Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2014 (17/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

530158
Supremo Nº 033-2005-PCM, Reglamento de la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica; la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; Decreto Supremo N° 0082014-MINAGRI, aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; y, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reconstitucion de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios Reconstituir la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura y Riego, constituida mediante el articulo 2 de la Resolucion Ministerial N° 0133-2012-AG, modificada por la Resolucion Ministerial N° 0446-2012-AG y la Resolucion Ministerial N° 0127-2014-MINAGRI, quedando conformada de la siguiente manera: Titulares: - El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Director General de las funciones de la Oficina General de Administracion, como Presidente. - La senorita Aura MORDAZA Quinones Li, Directora General encargada de las funciones de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, como Miembro. - El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante Titular de los trabajadores. Suplentes: - El senor MORDAZA MORDAZA Ormeno Baglietto - Asesor de la Alta Direccion - Director encargado de las funciones de la Direccion de Gestion del Riesgo y del Dialogo de la Direccion General de Articulacion Intergubernamental, como Suplente del Presidente. - El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Abogado de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, como Miembro Suplente. - El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante Suplente de los trabajadores. Articulo 2º.- Reconstitucion de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios constituida mediante el articulo 2 de la Resolucion Ministerial N° 0167-2012-AG Reconstituir la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura y Riego, constituida mediante el articulo 2 de la Resolucion Ministerial N° 0167-2012-AG de fecha 11 de MORDAZA de 2012, quedando conformada de la siguiente manera: Titulares: - El Director General encargado de las funciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, como Presidente. - El Director General encargado de las funciones de la Direccion General de Asuntos Ambientales Agrarios, como Miembro. - El Director General encargado de las funciones de la Direccion General de Negocios Agrarios, como Miembro. Suplentes: - El Director General encargado de las funciones de la Direccion General de Infraestructura Agraria y Riego, como Suplente del Presidente. - El Director General de las funciones de la Oficina General de Administracion, como Miembro Suplente. - El Director General encargado de las funciones de la Direccion General de Seguimiento y Evaluacion de Politicas, como Miembro Suplente. Articulo 3º.- Reconstitucion de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios constituida mediante el articulo 1° de la Resolucion Ministerial N° 0291-2014-MINAGRI Reconstituir la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura

El Peruano MORDAZA 17 de agosto de 2014

y Riego, constituida por el articulo 1° de la Resolucion Ministerial N° 0291-2014-MINAGRI, quedando conformada de la siguiente manera: Titulares: - El Director General encargado de las funciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, como Presidente. - El Director General encargado de las funciones de la Direccion General de Asuntos Ambientales Agrarios, como Miembro. - El Director General encargado de las funciones de la Direccion General de Negocios Agrarios, como Miembro. Suplentes: - El Director General encargado de las funciones de la Direccion General de Infraestructura Agraria y Riego, como Suplente del Presidente. - El Director General de las funciones de la Oficina General de Administracion, como Miembro Suplente. - El Director General encargado de las funciones de la Direccion General de Seguimiento y Evaluacion de Politicas, como Miembro Suplente. Articulo 4º.- Efectividad de las Resoluciones Ministeriales que constituyeron las Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura, actualmente Ministerio de Agricultura y Riego Dejar sin efecto el articulo 2 de la Resolucion Ministerial N° 0133-2012-AG, modificada por el articulo 3 de la Resolucion Ministerial N° 0446-2012-AG y el articulo 3 de la Resolucion Ministerial N° 0127-2014-MINAGRI; el articulo 2 de la Resolucion Ministerial N° 0167-2012-AG y el articulo 2 de la Resolucion Ministerial N° 0291-2014MINAGRI, por los fundamentos expuestos en la parte in fine del MORDAZA considerando de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 5º.- Notificacion de la Resolucion Ministerial Notificar la presente Resolucion Ministerial a las Comisiones Permanente y Especiales de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura y Riego, a que se refieren los articulos 1, 2 y 3 de la presente Resolucion, para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1123982-1

Designan Secretario Tecnico de los organos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del Ministerio de Agricultura y Riego
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0460-2014-MINAGRI MORDAZA, 14 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se establecio un regimen unico y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades publicas del Estado, asi como para aquellas personas que estan encargadas de su gestion, del ejercicio de sus potestades y de la prestacion de servicios a cargo de estas; Que, por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13 de junio de 2014, se aprobo el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, el cual en su articulo 94 senala que las autoridades de los organos instructores del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretaria Tecnica que puede estar compuesta por uno o mas servidores;

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