Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2014 (22/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Sabado 22 de febrero de 2014

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mencionado de los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones y lo eleva a consideracion del Concejo; Estando a lo expuesto contando, asimismo, con el Informe N°005-2014-MDLP/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con el MORDAZA unanime de miembros asistentes y con dispensa de tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION PARCIAL DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA Articulo 1º.- Crear el Comite de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La Punta e incorporarlo a la estructura organica, como organo de apoyo a la gestion municipal, que forma parte de los organos de coordinacion y/o consultivos, dependientes del Despacho de Alcaldia; Articulo 2º.- Incorporar el Art. 30º en el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) vigente de la Municipalidad Distrital de la Punta, con el siguiente texto: "Articulo 30°.- El Comite de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La Punta es un organo de asistencia social y apoyo a los ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores, discapacitados y otros grupos vulnerables de la comunidad, integrado por las senoras conyuges de los miembros del Concejo Municipal y/o, de ser el caso, las representantes de dichos miembros, las Regidoras del Concejo y las personas que MORDAZA propuestas por su Consejo Directivo y ratificadas por su Asamblea General. La asociacion y/o participacion como integrante en dicho Comite es absolutamente voluntaria. Es una institucion de derecho sin fines de lucro, que colabora con la gestion municipal en lo relacionado a la asistencia social y apoyo a los ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores, discapacitados y otros grupos vulnerables, contribuyendo a mejorar su calidad de MORDAZA y promover su realizacion personal y social. El Comite de MORDAZA se rige por su Estatuto, por las normas legales que le MORDAZA aplicables y por los acuerdos que adopten sus organos de gobierno dentro del MORDAZA legal que le corresponde. Su Consejo Directivo es elegido al inicio de cada gestion y concluye con MORDAZA, salvo en los casos especiales que requieran que se reemplace a alguna de sus integrantes. Es presidido por la conyuge o representante del Titular de la Entidad y es reconocido por Resolucion de Alcaldia." Articulo 3º.- Reordenar la numeracion correlativa de los articulos que corresponda, como consecuencia de la incorporacion del Art. 30º aprobado por el Art. 2º de la presente MORDAZA, en el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF. Articulo 4º.- Aprobar la modificacion parcial de la estructura organica de la Municipalidad Distrital de La Punta, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 1º, segun el Anexo I que forma parte de la presente ordenanza. Articulo 5º.- Encargar a la Oficina de Secretaria General y Archivo la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Unidad de Tecnologia de la Informacion, el mencionado dispositivo y los Anexos I y II que contienen la Estructura Organica como parte del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el texto completo de este, modificados por la presente Ordenanza, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en y MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe); y a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA 1052846-1

VISTO: El Memorandum N° 08-2014-MDLP/GM de fecha 16 de Enero de 2014 que presenta el Proyecto de Modificacion Parcial de la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), y; CONSIDERANDO: Que, segun el Articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion Ley Nº 27680, y posteriormente modificado por la Ley Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son organos de Gobierno Local, que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, agrega que dicha autonomia radica en el ejercicio de actos de gobierno, administrativo y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, por lo que estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad a la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico, asi como a las normas tecnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado que, por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorios; Que, con relacion a la autonomia de la que gozan las Municipalidades, el numeral constitucional MORDAZA senalado ha otorgado expresamente al Concejo la funcion normativa en los asuntos de su competencia, cumpliendose precisamente esta funcion, entre otros mecanismos, a traves de las Ordenanzas Municipales, mediante las cuales se aprueba el regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno local, asi como otras materias en las que la Municipalidad tiene competencia, tal y como se recoge en los numerales 3), 8) y 32) del Articulo 9º y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades. Cabe precisar que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal a las que el numeral 4 del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru les otorga rango de ley; Que, mediante Ordenanza Nº 015-2007-MDLP-ALC, publicada el 24 de noviembre de 2007, y modificatorias, se aprobo la Nueva Estructura Organica, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de La Punta; Que, el Acuerdo de Concejo Nº 006-26 del 16 de diciembre de 2013, encarga a la Gerencia Municipal que presente al Concejo Municipal, en un plazo MORDAZA 30 dias calendario, una propuesta que contemple los aspectos senalados en las recomendaciones 4 y 5 del Examen Especial a la Municipalidad Distrital de La Punta sobre "Contrataciones de Bienes y Servicios de la Gerencia de Desarrollo Humano y Comunicaciones"; Que, conforme a las disposiciones emanadas del Acuerdo citado, se propone crear e incorporar el Comite de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La Punta, dentro de la estructura organica de la entidad, como un organo de apoyo a la gestion municipal que forma parte de los organos de coordinacion y/o consultivos, dependientes de la Alcaldia; Que, mediante el Informe 002-2014-MDLP/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto alcanza la propuesta para la modificacion de la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) vigentes, el que esta debidamente visado por la Oficina de Asesoria Juridica, segun lo dispone el Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, en el que se sustentan los motivos de la misma, por los que resulta necesario modificar dichos instrumentos normativos, senalando que cumplen con los requisitos tecnicos previstos en las normas citadas en el parrafo anterior, en la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, Ley Nº 27658 y demas normas vigentes; Que, con el documento de visto, la Gerencia Municipal emite el informe previo favorable, de conformidad con lo establecido en el literal c) numeral IV) del Articulo

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