Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2014 (25/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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permitan al Gobierno Regional de Huancavelica y las municipalidades provinciales de Huancavelica y Tayacaja y municipalidades distritales de MORDAZA, Izcuchaca, Mariscal MORDAZA, Acostambo y Ahuaycha, con la coordinacion del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y la participacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ministerio de Agricultura y Riego, Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa, Ministerio de Salud, Ministerio de Educacion y demas Instituciones y organismos del Estado involucrados, dentro de sus competencias, a ejecutar las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion correspondientes, en las zonas afectadas; por lo que se cuenta con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros emitido con el Memorandum N° 020-2014-PCM-SGRD, considerando que corresponde declarar el Estado de Emergencia; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; asi como con el articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 0482011-PCM, que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Declaratoria de Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia en los distritos de MORDAZA, Izcuchaca y Mariscal MORDAZA, de la provincia de Huancavelica, y los distritos de Acostambo y Ahuaycha, de la provincia de Tayacaja, en el departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Huancavelica, los Gobiernos Locales involucrados, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educacion, y demas instituciones y organismos del Estado, dentro de su competencia, ejecutaran las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.Responsabilidad de las coordinaciones El Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, sera responsable de realizar las coordinaciones necesarias entre el Gobierno Regional de Huancavelica y las municipalidades provinciales Huancavelica y Tayacaja y municipalidades distritales de MORDAZA, Izcuchaca, Mariscal MORDAZA, Acostambo y Ahuaycha y los Sectores, Instituciones y Organismos del Gobierno Nacional que deben ejecutar las acciones de respuesta y rehabilitacion, con la finalidad de que estas se inicien o se cumplan dentro del plazo de vigencia de la Declaratoria de Estado de Emergencia, debiendo mantener informada a la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros del avance de las mismas. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, por el Ministro de Agricultura y Riego, por el Ministro del Interior, por el

El Peruano Sabado 25 de enero de 2014

Ministro de Defensa, por la Ministra de Salud, y por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de enero del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa y Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1042503-1

Autorizan viaje de la Ministra de Relaciones Exteriores a MORDAZA y encargan su Despacho al Ministro de Justicia y Derechos Humanos
RESOLUCION SUPREMA N° 014-2014-PCM MORDAZA, 24 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, senora Eda MORDAZA MORDAZA Franchini, viajara a la MORDAZA de La Habana, Republica de MORDAZA, del 27 al 29 de enero de 2014, a fin de asistir y acompanar al senor Presidente de la Republica a la II Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribenos (CELAC); Que, la II Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribenos (CELAC), se realizara del 28 al 29 de enero de 2014, en la MORDAZA de La Habana, Republica de Cuba; Que el tema central de la II Cumbre de la CELAC sera "Lucha contra el hambre, la pobreza y las desigualdades en MORDAZA Latina y el Caribe"; Que durante la II Cumbre de la CELAC se realizara una evaluacion sobre los avances y desafios de la region en los aspectos comprendidos en el tema central de la II Cumbre de la CELAC; Que, asimismo, se evaluara el MORDAZA de integracion de MORDAZA Latina y el Caribe, y se MORDAZA seguimiento a los mandatos contenidos en la Declaracion de Caracas y en el Plan de Accion de Caracas, adoptados el 3 de diciembre de 2011, y en la Declaracion de MORDAZA, adoptada en la I Cumbre de la CELAC el 28 de enero de 2013; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAB) Nº 73, del Despacho Ministerial, de 23 de enero de 2014; y el Memorandum (OPR) N° OPR0057/2014, de la Oficina de Programacion y Presupuesto, de 24 de enero de 2014, que otorga certificacion de credito presupuestario al presente viaje; De conformidad con el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29158, Ley Organica del

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