Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2014 (25/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

541006
Ordenanza N° 376-MSI.- Modifican el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF y la Estructura Organica de la Municipalidad 541108 Ordenanza N° 377-MSI.- Crean el Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor - CIAM en la Municipalidad 541109 Ordenanza N° 378-MSI.- Modifican la Ordenanza N° 298-MSI que aprueba el Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo basado en resultados en el distrito 541110 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES R.A. N° 302-2014/MDSMP.- Declaran de oficio aprobacion de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito 541111 MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA D.A. N° 025-2014-ALC/MVES.- Aprueban Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo Especifico Basado en Resultados 2015, para la implementacion del Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de MORDAZA El MORDAZA al 2021 541112

El Peruano Jueves 25 de diciembre de 2014

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA R.A. N° 0344-2014-AL/MDCH.Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a Ex Gerente de Desarrollo MORDAZA y Rural 541113

SEPARATA ESPECIAL
MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Ordenanza N° 167-170-172/2014-MDP Acuerdos N°s. 2356-2451.- Aprueban regimen de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2015 - Establecen Tasa por el Servicio de Estacionamiento Vehicular durante el MORDAZA 2015 540980

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO
Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de girasol grano con cascara y girasol grano sin cascara de origen y procedencia Holanda
RESOLUCION DIRECTORAL 0054-2014-MINAGRI-SENASA-DSV 1 de diciembre de 2014 VISTO: El Informe ARP Nº 36-2013-MINAGRI-SENASA-DSVSARVF de fecha 27 de noviembre de 2013, el cual, al identificar y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al MORDAZA, propone el establecimiento de requisitos fitosanitarios para la importacion de girasol grano con cascara y girasol grano sin cascara (Helianthus annuus) de origen y procedencia Holanda, y; CONSIDERANDO: Que, el primer parrafo del articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, establece que el ingreso al MORDAZA como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificaran a la Organizacion Mundial de Comercio; Que, el articulo 38º del Decreto Supremo Nº 0322003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fitosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importacion al MORDAZA de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, seran

aprobados mediante Resolucion del Organo de Linea Competente; Que, el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV de fecha 20 de enero de 2012 y modificatoria, establece cinco categorias de riesgo fitosanitario, en la que figuran agrupadas las plantas, productos de origen vegetal y otros articulos reglamentados cuyo riesgo fitosanitario se encuentra en forma ascendente; Que, ante el interes en importar a nuestro MORDAZA girasol grano con cascara y girasol grano sin cascara (Helianthus annuus) de origen y procedencia Holanda; la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Direccion de Sanidad Vegetal del SENASA, inicio el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de proteccion al MORDAZA, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; Que, culminado el MORDAZA de consulta publica nacional a traves del MORDAZA del SENASA e internacional de acuerdo a la notificacion G/SPS/N/PER/558 de la Organizacion Mundial del Comercio, resulta necesario aprobar y publicar los requisitos fitosanitarios para la importacion de granos de girasol con cascara y granos de girasol sin cascara de origen y procedencia Holanda; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificatoria, la Resolucion Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV y con el visado de la Subdireccion de Cuarentena Vegetal y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de girasol grano con cascara y girasol grano sin cascara (Helianthus annuus) de origen y procedencia Holanda de la siguiente manera: A. Para girasol grano con cascara 1. Que el envio debera contar con el Permiso Fitosanitario de Importacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificacion y embarque en el MORDAZA de origen o procedencia. 2. El envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario Oficial del MORDAZA de origen en el que se consigne:

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