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El Peruano Martes 12 de agosto de 2014 529769 militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Fuerza Aérea del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a ocho (08) militares de los Estados Unidos de América, del 12 de agosto al 4 de setiembre de 2014, con la fi nalidad de brindar apoyo a las Operaciones Aéreas de las Fuerzas Armadas del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1122059-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban directiva sobre neutralidad y transparencia durante los procesos electorales aplicable a la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio, y los lineamientos para que los programas sociales adscritos aprueben sus propias directivas sobre la materia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 186-2014-MIDIS Lima, 11 de agosto de 2014 VISTOS: El Informe N° 338-2014-MIDIS/SG/OGPP, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 032-2014-MIDIS/SG/OGPP-OROM, de la Ofi cina de Racionalización Organización y Métodos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, la neutralidad y la transparencia son deberes que guían la actuación de la Administración Pública, por lo que su aseguramiento es necesario para garantizar que las votaciones en los procesos electorales traduzcan la expresión libre y espontánea voluntad de los ciudadanos; Que, en ese contexto, resulta necesario que la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y los programas sociales adscritos al ministerio cuenten con un procedimiento para la atención o tratamiento uniforme de hechos relacionados a presuntas vulneraciones a la normativa electoral y que afecten los citados deberes de neutralidad y transparencia; Que, en atención a lo expuesto, mediante los documentos de vistos, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Ofi cina de Racionalización Organización y Métodos, en atención a sus competencias, han propuesto la aprobación de una directiva sobre neutralidad y transparencia durante los procesos electorales aplicable a la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como lineamientos para que los programas sociales adscritos al ministerio aprueben sus propias directivas sobre la materia; Que, conforme a lo anterior, a efectos de coadyuvar a garantizar durante los procesos electorales la transparencia y neutralidad de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y de los programas sociales adscritos, resulta pertinente la aprobación de la Directiva sobre “Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social durante los Procesos Electorales” y del documento denominado “Lineamientos para la elaboración y aprobación de directivas sobre Neutralidad y Transparencia de los Programas Sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social durante los Procesos Electorales”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva N°003-2014-MIDIS, “Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social durante los Procesos Electorales”, cuyo texto, como Anexo Nº 01, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Aprobar los “Lineamientos para la elaboración y aprobación de directivas sobre Neutralidad y Transparencia de los Programas Sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social durante los Procesos Electorales”, cuyo texto, como Anexo Nº 2, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Otorgar a los programas sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social un plazo de tres (3) días hábiles desde la fecha de publicación de la presente resolución ministerial para que aprueben sus normas sobre Neutralidad y Transparencia en los Procesos Electorales. Artículo 4.- Disponer la publicación de los Anexos Nº 1 y 2 en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1122060-1 INTERIOR Disponen que la Unidad Ejecutora 032: Dirección General de Infraestructura, dentro de su ámbito de competencia, realice actividades relacionadas con los Sistemas Administrativos de Abastecimiento e Inversión Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0882-2014-IN/DGPP Lima, 11 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 1100-2014-EF/10.01 de fecha 23 de junio de 2014, el Ministerio de Economía y Finanzas remitió el Informe Nº 346-2014-EF/50.06 de fecha 16 de junio de 2014, elaborado por la Dirección General de Presupuesto Público, a través del cual se autorizó