Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2014 (27/01/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

515416
el POA aprobado, en los casos que fueran necesarios, e implica la elaboracion de un Plan Operativo Anual Reprogramado, y sigue un procedimiento similar al de la formulacion y aprobacion; Que, la citada Directiva precisa que para efectos de la reprogramacion del Plan Operativo Anual 2013 de la Unidad Ejecutora 001 de la Administracion Central del Ministerio de Salud, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos: i) considerar la ejecucion de metas fisicas y presupuestarias realizada hasta el momento de la Reprogramacion, con el fin de que la misma precise las metas por alcanzar y no exceda la Programacion Anual de Compromisos (PAC); ii) se debe considerar los informes de seguimiento y evaluacion del POA y sus recomendaciones al momento del ajuste de la ejecucion fisica y financiera; iii) en caso que la Reprogramacion implique la disminucion de las metas fisicas o la reversion de recursos al Tesoro Publico, esta debe estar debidamente sustentada; iv) en el caso que la Reprogramacion genere la solicitud de una ampliacion de calendario o una nota modificatoria, estas deben estar debidamente sustentadas y ser reportadas en los informes de seguimiento y/o evaluacion del POA; Que, con documento del visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, sustenta la necesidad de reprogramar el Plan Operativo Anual 2013, senalando que esta reprogramacion obedece a los resultados de la evaluacion semestral del POA, como la implementacion de las normas referidas al MORDAZA de reforma del sector salud, es la principal causa que justifica la reprogramacion del citado Plan, asi como la incorporacion de un saldo de balance; el incremento significativo de los brotes epidemiologicos; los cambios en los equipos de gestion, lo que ha significado variaciones en las prioridades de la Direccion General de Salud de las Personas; y, la implementacion de nuevas actividades en el MORDAZA de las politicas de seguridad y defensa nacional; Que, estando a lo sustentado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de organo encargado de conducir y organizar el subproceso de planeamiento operativo, es necesario emitir el acto resolutivo que apruebe el Documento Tecnico denominado: Plan Operativo 2013 Reformulado de la Unidad Ejecutora 001 - Administracion Central Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Oficina General de Administracion, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Secretario General; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobada con Decreto Legislativo N° 1161; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar, con eficacia anticipada al 31 de diciembre de 2013, el Documento Tecnico denominado: Plan Operativo 2013 Reprogramado de la Unidad Ejecutora 001 - Administracion Central Ministerio de Salud, el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a traves de la Oficina de Planificacion y Gestion Institucional el desarrollo de las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Documento Tecnico aprobado. Articulo 3°.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano". La presente Resolucion Ministerial y el Documento Tecnico denominado: Plan Operativo 2013 Reprogramado de la Unidad Ejecutora 001 - Administracion Central Ministerio de Salud, que forma parte integrante de la presente Resolucion, seran publicados en el MORDAZA institucional del

El Peruano Lunes 27 de enero de 2014

Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www. minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud
1042490-7

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Imponen servidumbre forzosa en la modalidad de ocupacion de predio privado a favor de Nextel del Peru S.A., ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 035-2014-MTC/03

MORDAZA, 23 de enero de 2014 VISTA, la solicitud presentada con Expediente N° 2012-022241, por la empresa NEXTEL DEL PERU S.A., sobre imposicion de servidumbre forzosa para la prestacion del servicio publico de comunicaciones personales - PCS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 525-2007MTC/03 de fecha 17 de setiembre de 2007, se resolvio "Otorgar a la empresa NEXTEL DEL PERU S.A., concesion para la prestacion del Servicio Publico de Comunicaciones Personales - PCS, por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru", habiendose suscrito el Contrato de Concesion el 21 de setiembre de 2007; Que, con el expediente de Vista la empresa NEXTEL DEL PERU S.A. solicito la imposicion de servidumbre forzosa sobre un area de 200 m2 de propiedad del Ministerio de Agricultura1, ubicada en el distrito de San MORDAZA de Canete, de la provincia de Canete, del departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Electronica N° 21111443 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA - MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA, Oficina Reglstral Canete; Que, la Clausula Decimo MORDAZA del Contrato de Concesion suscrito por la empresa NEXTEL DEL PERU S.A., aprobado por Resolucion Ministerial N° 5252007-MTC/03, establece que "A solicitud debidamente fundamentada de la Sociedad Concesionaria y por causa de necesidad y utilidad publica, el Concedente efectuara las gestiones que MORDAZA necesarias ante las autoridades competentes a fin que se impongan servidumbres forzosas o se realicen expropiaciones en favor de la Sociedad Concesionaria, sobre los predios o inmuebles de propiedad o uso privado que MORDAZA necesarios para que esta pueda cumplir adecuadamente con las obligaciones que asume mediante el presente Contrato de acuerdo con las Leyes Aplicables. La imposicion de servidumbres a que se refiere esta Clausula se ejecutaran de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Servidumbres forzosas para la prestacion de servicios portadores y teleservicios publicos de Telecomunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2006-MTC y sus modificatorias"; Que, el articulo 18° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto

1

Hoy Ministerio de Agricultura y Riego, segun Ley N° 30048.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.