Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2014 (22/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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Su vigencia sera por un periodo de un (01) ano y sus informes seran presentados al Consejo Universitario. Articulo 130º.- Las Unidades Organicas de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica en el nivel de Oficinas, en el caso de la Administracion Central, y Unidades en el caso de Facultades, Escuela de Posgrado y Centros de Produccion de Bienes y Prestacion de Servicios, estara a cargo de funcionarios administrativos de MORDAZA, constituyendo la Oficina el nivel jerarquico MORDAZA a que tiene derecho alcanzar los trabajadores administrativos de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica. Excepto los que el Estatuto y Reglamento respectivo determinen en casos especificos. Las Unidades Organicas con nivel de Unidades de la Administracion Central, Facultades y Escuela de Posgrado se podran desagregar en areas y equipos, segun las necesidades de los Organos pertinentes previo informe tecnico sustentatorio a cargo de la Oficina General de Racionalizacion. Los Documentos de Gestion Administrativa de cada unidad organica de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" Ica, establecera los requisitos para ocupar los cargos de jefes de oficina, de Unidades y de Equipo. Articulo 153º.b) Aprobar el Reglamento de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, el Reglamento de Elecciones, los Reglamentos Internos especiales y manuales administrativos y velar por su fiel cumplimiento. Articulo 174º.- Son funciones del Vicerrectorado de Investigacion y Desarrollo: Articulo 181º.l) Proponer al Vicerrectorado Academico, los estudiantes de excelencia academica, para el otorgamiento de becas y media-becas. Articulo 203º.b) Haber realizado como minimo un trabajo de investigacion cientifica en su especialidad siendo profesor asociado. El trabajo debe haberse sustentado en acto publico y/o en un evento cientifico de la especialidad y refrendado por el Vicerrectorado de Investigacion y Desarrollo. Articulo 215º.1053233-2 b) Tener el grado academico de bachiller o Titulo Profesional en la especialidad, conferido por la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, y Articulo 227º.- Es incompatible participar directa o indirectamente en los examenes de admision y ser Director o docente de Academias Pre-Universitarios (CEPU) de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica. Asi mismo es incompatible ser docente de dedicacion exclusiva o tiempo completo en la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica y desempenar labor docente o de direccion en otros niveles educativos publicos y privados. Articulo 236º.c) Trasgredir la Ley, Estatuto y Reglamento de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica. Articulo 259º.- Los profesores activos, cesantes o jubilados de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica que publiquen libros, autorizados por la Facultad, Escuela de Posgrado y/o el Vicerrectorado de Investigacion y Desarrollo, que dirijan divulgaciones cientificas oficiales de alguna de las Facultades o Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, tendran derecho a percibir un estimulo pecuniario. El Reglamento establece los requisitos y montos. Articulo 307º.- El Centro de Investigacion esta a cargo de un Director, quien es un profesor principal investigador

El Peruano Sabado 22 de febrero de 2014

a D.E. o T.C., nombrado por el Consejo Universitario a propuesta del Vicerrectorado de Investigacion y Desarrollo". Articulo 309º.- Los Institutos de Investigacion son organos de linea que agrupan a docentes y estudiantes de las Facultades, dedicados a la investigacion cientifica y/o tecnologica. Funcionan en coordinacion con el Vicerrectorado de Investigacion y Desarrollo. Las lineas de investigacion que desarrollen estan en concordancia con los Programas del Centro de Investigacion de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica. Articulo 310º.- Cada Facultad tiene uno o mas Institutos de Investigacion Cientifica. Los Directores de los Institutos integran la Direccion de Investigacion de su respectiva Facultad. Los Institutos de Investigacion multidisciplinarios, que agrupan docentes y estudiantes de diferentes Facultades, dependen directamente del Vicerrectorado de Investigacion y Desarrollo. Articulo 312º.- La creacion de un Instituto de Investigacion sera propuesto por la Facultad respectiva o por el Vicerrectorado de Investigacion y Desarrollo, aprobado por el Consejo Universitario y ratificado por la Asamblea Universitaria. El Vicerrectorado de Investigacion y Desarrollo evalua bianualmente a los Institutos y propone al Consejo Universitario su ratificacion, suspension o su desactivacion. Articulo 313º.- La Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica cuenta con el Instituto Nacional de la uva, el vino y el MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Ica, y depende del Vicerrectorado de Investigacion y Desarrollo. Articulo 314º.d) Es nombrado por el Consejo Universitario a propuesta del Vicerrectorado de Investigacion y Desarrollo. Articulo 2º.- COMUNICAR la presente Resolucion a las dependencias de la Universidad para su conocimiento y cumplimiento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ENCINAS MORDAZA Rector

Autorizan viaje de Rector de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica a EE.UU., en comision de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL "SAN MORDAZA GONZAGA" DE ICA RESOLUCION RECTORAL Nº 200-R-UNICA-2014 Ica, 19 de febrero de 2014 VISTO: El documento emitido por el Ph.D. MORDAZA P. Rodicio, The Department of World Languages at Miami Dade College's, mediante el cual hace extensiva la invitacion al Rector de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, desarrolla sus actividades dentro de la autonomia de gobierno, normativa, academica, administrativa y economica, prevista en el articulo 18º de la Constitucion

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