Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2014 (30/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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El Peruano Miercoles 30 de MORDAZA de 2014

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan transferencia financiera a favor de Gobiernos Locales en el MORDAZA Normativo del Plan Integral de Reparaciones - PIR
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0145-2014-JUS
MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El Oficio Nº 618-2014-JUS/SE-CMAN y el Informe Nº 044-2014-JUS-CMAN/SE-PMR, de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel, encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional ­ CMAN; el Informe Nº 048-2014-JUS/OGPP-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 382-2014JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28592, establece el MORDAZA Normativo del Plan Integral de Reparaciones - PIR para las victimas de la violencia ocurrida durante el periodo de MORDAZA de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comision de la Verdad y Reconciliacion; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28592, el cual establece los mecanismos, modalidades y procedimientos con la finalidad de reparar a las victimas del MORDAZA de violencia, con el objeto de contribuir a afirmar la paz y la MORDAZA entre los peruanos y propender a la reconciliacion nacional; Que, de acuerdo con el articulo 25º del Reglamento de la Ley Nº 28592, el Programa de Reparaciones Colectivas tiene por objetivo contribuir a la reconstruccion del capital social e institucional, material y economico ­ productivo de las familias y comunidades rurales y urbanas afectadas por el MORDAZA de violencia; Que, con Decreto Supremo Nº 102-2011-PCM, se adscribe la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional ­ CMAN al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, literal a) del numeral 12.1 del articulo 12º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, autoriza de manera excepcional transferencias financieras, entre otras, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para atender la operatividad del Plan Integral de Reparaciones ­ PIR, las mismas que se realizan mediante resolucion del titular del pliego y se publican en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, la Secretaria Ejecutiva de la CMAN con Oficio N.° 618-2014-JUS/SE-CMAN adjunta el Informe Nº 0442014-JUS-CMAN/SE-PMR mediante el cual emite opinion favorable y solicita se expida la Resolucion Ministerial que apruebe la transferencia financiera para veintitres (23) convenios suscritos con Gobiernos Locales, de los cuales ocho (08) contienen proyectos de inversion publica que han sido declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP; Que, el Informe Nº 048-2014-JUS/OGPP-OPRE de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2014 del Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para financiar la transferencia financiera hasta por el monto de S/. 2 300 000,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Con el visado de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley

Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/. 2 300 000,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de los Gobiernos Locales detallados en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion, el cual se publica en el MORDAZA institucional (www.minjus.gob.pe) en la misma fecha de publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La transferencia financiera autorizada por la presente Resolucion se realizara con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en la fuente de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios; Unidad Ejecutora: 001 Oficina General de Administracion; Funcion: 23 Proteccion Social; Division Funcional: 051 Asistencia Social; Grupo Funcional: 0114 Desarrollo de Capacidades Sociales y Economicas; Actividad: 5001154 Reparaciones para las Victimas de la Violencia Terrorista y Violacion de los Derechos Humanos; Meta: 0078 Seguimiento de la Politica Nacional de Paz Reparacion Colectiva y Reconciliacion Nacional; especificas del gasto: 2.4. 1 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local - Gastos Corrientes: S/. 1 500 000,00 (UN MILLON QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) y 2.4. 2 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local ­ Gastos de Capital: S/. 800 000,00 (OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo 3º.- La transferencia financiera se efectuara conforme al cronograma de desembolsos, terminos y obligaciones establecidos en los Convenios suscritos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con los Gobiernos Locales para el financiamiento de los proyectos y actividades detallados en el Anexo 1 de la presente Resolucion. Asimismo, los recursos no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- En el MORDAZA de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003PCM, los Gobiernos Locales publicaran el resultado de las acciones y el detalle de gastos de los recursos transferidos en su MORDAZA Institucional, sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Los Gobiernos Locales que no cuenten con MORDAZA institucional publicaran la informacion senalada en el parrafo precedente en un diario de mayor circulacion o en un lugar visible de la entidad dentro del plazo establecido. Articulo 5º.- La Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional CMAN, se encargara de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecucion de los Convenios referidos en el Articulo 3º de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo de los proyectos y actividades del Programa de Reparaciones Colectivas contenidas en los mismos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos

1078062-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Dan por concluida designacion de Director General de la Direccion General de Poblacion y Desarrollo del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL 132-2014-MIMP MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2014

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