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El Peruano Domingo 17 de agosto de 2014 530158 Supremo Nº 033-2005-PCM, Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048; Decreto Supremo N° 008- 2014-MINAGRI, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; y, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconstitución de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios Reconstituir la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura y Riego, constituida mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0133-2012-AG, modifi cada por la Resolución Ministerial N° 0446-2012-AG y la Resolución Ministerial N° 0127-2014-MINAGRI, quedando conformada de la siguiente manera: Titulares: - El señor Javier Erasmo Carmelo Ramos - Director General de las funciones de la Ofi cina General de Administración, como Presidente. - La señorita Aura Elisa Quiñones Li, Directora General encargada de las funciones de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, como Miembro. - El señor Juan José Becerra Sánchez, Representante Titular de los trabajadores. Suplentes: - El señor Hugo Ernesto Ormeño Baglietto - Asesor de la Alta Dirección - Director encargado de las funciones de la Dirección de Gestión del Riesgo y del Diálogo de la Dirección General de Articulación Intergubernamental, como Suplente del Presidente. - El señor Nino Augusto Alarcón Torres, Abogado de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, como Miembro Suplente. - El señor Fidel Valiente Castillo, Representante Suplente de los trabajadores. Artículo 2º.- Reconstitución de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios constituida mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0167-2012-AG Reconstituir la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura y Riego, constituida mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0167-2012-AG de fecha 11 de mayo de 2012, quedando conformada de la siguiente manera: Titulares: - El Director General encargado de las funciones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, como Presidente. - El Director General encargado de las funciones de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, como Miembro. - El Director General encargado de las funciones de la Dirección General de Negocios Agrarios, como Miembro. Suplentes: - El Director General encargado de las funciones de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego, como Suplente del Presidente. - El Director General de las funciones de la Ofi cina General de Administración, como Miembro Suplente. - El Director General encargado de las funciones de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, como Miembro Suplente. Artículo 3º.- Reconstitución de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios constituida mediante el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 0291-2014-MINAGRI Reconstituir la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura y Riego, constituida por el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 0291-2014-MINAGRI, quedando conformada de la siguiente manera: Titulares: - El Director General encargado de las funciones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, como Presidente. - El Director General encargado de las funciones de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, como Miembro. - El Director General encargado de las funciones de la Dirección General de Negocios Agrarios, como Miembro. Suplentes: - El Director General encargado de las funciones de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego, como Suplente del Presidente. - El Director General de las funciones de la Ofi cina General de Administración, como Miembro Suplente. - El Director General encargado de las funciones de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, como Miembro Suplente. Artículo 4º.- Efectividad de las Resoluciones Ministeriales que constituyeron las Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura, actualmente Ministerio de Agricultura y Riego Dejar sin efecto el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0133-2012-AG, modifi cada por el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0446-2012-AG y el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0127-2014-MINAGRI; el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0167-2012-AG y el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0291-2014- MINAGRI, por los fundamentos expuestos en la parte in fi ne del segundo considerando de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5º.- Notifi cación de la Resolución Ministerial Notifi car la presente Resolución Ministerial a las Comisiones Permanente y Especiales de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura y Riego, a que se refi eren los artículos 1, 2 y 3 de la presente Resolución, para los fi nes de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1123982-1 Designan Secretario Técnico de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del Ministerio de Agricultura y Riego RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0460-2014-MINAGRI Lima, 14 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se estableció un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 13 de junio de 2014, se aprobó el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, el cual en su artículo 94 señala que las autoridades de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretaría Técnica que puede estar compuesta por uno o más servidores;