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El Peruano Lunes 13 de enero de 2014 514217 misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, mandato concordante con el numeral 7.1 del artículo 7º del citado Texto Único Ordenado, descrito en el considerando precedente; Que, el artículo 5° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, señala que el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga, no pudiendo ser objeto de delegación, la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de ofi cio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo 5º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; Que, para agilizar los procedimientos y permitir un adecuado funcionamiento de la Entidad, es necesario delegar ciertas facultades en materia presupuestal y las modifi caciones del Plan Anual de Contrataciones al Secretario General del OSINFOR; asimismo delegar ciertas facultades en Contrataciones del Estado, recursos humanos, y en materia administrativa, al Jefe de la Ofi cina de Administración del OSINFOR; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, y con los vistos de la Secretaría General, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y de la Ofi cina de Administración; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Delegar al Secretario General (e) del OSINFOR, durante el año fi scal 2014, las siguientes facultades y atribuciones: a) Aprobar las formalizaciones de las notas modifi catorias en el Nivel Funcional Programático. b) Aprobar las modifi caciones del Plan Anual de Contrataciones del OSINFOR. Artículo Segundo.- Delegar en el Jefe (e) de la Ofi cina de Administración del OSINFOR, durante el ejercicio fi scal 2014, las siguientes facultades y atribuciones: a) Aprobar los expedientes de contratación de los procesos de selección a ser convocados por el OSINFOR, así como de aquellos procesos de selección que deban ser convocados por Entidades con las cuales se hayan suscrito un convenio de encargo. b) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités especiales, ad hoc y permanentes, que conducirán los procesos de selección, así como modifi car la composición de los mismos, dentro de los parámetros establecidos en el ordenamiento jurídico. c) Aprobar las bases de los procesos de selección a ser convocados por el OSINFOR, excepto en los casos de adjudicaciones de menor cuantía no derivadas cuando el proceso sea conducido por un comité especial, en cuyo caso las bases serán aprobadas por el funcionario a cargo de la Sub Ofi cina de Logística. d) Aprobar las bases de las exoneraciones autorizadas por el OSINFOR, así como aquellos procesos de selección que deban ser convocados por Entidades con los cuales se hayan suscrito un convenio de encargo. e) Cancelar los procesos de selección que sean convocados por el OSINFOR, de conformidad con lo establecido en las normas de contratación del Estado. f) Suscribir los contratos para la adquisición de bienes y contratación de servicios y consultorías, incluyendo los provenientes de exoneraciones; así como sus adendas en razón de adicionales y/o reducciones, ampliaciones de plazo, y cualquier otra modifi cación posterior de acuerdo a lo dispuesto en la normativa de contrataciones del Estado. g) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales y la reducción de las mismas respecto de los contratos suscritos por el OSINFOR, en el caso de bienes, servicios y consultorías, de conformidad con lo establecido en las normas de contrataciones del Estado. h) Aprobar las ampliaciones del plazo en los contratos para la adquisición de bienes o la contratación de servicios y consultorías; dentro de los parámetros establecidos en el ordenamiento. i) Aprobar y suscribir las contrataciones complementarias, de acuerdo a la normativa de contrataciones del Estado j) Resolver los contratos suscritos para la adquisición de bienes y contratación de servicios y consultorías, incluyendo los provenientes de exoneraciones, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado. k) Suscribir todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de contratación, que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), y el Tribunal de Contrataciones del Estado, así como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades, vinculados a la temática de las contrataciones estatales. l) Autorizar, resolver, y tramitar las acciones administrativas del personal respecto de las asignaciones, ceses, rotaciones, reconocimiento de remuneraciones, rectifi cación de nombres y/o apellidos, destaques, renovaciones de contratos, y toda aquellas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal adscrito al régimen laboral del OSINFOR. m) Suscribir los contratos relativos a la prestación de servicios del personal del OSINFOR, conforme al régimen laboral de la Entidad. n) Suscribir los convenios de prácticas profesionales, pre-profesionales y técnicas del OSINFOR. o) Suscribir y presentar a la SUNAT, los formularios, declaraciones y, en general, cualquier documentación que resulte necesario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias como consecuencia de la ejecución de los gastos previsto en el presupuesto institucional. p) Aprobar Directivas orientadas a optimizar las labores de las ofi cinas a su cargo. Artículo Tercero.- Déjese sin efecto, las disposiciones que se opongan a la presente resolución. Regístrese, y comuníquese. ROLANDO NAVARRO GÓMEZ Presidente Ejecutivo (e) 1036388-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Autorizan a Procurador Público de la PCM y a Procurador Público Adjunto, a conciliar en audiencias de procesos laborales tramitados bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 006-2014-CONCYTEC-P Lima, 9 de enero de 2014