Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2014 (02/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "C"; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, por la Resolucion SBS Nº 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 12883-2009 y la Resolucion Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Cencosud S.A. la apertura de dos (2) Oficinas, en la modalidad de oficinas especiales temporales, por el periodo comprendido entre el dia 01 de junio de 2014 y el 31 de octubre de 2014, ubicadas en Av. Mansiche Nº 1721, distrito y provincia de MORDAZA y departamento de La MORDAZA, dentro de la tienda Metro; y en Av. MORDAZA Oeste Nº 750, Urb. El Ingenio, distrito y provincia de MORDAZA y departamento de La MORDAZA dentro del Mall Aventura Plaza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca 1090445-1

El Peruano Lunes 2 de junio de 2014

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Declaran que predio ubicado en Av. 28 de MORDAZA Nº 562-A, se encuentra sometido al regimen especial de conservacion establecido en las Ordenanzas Nºs. 387/MM y 401/MM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2014/MM Miraflores, 28 de MORDAZA de 2014 EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, segun el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. De igual modo, acorde con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la autonomia que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, con la Ordenanza Nº 387/MM se constituye y regula las Microzonas de Valor Urbanisticos y Ejes de Aprovechamiento del Potencial de Desarrollo MORDAZA en el distrito de Miraflores; asimismo, con la Ordenanza Nº 401/MM se emiten las disposiciones que regulan la aplicacion de la Ordenanza Nº 387/MM, desarrollandose, entre otros aspectos, el procedimiento para acogerse a los beneficios que dichos dispositivos establecen. En tal sentido, con las ordenanzas referidas se busca orientar la composicion arquitectonica de las edificaciones, proteger la arquitectura de valor representativo, preservando los predios que constituyen patrimonio cultural o aquellos que no siendolo, poseen un valor urbanistico en su conjunto, como mecanismo de preservacion de la identidad distrital; Que, a traves del Expediente Nº 6396-2013, ingresado el 15 de agosto de 2013, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sobrevilla y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Leidinger MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, identificados con DNI Nº 08240333 y DNI Nº 08240332 respectivamente, solicitan su acogimiento libre y voluntariamente a los alcances de las citadas ordenanzas, con relacion al predio ubicado en la Av. 28 de MORDAZA Nº 562 - A, Miraflores;

Que, conforme se aprecia en el expediente MORDAZA citado y de acuerdo a la verificacion realizada por la unidad organica competente, los administrados cumplieron con acompanar los requisitos que se exigen para la emision del Certificado de Derechos Edificatorios al que hacen referencia las disposiciones de la Ordenanza Nº 401/ MM y conforme se desprende del Informe Legal Nº 2622013-SGCA-GDUMA/MM de fecha 15 de agosto de 2013, emitido por la Subgerencia de Catastro; Que, en virtud de lo expresado se programaron las inspecciones a las que se hacen mencion en al articulo 4 de la Ordenanza Nº 401/MM, luego de las cuales se emitio el Informe Tecnico Nº 44-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 09 de enero de 2014, que obra en el folio cuarenta y seis (46) y siguientes de los actuados, mediante el cual se efectua el diagnostico del predio ubicado en Av. 28 de MORDAZA Nº 562 - A, Miraflores, que contiene la determinacion de las areas o zonas del predio con valor urbanistico que deberan mantenerse intangibles, el estado de conservacion de las mismas, las recomendaciones a considerar para las obras a realizarse y los derechos edificatorios a transferir; Que, en merito a lo indicado y acorde a lo establecido en el articulo 6 de la Ordenanza Nº 401/MM, la Subgerencia de Catastro emitio la Resolucion de Subgerencia Nº 0292014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 06 de marzo de 2014, que declara procedente la solicitud presentada por los administrados, entre otros aspectos; correspondiendo emitir el decreto de alcaldia en cumplimiento de lo senalado en el articulo 18 de la ordenanza citada, a fin de que se constituya el documento con el que se dispone la limitacion o restriccion de demoler, ampliar y/o remodelar el predio ubicado en Av. 28 de MORDAZA Nº 562 - A, Miraflores, con la finalidad que el decreto de alcaldia a emitirse y demas actos vinculados, MORDAZA inscritos en la Partida Nº 46891899 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - Sede Lima; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 20, numeral 6, y el articulo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Declarar que el predio ubicado en la Av. 28 de MORDAZA Nº 562 - A, Miraflores, se encuentra sometido al regimen especial de conservacion establecido en la Ordenanza Nº 387/MM y Ordenanza Nº 401/MM, conforme a lo dispuesto en la Resolucion de Subgerencia Nº 029-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 06 de marzo de 2014; consecuentemente, los propietarios del predio en mencion se encuentran sujetos a los deberes y obligaciones que emanen de dicho regimen. Articulo Segundo.- Disponer la inscripcion de la Carga Tecnica Registral respecto del predio ubicado en la Av. 28 de MORDAZA Nº 562 - A, Miraflores, inscrito en la Partida Nº 46891899, consistente en el cumplimiento de las limitaciones y restricciones referidas a la demolicion, ampliacion y/o remodelacion de las areas intangibles del predio, asi como el deber de mantenerlo en buen estado de manera permanente, segun lo dispuesto en el articulo tercero de la Resolucion de Subgerencia Nº 029-2014SGCA-GDUMA/MM de fecha 06 de marzo de 2014. Articulo Tercero.- Disponer que los propietarios del predio ubicado en la Av. 28 de MORDAZA Nº 562 - A, Miraflores, lleven a cabo las acciones necesarias para la puesta en valor del mismo, de conformidad con la disposiciones de la Ordenanza Nº 387/MM y de la Ordenanza Nº 401/MM, comprometiendose a proteger el estado fisico del predio una vez restaurado y mantenido su estado original, en estricto cumplimiento de las recomendaciones comprendidas en el Informe Tecnico Nº 44-2014-SGCAGDUMA/MM, que obra en el Expediente Nº 6396-2013. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente decreto de alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicacion en el MORDAZA Institucional (www.miraflores.gob.pe), en la misma fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1090588-1

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