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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2014 (03/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Viernes 3 de enero de 2014 513509 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Pachacámac, visto en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 26 de noviembre del 2013, el Informe N° 289-2013-MDP/ GDUR-SGTOV emitido por la Sub Gerencia de Transporte y Ordenamiento Vial, Informe N° 298-2013-MDP/OAJ emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica sobre Proyecto de Ordenanza que modifi ca la Ordenanza Nº 074- 2010-MDP/C que aprueba la “Suspensión temporal del otorgamiento de autorizaciones para prestar el servicio público de transporte de pasajero y carga en vehículos menores” en el Distrito de Pachacámac, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley Nº 28607 – Ley de Reforma Constitucional precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, señala (…) que las ordenanzas son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba tanto la organización interna como la regulación de las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, el Artículo 73º de la Ley Nº 27972, establece (…) las municipalidades, en su condición de municipalidad provincial o distrital asumen las competencias y ejercen las funciones específi cas señaladas en el Capítulo II del Título V con carácter exclusivo o compartido, en materia de (…) 2) Servicios públicos locales (…) 2.2 Tránsito, circulación y transporte concordante con el numeral 3.2 Art. 81° que establece (…) en materia de tránsito, viabilidad y transporte público, es función específi ca compartida con las municipalidades distritales (…) otorgar licencias para la circulación de vehículos menores y demás, de acuerdo con lo establecido en la regulación provincial. Que, con Ordenanza Nº 074-2010-MDP/C de fecha 09 de junio del año 2010, se aprobó la suspensión temporal del otorgamiento de autorizaciones para prestar el servicio público de transporte de pasajero y carga en vehículos menores y/o hasta que se implemente el plan integral de ordenamiento y tratamiento especial de vehículos menores en el Distrito de Pachacámac, el mismo que fue publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 08 de julio del año 2010. Que, el Concejo Municipal dentro de sus facultades legislativas y con el propósito de mejorar, viabilizar en forma correcta y efi ciente la prestación de los servicios conforme a la normatividad vigente se requiere precisar y adecuar el procedimiento que corresponda atendiendo de manera excepcionalmente a lo sostenido en el Informe Nº 289-2013-MDP/GDUR-SGTOV de fecha 17 de octubre del 2013 de la Sub Gerencia de Transporte y Ordenamiento Vial y siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la Ley y el reglamento las solicitudes de otorgamiento de autorizaciones para prestar el servicio público de transporte de pasajero y carga en vehículos menores en las denominadas zonas especiales establecidas en el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 0114-2013-MDP/C de fecha 24 de enero del 2013; Estando a lo expuesto en el Informe Nº 0298-2010- MDP/OAJ de la Ofi cina Asesoría Jurídica e Informe Nº 0289-2013-MDP/GDUR-SGTOV y con lo debatido en el pleno y con el voto UNÁNIME de los Regidores y en uso de las facultades otorgadas en el numeral 8 del Artículo 9° de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, en concordancia con la Ordenanza Nº 074-2010-MDP/C que aprueba la suspensión temporal del otorgamiento de autorizaciones para prestar el servicio público de transporte de pasajero y carga en vehículos menores en el Distrito de Pachacámac, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO PRIMERO DE LA ORDENANZA Nº 074-2010-MDP/C QUE APRUEBA LA SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES PARA PRESTAR EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJERO Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES EN EL DISTRITO DE PACHACAMAC Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 074-2010-MDP/C, el cual queda redactado de la siguiente manera: Artículo Primero.- Suspéndase por ciento ochenta (180) días calendario y/o hasta que se implemente y ponga en marcha el Plan Integral de Ordenamiento y Tratamiento Especial de Vehículos Menores el otorgamiento de autorizaciones de las nuevas inscripciones que soliciten las personas jurídicas para prestar el servicio de transporte público de pasajeros y carga en vehículos menores en el distrito de Pachacámac. Excepcionalmente, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la Ley y el Reglamento se otorgará autorizaciones para prestar el servicio público de transporte de pasajero y carga en vehículos menores en las denominadas zonas especiales establecidas en el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 0114-2013-MDP/C de fecha 24 de enero del 2013. Artículo Segundo.- Las solicitudes iniciados antes de la entrada en vigor de la presente ordenanza y que se encuentran en trámite se adecuarán a lo previsto en la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Facultar al Señor Alcalde dictar las disposiciones complementarias y necesarias para la debida aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Subgerencia de Transporte y Ordenamiento Vial y demás Unidades Orgánicas el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaría General su publicación y a la Unidad de Imagen Institucional y Ofi cina de Informática y Estadística su divulgación y difusión de sus alcances. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1033336-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR RECTIFICACIÓN ORDENANZA Nº 196-2013-MSMM La Ordenanza de la referencia publicada en Separata Especial de fecha 29 de diciembre de 2013 (página 512745), ha sido consignada por error en la portada como “Ordenanza Nº 146-2013-MSMM”, debiendo ser lo correcto: Ordenanza Nº 196-2013-MSMM Así mismo, dicha Separata Especial se consignó erróneamente en el Sumario como “Ordenanza Nº 254- MDSM y Acuerdo Nº 2737” (página 512970), debiendo ser lo correcto: Ordenanza Nº 196-2013-MSMM y Acuerdo Nº 2736 1033478-1