Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2014 (25/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Sabado 25 de enero de 2014

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durante la totalidad de las referidas diligencias, resulta necesario autorizar su retorno un (1) dia despues del evento; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014 del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administracion General, de conformidad con el articulo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, del 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Procurador Publico del Ministerio de Defensa, abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 07041163, para que realice las actividades previas y participe en la Audiencia Publica del Caso CDH-12.444 "Cruz MORDAZA y otros vs. Peru", del 1 al 4 de febrero de 2014, en el MORDAZA del 102° Periodo Ordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica; autorizando su retorno al MORDAZA el 5 de febrero de 2014. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran sufragados por el Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora 001: Administracion General, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereos MORDAZA ­ San MORDAZA (Republica de Costa Rica) ­ Lima: US $ 2,065.79 x 1 persona (Incluye TUUA) US $ 2,065.79 Viaticos: US $ 315.00 x 1 persona x 4 dias TOTAL: US $ 1,260.00 -------------------US $ 3,325.79

Autorizan viaje de oficial de la MORDAZA de MORDAZA a MORDAZA, en mision de estudios
RESOLUCION SUPREMA Nº 030-2014-DE/MGP MORDAZA, 24 de enero de 2014 Visto, el Oficio N.1000-2605 del Director General de Educacion de la MORDAZA, de fecha 19 de diciembre de 2013; CONSIDERANDO: Que, la Armada de la Republica MORDAZA, ha cursado invitacion para que UN (1) Oficial Superior de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, participe en el Curso de Comando y Estado Mayor - Escalafon de Infanteria de MORDAZA, a impartirse en la Escuela de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, del 30 de enero al 19 de diciembre de 2014; Que, la designacion de Personal MORDAZA para que participe en la referida especializacion, responde a la necesidad de capacitar a los Oficiales Superiores en Instituciones Militares Extranjeras, con la finalidad de formar caracter y liderazgo, adquirir mayores conocimientos y experiencias en el planeamiento de operaciones conjuntas, para cumplir funciones en Estados Mayores de la Institucion y Estados Mayores Conjuntos, dentro del MORDAZA de los compromisos bilaterales de cooperacion reciproca asumido por nuestro pais; asi como, fomentar e incrementar las medidas de confianza mutua con Instituciones Armadas de otros paises; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del Capitan de Corbeta MORDAZA MORDAZA UCEDA MORDAZA, para que participe en el mencionado Curso, lo que contribuira significativamente en el perfeccionamiento profesional del citado Oficial Superior; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora N° 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el articulo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con el articulo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23° de la referida MORDAZA, mas el tiempo compensatorio previsto en el mismo articulo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado con los Decretos Supremos N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y N° 009-2013-DE, de fecha 2 de octubre de 2013;; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619

Articulo 3º.- El personal autorizado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuara la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa y Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 1042503-5

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