza a los grupos priorizados según la NTS Nº 080-MINSA/DGSP-V.03, “Norma Técnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunación”. • Regiones del Sur y Centro: por la situación de friaje, enfatizar la vacunación contra el Neumococo, y pentavalente. • En los distritos de Lima y Callao: completar esquemas de vacunación en los niños menores de 5 años y población mayor de 5 años según NTS Nº 080-MINSA/DGSP V.03, “Norma Técnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunación”. Artículo 3º.- Continuar con la vacunación contra la Hepatitis B, con tres dosis a la población mayor de 5 años, en donde se priorizará a las personas con factores de riesgo, tales como: Habitantes de pueblos indígenas, Personas que vive en áreas de alta endemicidad, Población que vive en albergues, Trabajadores de salud, pacientes poli transfundidos, trabajadores sexuales (TS), hombres que tienen sexo con hombres (HSH), centros de rehabilitación de drogodependientes, hombres y mujeres privados de su libertad, personal de las fuerzas armadas y policiales, así como estudiantes de las áreas de la salud, con la fi nalidad de fortalecer el proceso del control acelerado de la hepatitis B, para contribuir a mejorar la calidad de vida de la población. Artículo 4º.- Considerar que la vacunación contra la Hepatitis B, se realice aplicando tres (3) dosis con un intervalo mínimo de cuatro (4) semanas entre dosis y dosis, las mismas que se aplicarán a nivel nacional, durante el año 2014. Artículo 5º.- Establecer que las acciones de vacunación en los establecimientos de salud, se realicen en días y horas en los que se garantice el acceso de la población, pudiendo incluirse los días domingos, a efecto de garantizar el cumplimiento de la meta establecida. Artículo 6º.- Disponer que la Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones y su Comité de Expertos, socialice, monitoree y supervise el cumplimiento de los lineamientos técnicos de la mencionada vacunación. Artículo 7º.- Las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud, las Direcciones de Salud, o las que hagan sus veces, son responsables del cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, quienes emitirán oportunamente el informe correspondiente. Artículo 8º.- El informe fi nal de la campaña de vacunación denominada “Semana Nacional de Vacunación”, deberá ser presentada por las instancias responsables hasta el 30 de mayo del 2014 a la Dirección General de Salud de las Personas, la cual a su vez informará a la Alta Dirección del Ministerio de Salud. Artículo 9º.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/dge/normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1075729-1 Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo de la Unidad Ejecutora 029 Hospital Santa Rosa a la Dirección General de Servicio Nacional de Empleo DIRECCIÓN DE SALUD V LIMA - CIUDAD HOSPITAL SANTA ROSA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 105-2014-SA-DS-HSR-OARRHH/DG Lima, 8 de abril del 2014 VISTO: La Nota Informativa Nº 150-2014-SA-DS-HSR- OEARRH, de fecha 08 de abril del 2014, emitido por la Ofi cina de Administración de Recursos Humanos del Hospital Santa Rosa. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, establecen la obligación de los organismos públicos y empresas del Estado de remitir sus ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, los Organismos Públicos y Empresas del Estado, designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación se debe realizar mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, es pertinente designar al funcionario responsable, a fi n de garantizar el normal desarrollo de los procedimientos de contrataciones administrativas de servicios; Con las visaciones del Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Administración, del Jefe de la Ofi cina de Administración de Recursos Humanos y de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Hospital Santa Rosa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27736, Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, Decreto Legislativo Nº 1057, Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales – Ley Nº 29849; Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Santa Rosa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1022- 2007/MINSA, del 11 de diciembre de 2007; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Licenciado en Administración Pablo Edgar Ruiz Pozo, Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Administración del Hospital Santa Rosa, como el funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Unidad Ejecutora 029 Hospital Santa Rosa a la Dirección General de Servicio Nacional de Empleo. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Hospital Santa Rosa (www.hsr.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Jefa de la Ofi cina de Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR AUGUSTO TEJADA BECHI Director General 1075325-1