Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2014 (26/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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los Contratos de Inversion y sus adendas derivadas de las solicitudes de acogimiento al Regimen Especial de Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas - IGV. Articulo 3.- Comunicar las designaciones efectuadas a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION en un plazo de cinco (05) dias habiles, contados a partir de la expedicion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1054609-1

El Peruano Miercoles 26 de febrero de 2014

a) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Oficina de Administracion, quien lo presidira. b) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Abogado de la Secretaria General, representante de Secretaria General. c) MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico del Ministerio de Agricultura y Riego. d) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rebosio MORDAZA, Director General de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. e) MORDAZA MORDAZA Dumet MORDAZA, Asesor de la Alta Direccion, representante designado por el Titular del Pliego. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion a los representantes designados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1053959-1

Designan integrantes del Comite de caracter permanente para la elaboracion y aprobacion del Listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa juzgada
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0081-2014-MINAGRI MORDAZA, 24 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30137, se establecio los criterios de priorizacion para el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada para efectos de reducir costos al Estado; Que, por Decreto Supremo N° 001-2014-JUS, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 30137, Ley que establece criterios de priorizacion para la atencion del pago de sentencias judiciales, el cual en su articulo 4 senala que cada Pliego contara con un Comite de caracter permanente para la elaboracion y aprobacion del Listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa juzgada; Que, asimismo, el articulo 5 y la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del citado Reglamento de la Ley Nº 30137 senalan que, el Comite esta integrado por el titular de la Oficina General de Administracion o quien haga sus veces, quien lo presidira; un representante de Secretaria General; el titular de la Procuraduria Publica de la entidad; el titular de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, un representante designado por el Titular del Pliego; quienes seran designados mediante Resolucion del Titular del Pliego en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias posteriores a la publicacion del citado Reglamento; Que, en consecuencia, es necesario designar a los integrantes del Comite de caracter permanente para la elaboracion y aprobacion del Listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa juzgada, del Pliego 013. Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; la Ley Nº 30137, Ley que establece criterios de priorizacion para la atencion del pago de sentencias judiciales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2014-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a los integrantes del Comite de caracter permanente para la elaboracion y aprobacion del Listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa juzgada, constituido por el Decreto Supremo N° 001-2014-JUS, del Pliego 013. Ministerio de Agricultura y Riego, conforme se detalla:

Delegan facultades del Presidente del Consejo Nacional de Productos Organicos en el Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria y designan representantes del Ministerio de Agricultura y Riego ante el CONAPO
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0083-2014-MINAGRI MORDAZA, 24 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29196, Ley de Promocion de la Produccion Organica o Ecologica, se creo el Consejo Nacional de Productos Organicos (CONAPO), adscrito al Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, como ente asesor y consultivo en materia de produccion organica, con la finalidad de proponer las politicas y normas de desarrollo sostenible para el fomento y promocion de la produccion organica; Que, por Decreto Supremo Nº 010-2012-AG, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 29196, Ley de Promocion de la Produccion Organica o Ecologica, el cual en su articulo 7 senala que el CONAPO es presidido por el Ministro de Agricultura y Riego, e integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el articulo 6 de la acotada Ley Nº 29196, concordante con el articulo 7 de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2012-AG, establece que el Ministro de Agricultura, ahora Ministro de Agricultura y Riego, preside el CONAPO, atendiendo al impulso necesario desde el mas alto nivel de decision, concordante con la Politica Nacional Agraria, y con sujecion al MORDAZA normativo vigente, que coadyuve al fomento y promocion del desarrollo sostenible y competitivo de la produccion organica o ecologica en el Peru; Que, por razones propias del Despacho, el Ministro puede delegar las facultades del Presidente del CONAPO en un funcionario del Ministerio, por tratarse de facultades y atribuciones que no son privativas a su funcion, como acontece en el presente caso, estando a lo establecido en el ultimo parrafo del articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, concordante con el ultimo parrafo del articulo 9 del Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por el articulo 6 de la Ley Nº 30048; Que, asimismo, los articulos 9 y 11 del citado Reglamento de la Ley Nº 29196 senalan que, cada integrante del CONAPO designara un representante titular

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