Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2014 (06/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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de Posesion del MORDAZA Mandato del Presidente de la Republica de Colombia, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que se realizara en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia; Que, en tal sentido y conforme con lo establecido en el articulo 10º de la Ley Nº 30114 y el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, corresponde autorizar el viaje de los funcionarios publicos que integran la comitiva oficial y de apoyo que acompanara durante su recorrido al senor Presidente de la Republica en lo que respecta al Despacho Presidencial, asi como el monto de los gastos que irrogara el citado viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la comitiva oficial y de apoyo que acompanara al senor Presidente de la Republica durante su viaje a la Republica de Colombia, del 6 al 8 de agosto de 2014 y que esta integrada por los siguientes funcionarios: - MORDAZA MORDAZA YNOUYE MORDAZA, Funcionario SDR de la Oficina de Protocolo del Despacho Presidencial. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Supervisor de la Direccion de Operaciones del Despacho Presidencial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje de los funcionarios a que se refiere la presente Resolucion Suprema, seran sufragados con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, a razon de US$ 370,00 por concepto de viaticos diarios por persona. Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios a que se refiere el articulo primero deberan presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4º.- El cumplimiento de la presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 1119364-2

El Peruano Miercoles 6 de agosto de 2014

AGRICULTURA Y RIEGO
Declaran inicio del MORDAZA de implementacion de la aplicacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por D.S. N° 0082014-MINAGRI
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0434-2014-MINAGRI MORDAZA, 5 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado Peruano

en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el numeral 62.3 del articulo 62° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que cada entidad es competente para realizar tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su mision y objetivos; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997 se aprobo la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, entre otros, con relacion a su denominacion, estructura y funciones; y, mediante la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la MORDAZA citada MORDAZA se dispuso que el Ministerio de Agricultura y Riego presente su proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones a la Presidencia del Consejo de Ministros, para su aprobacion mediante Decreto Supremo; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2014MINAGRI, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24 de MORDAZA de 2014, se ha aprobado el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, estableciendose en la Primera Disposicion Complementaria Final del citado dispositivo que el Ministerio de Agricultura y Riego expedira las normas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion del referido Reglamento de Organizacion y Funciones, que complemente lo dispuesto mediante la Resolucion Ministerial N° 0423-2014-MINAGRI; Que, atendiendo a la necesidad de continuar con la optima gestion institucional del Ministerio, en el MORDAZA de la adecuada aplicacion del mencionado Reglamento de Organizacion y Funciones, es necesario establecer la equiparacion de los organos y unidades organicas existentes en la actual estructura organica del Ministerio, que permita viabilizar el adecuado funcionamiento de la nueva estructura organizacional considerada en el citado Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 0082014-MINAGRI; Que, asimismo, resulta necesario establecer en el MORDAZA del MORDAZA de aplicacion del referido Decreto Supremo, un nivel inicial de encargatura de funciones de los organos y unidades organicas del Ministerio de Agricultura y Riego, que coadyuve a la adecuada gestion institucional de la entidad, y que permita, a su vez, el cumplimiento de objetivos y finalidades previamente comprometidos y el servicio oportuno y eficiente a los ciudadanos; Que, de otro lado, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria Final del referido Reglamento de Organizacion y Funciones, es necesario precisar que los organos y unidades organicas existentes en la estructura organizacional del Ministerio de Agricultura y Riego aprobada por el Decreto Legislativo N° 997, modificado por la Ley N° 30048 y el Decreto Supremo N° 031-2008-AG, deberan ejercer las funciones en el MORDAZA del novisimo citado Reglamento, asi como delimitar la responsabilidad funcional de la distribucion de los expedientes que a la fecha se vienen tramitando por los organos y unidades organicas del Ministerio, requiriendose dictar las medidas administrativas transitorias que correspondan y resulten necesarias para tal efecto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado, entre otros, por la Ley N° 30048 en cuanto a la denominacion como Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Inicio del MORDAZA de aplicacion del ROF del Ministerio Declarar, a partir de la fecha, el inicio del MORDAZA de implementacion de la aplicacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por el Decreto Supremo N° 0082014-MINAGRI, en el MORDAZA de la Primera Disposicion Complementaria Final del citado Decreto Supremo.

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