Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2014 (02/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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El Peruano Lunes 2 de junio de 2014

EDUCACION
Designan Asesora del Viceministerio de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 220-2014-MINEDU MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 170-2014MINEDU se acepto la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Asesor del Viceministerio de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion; Que, en consecuencia resulta necesario designar al funcionario que ejercera el referido cargo; De conformidad, con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en el Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA TASAYCO, como Asesora del Viceministerio de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1090406-1

calificacion para el goce del Regimen a ENERGIA EOLICA S.A.; Que, con fecha 19 de junio de 2013, se suscribio la primera Adenda de modificacion al Contrato de Inversion, por el incremento del monto de inversion comprometida a la suma de US$ 172 401 000,00 (Ciento Setenta y Dos Millones Cuatrocientos Un Mil y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), asi como la ampliacion del plazo para ejecutar la citada inversion a un (01) ano, nueve (09) meses y veintitres (23) dias, contado desde el 27 de MORDAZA de 2012, fecha de suscripcion del Contrato de Inversion, hasta el 19 de febrero de 2014; Que, con fecha 05 de MORDAZA del 2014, se suscribio la MORDAZA Adenda al Contrato de Inversion, modificandose el primer parrafo de la Clausula MORDAZA del Contrato de Inversion, con el objeto de ampliar el plazo de ejecucion de la inversion, de un (01) ano, nueve (09) meses y veintitres (23) dias a un plazo de dos (02) anos, cuatro (04) meses y tres (03) dias, contado a partir del 27 de MORDAZA de 2012, fecha de suscripcion del Contrato de Inversion; Estando a lo dispuesto en el numeral 3.3 del articulo 3 del Decreto Legislativo N° 973, el inciso i) del articulo 6 del Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas y en los incisos h) y o) del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007EM; Con el visto MORDAZA del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Requisitos y caracteristicas del Contrato de Inversion Establecer, para efecto del numeral 5.3 del articulo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, que el monto de la inversion a cargo de la empresa ENERGIA EOLICA S.A. asciende a la suma de US$ 172 401 000,00 (Ciento Setenta y Dos Millones Cuatrocientos Un Mil y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) a ser ejecutado en un plazo total de dos (02) anos, cuatro (04) meses y tres (03) dias, contado a partir del 27 de MORDAZA de 2012, fecha de suscripcion del Contrato de Inversion. Registrese, comuniquese y publiquese.

ENERGIA Y MINAS
Establecen monto de inversion a cargo de la empresa Energia Eolica S.A., para efecto del numeral 5.3 del articulo 5 del Reglamento del D. Leg. Nº 973
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 252-2014-MEM/DM MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.3 del articulo 3 del Decreto Legislativo N° 973 establece que mediante Resolucion Ministerial del sector competente se aprobara a las personas naturales o juridicas que califiquen para el goce del Regimen, asi como los bienes, servicios y contratos de construccion que otorgaran la Recuperacion Anticipada del IGV, para cada Contrato; Que, el articulo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, concordado con los numerales 7.1 y 7.3 del articulo 7 del Decreto Legislativo N° 973, modificado por la Ley N° 30056, establece que mediante la Resolucion Ministerial se precisara, entre otros aspectos la cobertura del Regimen de Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas; Que, con fecha 27 de MORDAZA de 2012, ENERGIA EOLICA S.A. celebro, en su calidad de inversionista, un Contrato de Inversion con el Estado por el Proyecto denominado "Central Eolica Cupisnique", para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973, tal y como lo dispone el articulo 3 de la referida MORDAZA legal; Que, mediante la Resolucion Suprema N° 0872012-EM, publicada el 21 de MORDAZA del 2012, se aprobo la

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1090483-1

Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara derecho a la devolucion del IGV e Impuesto de Promocion Municipal a favor de MORDAZA Minera Peru S.A.C. durante la fase de exploracion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 253-2014-MEM/DM MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 27623, modificada por la Ley Nº 27662 y ampliada su vigencia por Ley Nº 29966, que dispone la devolucion del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promocion Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploracion; Que, el inciso c) del articulo 6° del citado reglamento estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se aprobara mediante resolucion ministerial del Ministerio de Energia y Minas, previa opinion favorable del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprobo la lista general de los bienes y servicios cuya adquisicion otorgara el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promocion Municipal;

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