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El Peruano Lunes 13 de enero de 2014 514225 Transito y Seguridad Vial, adjuntando el Informe Nº 002- 2014-EFFR-GTSV-MSS del 07.01.2014, del Técnico de Tránsito y Vialidad que concluyen que desde el punto de vista de tránsito y seguridad vial, las condiciones por las cuales se emitió la Ordenanza Nº 442-MSS subsisten a la fecha, por lo que solicita la prórroga de la Ordenanza Nº 442-MSS hasta el 31 de diciembre del 2014; Que, con Informe Nº 017-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que encontrándose facultado el señor Alcalde a disponer la prórroga de los alcances de la Ordenanza 442-MSS, conforme lo establece el Artículo Sexto de la citada Ordenanza, resulta legalmente procedente la emisión del Decreto de Alcaldía que prorrogue la Ordenanza Nº 442-MSS hasta el 31 de diciembre del 2014, teniendo presente lo dispuesto por el Informe Nº 03- 2014-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano; Que, asimismo la Gerencia de Asesoría Jurídica informa que, estando acorde con lo informado por la Gerencia de Desarrollo Urbano, si bien es cierto el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, en su Artículo 14º establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal Electrónico, también señala que se puede exceptuar de la publicación conforme se establece en el numeral 3) del citado Artículo 14º, cuando la prepublicación de la misma es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al orden público, supuesto que en el presente caso concurre en tanto es un derecho constitucional velar por la integridad y seguridad de las personas en relación a las obras constructivas; Estando al Informe Nº 017-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades establecidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 442-MSS publicada el 13.01.2013, que dispuso SUSPENDER la recepción de solicitudes de aprobación de Anteproyectos en Consulta, Licencias de Edifi cación en las modalidades B, C y D y de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios; así como, la emisión de Licencias de Edifi cación en las modalidades B, C y D, y de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios en la Urbanización Cerros de Camacho del distrito de Santiago de Surco, conforme al Anexo 1 – P1 – Plano de la Urbanización Cerros de Camacho, que forma parte integrante de la Ordenanza, hasta el 31.12.2014. Artículo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances ante el vecindario. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010- PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1036520-1