Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2014 (27/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Sabado 27 de diciembre de 2014

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MORDAZA MORDAZA, las cuales necesitan contar con parametros urbanisticos y edificatorios especificos. Que, la Ordenanza Nº 319-MDJM, modifica el articulo 2º de la Ordenanza 241, estableciendose que la Dotacion de Estacionamientos exigidos para las Zonas Residenciales de las Zonas B, C y D; sera de TRES (03) estacionamientos por cada Unidad de Vivienda para todos los casos, a excepcion de la Av. Brasil, Av. MORDAZA MORDAZA, Av. Salaverry y Av. San Felipe; cuya Dotacion de Estacionamientos sera de UN (01) estacionamiento por Unidad de Vivienda; Que, la Ordenanza Nº 378-MDJM complementaria de la Ordenanza Nº 241 regula los parametros urbanisticos y edificatorios en el Distrito de MORDAZA Maria; y sus modificatorias, Ordenanzas Nºs 384, 396, 412, 426, 431, 434, 441, 443 y 450, en su articulo 6º establecen la Dotacion de Estacionamientos en Edificaciones Residenciales, en funcion al eje vial de las avenidas; Que, con Informe Nº 1018-2114-MDJM-GDUyA/ SGLyA de fecha 24 de diciembre; se indica que; luego de la evaluacion realizada a las Ordenanzas mencionadas precedentemente, y considerando la evaluacion socio-economica de los Sectores A, B, C y D; asi como de las propuestas de los inversionistas en las diferentes vias del distrito; se ha procedido a levantar progresivamente las restricciones de las dotaciones de estacionamientos empezando las vias de mayor impacto para favorecer la inversion privada en el Distrito, solucionar el deficit de viviendas y promover y orientar el crecimiento del distrito de una forma ordenada estableciendose los lineamientos tecnicos para regular los proyectos edificatorios en el distrito, teniendo en cuenta que MORDAZA MORDAZA resulta un Distrito atractivo para la inversion privada. Los predios ubicados con frente a las vias atendidas corresponden a vias de caracteres metropolitanos (expresas, arteriales y colectoras) y algunas vias locales principales; por lo que corresponderia la atencion a las vias de menor jerarquia (Jirones, Calles y pasajes). Que, con Informe Nº 1895-2014-MDJM/GAJyRC del 24 de diciembre de 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica y Registro Civil ha opinado por la procedencia legal de la modificatoria de la dotacion de estacionamientos en las edificaciones residenciales; En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: Articulo Primero.- MODIFIQUESE el Articulo 2º de la Ordenanza Nº 241-MDJM y su modificatoria Ordenanza Nº 319-MDJM y complementaria Ordenanza Nº 378-MDJM y sus modificatorias, estableciendose que, la Dotacion de Estacionamientos en las Edificaciones Residenciales ubicadas, en los Sectores A, B, C y D del Distrito de MORDAZA Maria; sera de UN (01) estacionamiento por Unidad de Vivienda, y en lotes mayores o iguales a 350.00 m2 la dotacion debera ser complementada obligatoria y adicionalmente con estacionamientos para visitas en un 15% del total requerido, los cuales formaran parte del area comun del edificio. Articulo Segundo.- RATIFICAR la Primera, MORDAZA, Tercera, MORDAZA y Sexta Disposicion Final de la Ordenanza Nº 378-MDJM siempre que no se opongan a la presente Ordenanza y son de aplicacion obligatoria en todo el ambito del distrito. Las normas no contenidas en la presente Ordenanza se regiran por el Reglamento Nacional de Edificaciones y las Ordenanzas especificas vigentes emitidas por la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria. Articulo Tercero.- ENCARGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ambiental. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 1182285-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 241MDJM, modificatorias y normas complementarias; estableciendose dotacion de estacionamientos en edificaciones residenciales ubicadas en los sectores A, B, C y D del distrito
ORDENANZA Nº 451-MDJM MORDAZA MORDAZA, 26 de diciembre de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del Tramite de Pase a Comision; y de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el articulo 195º, la atribucion de planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones; Que, el numeral 3 del inciso 3.6 del articulo 79 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, establece como funcion exclusiva de las municipalidades distritales, normar la construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles, en concordancia con la normatividad MORDAZA establecida por la propia ley; Que, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 620-MML, Reglamento del MORDAZA de Aprobacion del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA de MORDAZA, de Planes Urbanos Distritales y Actualizacion de la Zonificacion de los Usos de Suelo de MORDAZA Metropolitana, de fecha 04 de MORDAZA del 2004, corresponde a las municipalidades distritales formular y aprobar su Plan MORDAZA y Normativa Especifica; Que, la Ordenanza Nº 1017-MML, de fecha 16 de MORDAZA del 2007, define el uso del suelo MORDAZA, asi como las alturas maximas a edificarse considerando el ancho de las vias y la consolidacion MORDAZA en funcion de las demandas fisicas, economicas y sociales de la poblacion, sin embargo es potestad de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA establecer las normas arquitectonicas especificas de aplicacion en cada MORDAZA del distrito. Que, el Reglamento Nacional de Edificaciones de fecha 08 de junio del 2006, establecio los criterios minimos para el diseno y ejecucion de edificaciones, permitiendo de esta manera una mejor ejecucion de los Planes Urbanos. Que, la Ordenanza Nº 241-MDJM regula la adecuacion y el reajuste integral de los usos del suelo dentro de la circunscripcion del distrito de MORDAZA MORDAZA donde se desarrolla una edificacion, y establece los parametros de los tramites de Licencia de Obra; asimismo aprueba los Planos de Sectorizacion de los Usos del Suelo del Distrito de MORDAZA MORDAZA, que conforma el Area de Tratamiento Normativo II de MORDAZA Metropolitana y MORDAZA las alturas maximas de edificacion, las areas construidas minimas por unidad de vivienda, el numero de estacionamientos requeridos por unidad de vivienda y de otros usos en las edificaciones que se desarrollan en el distrito; Que, la Ordenanza Nº 261-MDJM modifica la Ordenanza Nº 241-MJM, con la finalidad de ampliar sus alcances en lo referente a la delimitacion de los sectores comprendidos en las Zonas Predominantes del Distrito de

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