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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (30/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Miércoles 30 de abril de 2014 521946 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Autorizan transferencia financiera a favor de Gobiernos Locales en el Marco Normativo del Plan Integral de Reparaciones - PIR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0145-2014-JUS Lima, 29 de abril de 2014 VISTOS: El O fi cio Nº 618-2014-JUS/SE-CMAN y el Informe Nº 044-2014-JUS-CMAN/SE-PMR, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel, encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional – CMAN; el Informe Nº 048-2014-JUS/OGPP-OPRE, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 382-2014-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28592, establece el Marco Normativo del Plan Integral de Reparaciones - PIR para las víctimas de la violencia ocurrida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28592, el cual establece los mecanismos, modalidades y procedimientos con la fi nalidad de reparar a las víctimas del proceso de violencia, con el objeto de contribuir a a fi rmar la paz y la concordia entre los peruanos y propender a la reconciliación nacional; Que, de acuerdo con el artículo 25º del Reglamento de la Ley Nº 28592, el Programa de Reparaciones Colectivas tiene por objetivo contribuir a la reconstrucción del capital social e institucional, material y económico – productivo de las familias y comunidades rurales y urbanas afectadas por el proceso de violencia; Que, con Decreto Supremo Nº 102-2011-PCM, se adscribe la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional – CMAN al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, literal a) del numeral 12.1 del artículo 12º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza de manera excepcional transferencias fi nancieras, entre otras, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para atender la operatividad del Plan Integral de Reparaciones – PIR, las mismas que se realizan mediante resolución del titular del pliego y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, la Secretaría Ejecutiva de la CMAN con O fi cio N.° 618-2014-JUS/SE-CMAN adjunta el Informe Nº 044-2014-JUS-CMAN/SE-PMR mediante el cual emite opinión favorable y solicita se expida la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera para veintitrés (23) convenios suscritos con Gobiernos Locales, de los cuales ocho (08) contienen proyectos de inversión pública que han sido declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP; Que, el Informe Nº 048-2014-JUS/OGPP-OPRE de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2014 del Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para fi nanciar la transferencia fi nanciera hasta por el monto de S/. 2 300 000,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Con el visado de la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/. 2 300 000,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de los Gobiernos Locales detallados en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución, el cual se publica en el portal institucional (www.minjus.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en la fuente de fi nanciamiento: 1 Recursos Ordinarios; Unidad Ejecutora: 001 O fi cina General de Administración; Función: 23 Protección Social; División Funcional: 051 Asistencia Social; Grupo Funcional: 0114 Desarrollo de Capacidades Sociales y Económicas; Actividad: 5001154 Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista y Violación de los Derechos Humanos; Meta: 0078 Seguimiento de la Política Nacional de Paz Reparación Colectiva y Reconciliación Nacional; especí fi cas del gasto: 2.4. 1 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local - Gastos Corrientes: S/. 1 500 000,00 (UN MILLÓN QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) y 2.4. 2 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local – Gastos de Capital: S/. 800 000,00 (OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo 3º.- La transferencia fi nanciera se efectuará conforme al cronograma de desembolsos, términos y obligaciones establecidos en los Convenios suscritos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con los Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de los proyectos y actividades detallados en el Anexo 1 de la presente Resolución. Asimismo, los recursos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- En el marco de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, los Gobiernos Locales publicarán el resultado de las acciones y el detalle de gastos de los recursos transferidos en su Portal Institucional, sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Los Gobiernos Locales que no cuenten con portal institucional publicarán la información señalada en el párrafo precedente en un diario de mayor circulación o en un lugar visible de la entidad dentro del plazo establecido. Artículo 5º.- La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional - CMAN, se encargará de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecución de los Convenios referidos en el Artículo 3º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de los proyectos y actividades del Programa de Reparaciones Colectivas contenidas en los mismos. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1078062-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Dan por concluida designación de Director General de la Dirección General de Población y Desarrollo del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL № 132-2014-MIMP Lima, 25 de abril de 2014