Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2014 (30/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

521956
Receptoras Electronorte Electro Sur Este Electrosur

El Peruano Miercoles 30 de MORDAZA de 2014

Sersa Sersa Emsemsa Emsemsa Emsemsa Electro Pangoa Electro Pangoa Electro Pangoa Esempat Esempat Esempat Egepsa Egepsa Egepsa Edelsa Edelsa Edelsa

15/07/2014 15/08/2014 15/06/2014 15/07/2014 15/08/2014 15/06/2014 15/07/2014 15/08/2014 15/06/2014 15/07/2014 15/08/2014 15/06/2014 15/07/2014 15/08/2014 15/06/2014 15/07/2014 15/08/2014

Seal

Aportantes

Fecha

Articulo 5º.- Las Transferencias por Saldos Ejecutados Acumulados por Mecanismo de Compensacion deberan efectuarse dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la publicacion de la presente resolucion. Articulo 6º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada, junto con los Informes Nº 049-2014-GART y Nº 0216-2014-GART, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 1077836-1

26 292 26 658 21 350 21 029 20 714 7 897 8 041 8 187 5 516 5 605 5 696 4 524 4 687 4 856 1 958 1 989 2 021

Aprueban Factores de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) a nivel de empresa aplicable al VADMT y VADBT de diversos sistemas de distribucion electrica
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 085-2014-OS/CD MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 217-2014-GART y el Informe Legal Nº 218-2014-GART elaborados por la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (en adelante GART). CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en la Resolucion OSINERGMIN Nº 203-2013-OS/CD, las ventas de potencia de los sistemas electricos mayores a 12 MW de demanda MORDAZA, deberan de ajustarse anualmente de conformidad con el Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (en adelante FBP), con el fin de evitar sobre-venta o sub-venta de potencia de punta, de forma tal que exista igualdad entre la potencia ingresada menos las perdidas eficientes y la efectiva potencia de punta vendida; Que, asimismo, se establecio que para cada sistema de distribucion electrica se determinara anualmente el FBP que afectara los correspondientes valores agregados de distribucion, debiendo las empresas presentar la informacion sustentatoria de acuerdo a los procedimientos, formatos y medios que se establezcan; Que, mediante Resolucion OSINERG Nº 555-2002OS/CD, se aprobo la MORDAZA "Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Calculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP)", en la cual se senala que el FBP se calculara con la informacion correspondiente al periodo anual anterior (enerodiciembre), debiendo tener vigencia a partir del 01 de MORDAZA de cada ano; Que, mediante Resolucion OSINERG Nº 087-2006-OS/ CD y Resolucion OSINERGMIN Nº 224-2009-OS/CD, se aprobaron modificaciones al "Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Calculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Hora de Punta (FBP)"; Que, cumpliendo con lo establecido en las resoluciones mencionadas anteriormente, las empresas de distribucion electrica han proporcionado la informacion correspondiente, habiendo OSINERGMIN efectuado las observaciones y los calculos correspondientes a cada una de las empresas de distribucion electrica cuyos sistemas de distribucion electrica tienen una demanda MORDAZA mayor a 12 MW; Que, con Resolucion OSINERGMIN Nº 203-2013OS/CD se aprobo el Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) a nivel de empresa aplicable al VADMT y al VADBT de diversos sistemas de distribucion electrica para el periodo noviembre 2013 MORDAZA 2014, siendo por tanto necesario la aprobacion del FBP para el periodo MORDAZA 2014 ­ MORDAZA 2015; Que, el Informe Tecnico Nº 217-2014-GART y el Informe Legal Nº 218-2014-GART, complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN,

Articulo 4º.- Aprobar las Transferencias por Saldos Ejecutados Acumulados por Mecanismo de Compensacion correspondiente al mes de MORDAZA de 2014 (en Nuevos Soles), a que se refiere el Articulo 29º de la Ley Nº 28832 y el Articulo 3.2º del Reglamento del Mecanismo de Compensacion entre los Usuarios Regulados del MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2007-EM. Cuadro Nº 3
Empresas Receptoras Edecanete Coelvisac Empresas Aportantes Luz del Sur Electro Dunas Hidrandina Seal Electrocentro Electronoroeste Electro Ucayali Electrosur Electro Sur Este Electronorte Chavimochic Electro Oriente Emseusa Sersa Electro MORDAZA Emsemsa Adinelsa Electro Pangoa Egepsa Edelsa Esempat 1 536 4 549 3 050 2 700 1 377 834 805 559 225 Electro Tocache 10 974 8 198 Edelnor 2 088 045 205 856 164 753 156 288 59 557 43 961 87 369 69 877 61 332 2 922 56 281 56 010 10 313

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