Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (22/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 34

El Peruano Sábado 22 de febrero de 2014 517428 Minera, Metalúrgica y Geográfi ca asumir el pago del servicio de publicación. 3º Encargar a la Ofi cina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfi ca, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. PEDRO ATILIO COTILLO ZEGARRA Rector 1053024-1 MINISTERIO PUBLICO Disponen que Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema Civil, en adición a sus funciones, se desempeñe como Fiscal Supremo Liquidador RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 625 -2014-MP-FN Lima, 21 de febrero del 2014 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 462 y 556-2014-MP-FN de fechas 06 y 14 de febrero del año en curso, respectivamente, se dictaron disposiciones destinadas a regular el conocimiento de los procesos en materia pensionaria o previsional ingresadas durante el año 2013, tanto de la Fiscalía Suprema Contencioso Administrativo, como de la Fiscalía Suprema Transitoria Contencioso Administrativo; Que, a efectos de optimizar la labor encomendada, deben dictarse las precisiones correspondientes, en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Nº 3348 de la Junta de Fiscales Supremos de fecha 06 de febrero del presente año; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que el doctor JOSÉ HUMBERTO PEREIRA RIVAROLA, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema Civil, en adición a sus funciones, se desempeñe como Fiscal Supremo Liquidador avocándose al conocimiento de los procesos en materia pensionaria o previsional ingresadas durante el año 2013, tanto de la Fiscalía Suprema Contencioso Administrativo y de la Fiscalía Suprema Transitoria Contencioso Administrativo, a partir del 13 de febrero y hasta por un periodo de tres meses. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el artículo segundo de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 556-2014-MP-FN de fecha 14 de febrero del año en curso. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Fiscalía Suprema Civil, Fiscalía Suprema Contencioso Administrativo, Fiscalía Suprema Transitoria Contencioso Administrativo, Presidencia de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Señor Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 1053688-1 Aprueban el “Reglamento de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas” RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 626-2014-MP-FN Lima, 21 de febrero de 2014 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Fiscal de la Nación, como titular del Ministerio Público, es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, en ese marco debe adoptar las medidas necesarias a efectos de brindar un servicio fi scal efi ciente y oportuno; Que, el Tráfi co Ilícito de Drogas, es un delito pluriofensivo practicado por personas y grupos organizados, quienes invirtiendo ingentes recursos económicos a través de diversos métodos, afectan a la Sociedad y al colectivo nacional; Que, mediante Oficio Nº 2659-2013-OCEFETID- MP-FN, el Fiscal Superior - Jefe de la Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, hace de conocimiento las conclusiones arribadas en la “Convención Nacional de Fiscales Especializados en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, llevada a cabo los días 20, 21 y 22 de noviembre de 2013, en la ciudad de Tarapoto, en la que se determinó la necesidad de aprobar un instrumento normativo que regule la organización, funciones y competencias de los Despachos de las Fiscalías Especializadas antes mencionadas; Que, estando a lo expuesto, resulta necesario dictar las disposiciones que regularán el funcionamiento y competencia de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas a nivel nacional; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el “Reglamento de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas”, el mismo que consta de veintiséis (26) artículos y seis (06) Disposiciones Finales y Transitorias, que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto todas aquellas disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer que la Ofi cina Central de Tecnologías de la Información, proceda a la publicación del presente Reglamento en la página web del Ministerio Público, para su respectiva difusión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 1053688-2 Disponen la reubicación de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Mazamari, a la ciudad de La Merced, provincia de Chanchamayo, Distrito Fiscal de Junín RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 627-2014-MP-FN Lima, 21 de febrero de 2014