Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2014 (27/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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Judicial, sobre autorizacion de conservacion de archivos oficiales al Sistema de microarchivos y microformas y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 3642014-P-PJ, emitida por la Presidencia del Poder Judicial, a propuesta de esta Corte Superior, entre otros, autoriza la conservacion de los archivos oficiales del Poder Judicial al sistema de microarchivos y microformas. Que, actualmente se ha implementado en el distrito judicial de MORDAZA Norte un Sistema de Produccion y Almacenamiento de Microformas Digitales, lo cual hace necesario cumplir las disposiciones legales que MORDAZA la aplicacion de dichos mecanismos tecnologicos. Que, de conformidad con el Articulos 6º del Decreto Legislativo Nº 681, para garantizar los procesos tecnicos y los resultados de idoneidad y calidad en la produccion de microformas, se requiere cumplir las normas tecnicas que al efecto senale el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI. Que, de conformidad con el numeral 5.3.2 de la MORDAZA Tecnica Peruana NTP 392.030-2: 2005, sobre microformas en medios de archivo electronico, la organizacion debe resolver los aspectos legales y tecnicos aplicables a su sistema de elaboracion de microformas convocando, cuando sea necesario, a personal calificado, estando comprendidos los comites evaluadores de documentos que actuan de acuerdo a ley. Que la existencia de un Comite Evaluador de Documentos en cada entidad publica es exigida por la Directiva N° 004/86-AGNDGAI "Normas para la Formulacion del Programa de Control de Documentos para los Archivos Administrativos del Sector Publico Nacional", aprobada por Resolucion Jefatural N° 17386-AGN-J, que tiene como finalidad lograr que las entidades publicas tengan un documento de gestion archivistica que oriente la seleccion de documentos en sus archivos administrativos; siendo la Directiva indicada precedentemente de obligatorio cumplimiento en todas las entidades publicas. Que, el Programa de Control de Documentos (PCD) es un documento de gestion archivistica que establece las series documentales que produce o recibe una entidad publica como resultado de sus actividades precisando la cantidad de anos que deben conservarse y los periodos de retencion en cada nivel de archivo hasta su transferencia al Archivo General de la Nacion o su eliminacion. Que, asimismo, se establece que el Comite de Evaluacion de Documentos es el encargado de conducir el MORDAZA de formulacion del PCD y es designado por la mas alta autoridad institucional; por lo que resulta pertinente la emision de la presente resolucion. De conformidad con los incisos 1 y 9 del articulo 90 del DS Nº 017-93-JUS Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; y los incisos 1 y 12 del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolucion Administrativa 214-2012-CE-PJ. SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONFORMAR el Comite Evaluador de Documentos de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, el mismo que estara integrado por los siguientes miembros: a) El Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte u otro, como representante de la Alta Direccion que el designe, quien lo preside. b) El Jefe del Organo de Asesoria Legal de la Presidencia o su representante. c) El Jefe de la Unidad Organica cuya documentacion sera evaluada. d) El Gerente de Administracion Distrital o Administrador de la Corte Superior de Justicia, como Jefe del Organo de Control de Archivos, quien actuara como secretario. Articulo Segundo.- DISPONER que el Comite Evaluador de Documentos a que se refiere el articulo primero de la presente resolucion ejerza las funciones previstas en la Directiva N° 004/86-AGN-DGAI "Normas

El Peruano Sabado 27 de diciembre de 2014

para la Formulacion del Programa de Control de Documentos para los Archivos Administrativos del Sector Publico Nacional", aprobada mediante Resolucion Jefatural N° 173-86-AGN-J, asi como las funciones que le atribuyen la legislacion y normas tecnicas sobre microformas. Articulo Tercero.- Lo dispuesto en la presente resolucion es sin perjuicio de las normas generales y disposiciones concretas que emita el Poder Judicial sobre los procesos archivisticos y la conformacion de comites evaluadores de documentos. Articulo Cuarto.- PONER en conocimiento la presente resolucion al Consejo Ejecutivo, Gerencia General, Gerencia de Informatica y al Organo de Control de la Magistratura del Poder Judicial; asimismo a la Gerencia de Administracion Distrital, Unidad de Servicios Judiciales, al Organo Desconcentrado de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte y, demas interesados de ser el caso, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1182447-3

ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de la delegacion de autoridades de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica a la Republica Popular China, en comision de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL "SAN MORDAZA GONZAGA" DE ICA RESOLUCION RECTORAL Nº 2022-R-UNICA-2014 Ica, 12 de diciembre del 2014 VISTO: La Carta de invitacion del 27 de Noviembre del 2014, del representante de Shenzhen Longxinju Trade Co. Ltd. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, desarrolla sus actividades dentro de la autonomia de gobierno, normativa, academica, administrativa y economica, prevista en el articulo 18º de la Constitucion Politica del Estado y articulo 8º de la Ley Universitaria Nº 30220; Que, con Resolucion Nº 871-COG-P-UNICA-2012 del 4 de Setiembre del 2012 se nombra al Dr. MORDAZA MORDAZA ENCINAS MORDAZA, Docente Principal a D.E., como Rector de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, para el periodo 2012 ­ 2017, comprendido desde el 05 de Setiembre de 2012 hasta el 04 de Setiembre de 2017; Que, el inciso h) del articulo 4º del Estatuto Universitario establece que la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica se rige por el MORDAZA de identificar el quehacer cientifico, tecnologico y cultural de la Universidad con los intereses del progreso y la democracia del pueblo peruano; Que, el articulo 153º inciso n) del Estatuto Universitario establece como atribucion del Consejo Universitario autorizar las licencias "De las autoridades que viajan por comision de servicio, dentro y fuera del MORDAZA, Cuando la solicitan en el ejercicio al cargo de gobierno por un periodo no mayor de seis (6) meses; Que, el articulo 371º del Titulo XII De las Relaciones Interinstitucionales del Estatuto Universitario, determina que la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica se

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