Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2014 (01/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Lunes 1 de diciembre de 2014

539051
DESCRIPCION

N° 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

SUBPARTIDA NACIONAL 9011.20.00.00 9012.10.00.00 9014.20.00.00 9014.80.00.00 9015.10.00.00 9015.20.10.00 9015.20.20.00 9015.30.00.00 9015.40.10.00 9015.40.90.00 9015.80.10.00 9015.80.90.00 9015.90.00.00 9020.00.00.00

45 46

9027.30.00.00 9030.33.00.00

LOS DEMAS MICROSCOPIOS PARA FOTOMICROGRAFIA, CINEFOTOMICROGRAFIA O MICROPROYECCION MICROSCOPIOS, EXCEPTO LOS OPTICOS; DIFRACTOGRAFOS INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA NAVEGACION AEREA O ESPACIAL (EXCEPTO LAS BRUJULAS) LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE NAVEGACION TELEMETROS TEODOLITOS TAQUIMETROS NIVELES INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRIA, ELECTRICOS O ELECTRONICOS LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRIA EXCEPTO ELECTRICOS O ELECTRONICOS LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS ELECTRICOS O ELECTRONICOS EXCEPTO DE FOTOGRAMETRIA LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS EXCEPTO ELECTRICOS O ELECTRONICOS PARTES Y ACCESORIOS LOS DEMAS APARATOS RESPIRATORIOS Y MASCARAS ANTIGAS, EXCEPTO LAS MASCARAS DE PROTECCION SIN MECANISMO NI ELEMENTO FILTRANTE AMOVIBLE ESPECTROMETROS, ESPECTROFOTOMETROS Y ESPECTROGRAFOS QUE UTILICEN RADIACIONES OPTICAS (UV, visibles, IR) LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA MEDIDA O CONTROL DE TENSION, INTENSIDAD, RESISTENCIA O POTENCIA, SIN DISPOSITIVO REGISTRADOR

Aprueban a Generacion MORDAZA S.A.C. como empresa calificada para efecto del articulo 3 del D. Leg. Nº 973, por el desarrollo del proyecto "Central Hidroelectrica El Carmen"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 517-2014-MEM/DM MORDAZA, 27 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.3 del articulo 3 del Decreto Legislativo N° 973 establece que mediante Resolucion Ministerial del sector competente, se aprobara a las personas naturales o juridicas que califiquen para el goce del Regimen, asi como los bienes, servicios y contratos de construccion que otorgaran la Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada Contrato; Que, el articulo 2 del Decreto Supremo N° 084-2007-EF, Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, concordado con los numerales 7.1 y 7.3 del articulo 7 del Decreto Legislativo N° 973, modificado por la Ley N° 30056, establece que mediante Resolucion Ministerial se precisara, entre otros aspectos, la cobertura del Regimen de Recuperacion Anticipada del IGV; Que, con fecha 03 de octubre de 2014, GENERACION MORDAZA S.A.C. celebro, en calidad de inversionista, un Contrato de Inversion con el Estado por el proyecto denominado "Central Hidroelectrica El Carmen", en adelante el Proyecto, para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973, tal y como lo dispone el articulo 3 de la referida MORDAZA legal; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Oficio N° 2535-2014EF/13.01, ingresado bajo Registro N° 2425322 al Ministerio de Energia y Minas, el cual acompana el Informe N° 3572014-EF/61.01, opina que procede la aprobacion de la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construccion presentada por GENERACION MORDAZA S.A.C. para el acogimiento al Regimen de Recuperacion Anticipada del IGV de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 973 por el Proyecto, acompanando el Anexo que contiene el detalle de los bienes, servicios y las actividades de construccion; Estando a lo dispuesto en el numeral 3.3 del articulo 3 del Decreto Legislativo N° 973, el inciso i) del articulo 6 del Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas y en los incisos h) y o) del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007-EM; Con el visto MORDAZA del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion de empresa calificada Aprobar como empresa calificada, para efecto del articulo 3 del Decreto Legislativo N° 973, a GENERACION MORDAZA S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "Central Hidroelectrica El Carmen", de acuerdo con el Contrato de Inversion suscrito con el Estado el 03 de octubre de 2014. Articulo 2.- Requisitos y caracteristicas del Contrato de Inversion Establecer, para efecto del numeral 5.3 del articulo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, que el monto de la inversion a cargo de GENERACION MORDAZA S.A.C. asciende a la suma de US$ 17 137 502,00 (Diecisiete Millones Ciento Treinta y Siete Mil Quinientos Dos y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) a ser ejecutado en un plazo total de un (01) ano, nueve (09) meses y once (11) dias, contado a partir del 19 de marzo de 2014. Articulo 3.- Objetivo principal del Contrato de Inversion Para efecto del Decreto Legislativo N° 973, el objetivo principal del Contrato de Inversion es el previsto en las Clausulas Primera y MORDAZA del mismo y el inicio de las operaciones productivas estara constituido por la percepcion de cualquier ingreso proveniente de la explotacion del Proyecto, conforme a lo dispuesto en el articulo 5 de dicho Decreto Legislativo.

II. SERVICIOS
a) · · Servicios de Operaciones de Exploracion Minera: Topograficos y geodesicos. Geologicos y geotecnicos (incluye petrograficos, mineragraficos, hidrologicos, restitucion fotogrametrica, fotografias aereas, mecanica de rocas). Servicios geofisicos y geoquimicos (incluye ensayes). Servicios de perforacion diamantina y de circulacion reversa (roto percusiva). Servicios aerotopograficos. Servicios de interpretacion multiespectral de imagenes ya MORDAZA satelitales o equipos aerotransportados. Ensayes de laboratorio (analisis de minerales, suelos, agua, etc). Otros Servicios Vinculados a la Actividad de Exploracion Minera: Servicio de alojamiento y alimentacion del personal operativo del Titular del Proyecto. Servicio de asesoria, consultoria, estudios tecnicos especiales y auditorias destinados a las actividades de exploracion minera. Servicios de diseno, construccion, montaje industrial, electrico y mecanico, armado y desarmado de maquinarias y equipo necesario para las actividades de la exploracion minera. Servicios de inspeccion, mantenimiento y reparacion de maquinaria y equipo utilizado en las actividades de exploracion minera. Alquiler o arrendamiento financiero de maquinaria, vehiculos y equipos necesarios para las actividades de exploracion. Transporte de personal, maquinaria, equipo, materiales y suministros necesarios para las actividades de exploracion y la construccion de campamentos. Servicios medicos y hospitalarios. Servicios relacionados con la proteccion ambiental. Servicios de sistemas e informatica. Servicios de comunicaciones, incluyen comunicacion radial, telefonia satelital. Servicios de seguridad industrial y contraincendios. Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativo. Servicios de seguros. Servicios de rescate, auxilio.

· · · · · b) · · · · · · · · · · · · · ·

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