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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2014 (25/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Sábado 25 de enero de 2014 515311 Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-90/PCM; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002/PCM y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 005-2006/PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013/ PCM; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señora Eda Adriana Rivas Franchini, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 27 al 29 de enero de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- El señor Presidente de la República y su comitiva viajarán en el avión presidencial, por lo que los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0088455: Diplomacia Presidencial, debiendo presentar la rendición de cuentas en un plazo no mayor de quince (15) días, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Eda Adriana Rivas Franchini 430.00 2 860.00 Artículo 3°.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor Daniel Augusto Figallo Rivadeneyra, Ministro de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humanos, en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1042503-2 AGRICULTURA Y RIEGO Amplían plazo de implementación y precisan fecha de inicio de funciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 045-2014-ANA Lima, 24 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, según el artículo 14º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, el funcionamiento del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas se rige por su Reglamento Interno; Que, por Resolución Jefatural Nº 471-2013-ANA se aprobó el Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas, el cual en su Primera Disposición Complementaria Transitoria señala que el proceso de implementación del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas concluirá en un periodo no mayor de sesenta (60) días naturales computados a partir de la aprobación del citado Reglamento y que mediante Resolución Jefatural se fi jará el inicio de su funcionamiento; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 547-2013- ANA se dispuso la ampliación del plazo indicado en el considerando precedente hasta el 31 de enero de 2014; Que, con Resolución Suprema Nº 001-2014-MINAGRI se nombraron a los vocales del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua; Que, en este contexto, los miembros del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas mediante Informe Nº 001-2014-ANA-TNRCH, comunican que se encuentra en proceso de implementación la Secretaría Técnica del referido Tribunal, así como la culminación de acciones logísticas operativas; Que, atendiendo a lo expuesto resulta necesario ampliar el plazo previsto para el funcionamiento del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de esta Autoridad; y, Con los vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la Ofi cina de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Secretaria General, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliación de plazo Amplíese, hasta por veintitrés (23) días naturales, el plazo a que se refi ere el artículo único de la Resolución Jefatural Nº 547-2013-ANA, en el que se deberá concluir con el proceso de implementación del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua. Artículo 2º.- Inicio de funciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas Disponer, a partir del 24 de febrero del 2014, el inicio de funciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas. Regístrese, comuníquese y publíquese, JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1042268-1 Dan por concluidas encargaturas y encargan funciones de diversas Administraciones Locales de Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 047-2014-ANA Lima, 24 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, las Administraciones Locales de Agua, son unidades orgánicas de las Autoridades Administrativas del Agua que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales, de conformidad