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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (12/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Martes 12 de agosto de 2014 529781 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Autorizan la conversión de la Oficina Receptora del distrito Nuevo Chimbote como Oficina Registral RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 199-2014-SUNARP/SN Lima, 8 de agosto de 2014 VISTOS, el Ofi cio Nº 118-2014-SUNARP-Z.R. Nº VII/JEF de fecha 03 de marzo de 2014 remitido por el Jefe (e) de la Zona Registral Nº VII – Sede Huaraz, el Informe Nº 165-2014- SUNARP/OGPP de fecha 27 de marzo de 2014 emitido por la Jefa de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 22-2014-SUNARP-DTR de fecha 01 de abril de 2014 emitido por la Directora de la Dirección Técnica Registral, el Informe Nº 344-2014-SUNARP-OGAJ de fecha 23 de abril de 2014 emitido por la Jefatura de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y el Acta de Acuerdo de Sesión de Directorio Nº 303 de fecha 27 de mayo de 2014; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366 se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Organismo Descentralizado Autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, con la fi nalidad de mantener y preservar la unidad y coherencia del ejercicio de la función registral en todo el país, orientado a la especialización, simplifi cación, integración y modernización de la función, procedimientos y gestión de todos los registros que lo integran. Que, conforme al artículo 81º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, las Ofi cinas Registrales son unidades de ejecución de los Órganos Desconcentrados encargadas de brindar los servicios de inscripción y publicidad registral de los diversos actos y contratos inscribibles en el ámbito de su competencia; Que, actualmente la Sunarp viene ejecutando su política de acercar el servicio registral al ciudadano a través de diversas acciones, entre ellas, con la implementación de ofi cinas denominadas “Ofi cinas Receptoras” las cuales brindan el servicio de atención de publicidad registral y recepción de títulos para inscripción; Que, según el acta de vistos la conversión de la ofi cina receptora de Nuevo Chimbote a ofi cina registral tiene como objetivo descentralizar los servicios registrales, cumpliendo de esa manera con las políticas nacionales del Gobierno, aproximándonos más a la población y ofreciendo un servicio de calidad y oportuno. En ese sentido, los miembros del Directorio acordaron aprobar la conversión propuesta; Que, al tratarse de una conversión de Ofi cina Receptora a Ofi cina Registral, ésta tendrá el ámbito de competencia territorial de la Ofi cina Registral de Chimbote; y utilizará el mismo diario para la presentación de títulos a través de un sistema automático de generación de asientos de presentación correlativo, así como utilizará el mismo archivo registral; Que, la organización para la operatividad y funcionalidad en la atención de los títulos presentados será regulada por la Zona Registral Nº VII – Sede Huaraz; Que, conforme al Acuerdo adoptado en Sesión del Directorio Nº 303 del 27 de mayo de 2014, en ejercicio de la facultad conferida por el literal e) y x) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones; con el visto de la Dirección Técnica Registral, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la conversión de la Ofi cina Receptora del distrito de Nuevo Chimbote como Ofi cina Registral. El proceso de implementación se efectuará en un plazo no mayor de 90 días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Al día siguiente de culminada la implementación iniciará su funcionamiento. Artículo Segundo.- Disponer que la Ofi cina Registral indicada en el Artículo Primero, tengan el mismo ámbito de competencia geográfi co que la Ofi cina Registral de Chimbote; debiendo utilizar el mismo diario y archivo registral. Esta Ofi cina Registral brindará los servicios de publicidad e inscripción registral. Artículo Tercero.- Encargar al Jefe de la Zona Registral Nº VII – Sede Huaraz, la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución; así como dictar los lineamientos que se observarán para el envío de los títulos archivados entre la Ofi cina Registral de Nuevo Chimbote y la Ofi cina Registral de Chimbote, y regular los aspectos de administración interna necesarios para la efi ciente prestación de los servicios registrales. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Públicos 1121833-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban Manual de Organización y Funciones de la Procuraduría Pública del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 214-2014-CE-PJ Lima, 18 de junio de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 919-2014-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, mediante el cual eleva propuesta de Manual de Organización y Funciones de la Procuraduría Pública del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 226-2012-CE-PJ, de fecha 12 de noviembre de 2012, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial. Segundo. Que, posteriormente, por Resolución Administrativa N° 363-2013-P-PJ, del 28 de noviembre de 2013, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal a nivel nacional del Poder Judicial. Tercero. Que, asimismo, mediante Resolución Administrativa Nº 318-2013-P-PJ, del 14 de octubre de 2013, se aprobó el Manual para la Formulación de Documentos Normativos de Gestión del Poder Judicial. Cuarto. Que el Manual de Organización y Funciones (MOF) es un documento que describe las funciones especifi cadas a nivel de cargo o puesto de trabajo, desarrollándolas a partir de la estructura orgánica y funciones generales establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones; así como, en base a los requerimientos de cargos considerados en el Cuadro para Asignación de Personal. Quinto. Que es necesario aprobar un Manual de Organización y Funciones para la Procuraduría Pública del Poder Judicial, con la fi nalidad de dar cumplimiento a la recomendación N° 03 del Informe cursado por el Jefe de la Comisión de Auditoría Gutiérrez Ríos y Asociados mediante Carta GUR 217-2014-PJ del 28 de abril de 2014. Sexto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la facultad de adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 520- 2014 de la vigésimo primera sesión del Consejo Ejecutivo