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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (26/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Miércoles 26 de febrero de 2014 517529 país, se requiere actualizar la “Estrategia Nacional para la Conservación de Humedales en el Perú”, con la fi nalidad de contar con un instrumento acorde con los nuevos retos de la gestión de la diversidad biológica en los ecosistemas de humedales, en benefi cio de los pueblos indígenas, poblaciones locales y, en general, del país; Que, en tal sentido, el Ministerio del Ambiente ha elaborado la “Estrategia Nacional de Humedales”, la cual previo a su formal aprobación, requiere ser puesta en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; por lo que corresponde emitir la presente resolución; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaria General, de la Dirección General de Diversidad Biológica, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM; y Decreto Supremo N° 002-2009- MINAM, Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación de la “Estrategia Nacional de Humedales”, así como el respectivo Proyecto de Decreto Supremo de aprobación, en el Portal Web Institucional del Ministerio del Ambiente, a fi n de recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, por un plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- Las sugerencias y comentarios sobre el proyecto normativo, señalado en el artículo 1º de la presente resolución, deberán ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya sede central se encuentra ubicada en la Avenida Javier Prado Oeste Nº 1440, San Isidro – Lima, o a la dirección electrónica enh_consultas@ minam.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1054607-2 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Ratifican y designan Inspectores y Supervisores de Juego y Veedores de la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 587-2014-MINCETUR/VMT/DGJCMT Lima, 21 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27153 modifi cada por Leyes Nros. 27796 y 28945, y el Reglamento de la Ley aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, se regula la actividad de juegos de casinos y máquinas tragamonedas en el país; Que, la Ley N° 28945, Ley de Reordenamiento y Formalización de la actividad de explotación de juegos de casinos y máquinas tragamonedas, señala en su artículo 4° que la Dirección General de de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas es la autoridad competente para formular, proponer, supervisar y fi scalizar las normas generales administrativas no tributarias de alcance nacional, que regulan y controlan la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 24° de la Ley, corresponde a la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas, las facultades administrativas de autorización, fi scalización, supervisión, evaluación y sanción vinculadas a la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas, pudiendo delegar las facultades de fi scalización, supervisión, clausura y comiso en los órganos bajo su competencia; Que, el inciso e) del Artículo 25º de la Ley, concordante con lo dispuesto en el inciso e) del artículo 64° del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, establece que corresponde a la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas designar a los Inspectores de Juego; Que, el artículo 47° de la Ley concordante con el artículo 78° del Reglamento, prevé que la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas y la SUNAT verifi carán que en la importación de bienes para la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas se cumpla con los requisitos señalados en la Ley, su reglamento y Directivas del MINCETUR, dejándose constancia en el Acta respectiva; Que, al amparo de lo establecido en el artículo 67° del Reglamento, los Inspectores de Juego representan a esta Dirección General, en todas las actuaciones que realicen en el ejercicio de sus funciones, siendo que los hechos constatados por los Inspectores de Juegos deben consignarse en Informe o Acta respectiva; Que, asimismo, de conformidad con el Manual de Organización y Funciones – MOF, corresponde a los Supervisores de Juego de esta Dirección General realizar las visitas de verifi cación, control y fi scalización a las salas de juego de casino y máquinas tragamonedas de acuerdo a la programación que se realice; Que, es necesario realizar la designación de los Inspectores, Supervisores de Juego y acreditar a los Veedores de la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas ante ADUANAS, y dejar constancia que el señor Marco Antonio Cachay Seijas, ya no se desempeña como inspector de juego de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27153, modifi cadas mediante Leyes Nos, 27796 y 28945, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, y el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, estando a lo opinado en el Informe Legal Nº 011-2014-MINCETUR/VMT/DGJCMT/ DAR.JLPT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car y designar como Inspectores de Juego de la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas a las siguientes personas: Apellidos y Nombres Documento de Identifi cación 1. ACOSTA TABOADA, MARTIN VICENTE 08022437 2. AGAPITO VEGA, JULIO ROBERTO 09339554 3. APOLONI QUISPE, JOSÉ MARCOS 32733905 4. BORDA CÓRDOVA, JULIO LUIS 06659057 5. FLORES TORRES, ESTEBAN DELFÍN 08323392 6. HIJAR CÁCERES, DAÚL FERNANDO 09028147 7. LINO SUÁREZ, EDEN DECIDERIO 10563400 8. LUJAN MORON, WESLEY 40051004 9. MEZA VELEZ, PERCY JOSÉ 06641896 10. MOLINA GALVEZ, PEDRO REYNALDO 09533690 11. MORALES CARRASCO, JESUS EDWIN 07213919 12. MORENO ARISTA, RAFAEL 07858298 13. OCARES RAFAEL, RICHARD NAPOLEÓN 40223110 14. PORRAS GONZALEZ, CÉSAR ANIBAL 08522405