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El Peruano Miércoles 18 de junio de 2014 525596 Que, la Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, en su artículo 11 prescribe: “Los Planes de Desarrollo Regional y Local Concertados y los Presupuestos Participativos, formulados y aprobados conforme a las leyes orgánicas correspondientes, en materia de promoción a la inversión descentralizada, tendrán en cuenta los siguientes criterios mínimos: (…) b) El Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Presupuesto Participativo deberán ser concertados con los alcaldes provinciales y representantes de la sociedad civil regional en el Consejo de Coordinación Regional y luego aprobado por el Consejo Regional mediante una ordenanza regional. (…)”. Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, modifi cada por Ley Nº 29298, en su artículo 2 prescribe: “La Ley tiene por objeto establecer disposiciones que aseguren la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como la fi scalización de la gestión”. Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, modifi cado por Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, en su Primera Disposición Final señala: “Los Gobiernos Regionales y Locales, emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del proceso participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas”. Que, mediante la Resolución Directoral Nº 007- 2010-EF/76.01 se aprueba el Instructivo Nº 001- 2010-EF/76.01, el cual tiene por objeto establecer las pautas y mecanismos para el desarrollo del Proceso Participativo en los Gobiernos Regionales y Locales, el cual en su capítulo II señala: “El Proceso del Presupuesto Participativo se realiza tomando en cuenta la realidad territorial y organizativa de cada Gobierno Regional o Gobierno Local, respetando el procedimiento básico para el desarrollo del proceso que debe ser adaptado por cada Gobierno Regional o Gobierno Local, en función a sus particularidades y experiencias previas en la implementación de los presupuestos participativos”. Que, con Ofi cio Nº 1192-2014-GGR/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de Abril del 2014 emitido por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna remite el Anteproyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Cronograma del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año 2015, adjuntando los informes Técnico y Legal que sustentan su pedido; asimismo, con Ofi cio Nº 1240-2014-GGR/GOB.REG.TACNA de fecha 09 de Abril del 2014 emitido por la referida Gerencia General Regional se remite el Plan General de Actividades 2014, para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2015, adjuntando los informes Técnico y Legal que sustentan su pedido. Que, el Anteproyecto del Reglamento de Identifi cación y Acreditación de los Agentes Participantes para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2015 del Gobierno Regional de Tacna se estructura en tres (03) títulos, doce (12) artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias; El Reglamento de Conformación del Equipo Técnico para la Formulación, Evaluación y Asesoría en el Presupuesto Participativo Basado en resultados 2015 del Gobierno Regional de Tacna, consta de tres (03) títulos y cinco (05) artículos. Que, con el Ofi cio Nº 20-2014-GRPPAT-SGPLAT/GOB. REG.TACNA del 17 de marzo del 2014 emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial; el Ofi cio Nº 611-2014-GRPPAT/GOB.REG.TACNA del 25 de marzo del 2014 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 803-2014-ORAJ/GOB.REG.TACNA del 03 de abril del 2014 emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna; el Ofi cio Nº 1291-2014-SGPLAT-GRPPAT-GGR/GOB.REG.TACNA del 15 de abril del 2014 emitido por la Gerencia General Regional; el Acta de Sesión Extraordinaria del Consejo de Coordinación Regional del 11 de abril del 2014; el Ofi cio Nº 19-2014-GRPPAT-SGPLAT/GOB.REG.TACNA del 17 de marzo del 2014 emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial; el Ofi cio Nº 604-2014-GRPPAT/GOB.REG.TACNA del 24 de marzo del 2014 emitido la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 828-2014-ORAJ/GOB.REG.TAC del 04 de abril del 2014 emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; el Ofi cio Nº 778-2014-SGPLAT-GRPPAT/GOB.REG.TACNA del 21 de abril del 2014 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Ofi cio Nº 779-2014-SGPLAT-GRPPAT/GOB.REG.TACNA del 21 de abril del 2014 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 009-2014-COPPyAT- CR de fecha 23 de mayo del 2014, a través del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: “APROBAR EL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2015 DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Y OTROS”, dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de mayo del 2014. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2015 DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR el REGLAMENTO DE IDENTIFICACION Y ACREDITACION DE LOS AGENTES PARTICIPANTES PARA EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2015 DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, que consta de tres (03) Títulos, doce (12) Artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- APROBAR el REGLAMENTO DE CONFORMACION DEL EQUIPO TECNICO PARA LA FORMULACION, EVALUACION Y ASESORIA EN EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2015 DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, que consta de tres (03) Títulos, cinco (05) Artículos, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- APROBAR la CAPACITACION EN TEMAS: PLANEAMIENTO; ANALISIS DEL PROBLEMA: PROCESO PARTICIPATIVO; GESTION PUBLICA; DESCENTRALIZACION; SISTEMA NACIONAL DE INVERSION PUBLICA; VIGILANCIA Y CONTROL. Artículo Quinto.- APROBAR el PLAN GENERAL DE ACTIVIDADES PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PLIEGO: 460 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- DISPONER que la Gerencia General Regional y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna implementen la presente Ordenanza Regional. Artículo Sétimo.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Octavo.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, los anexos se publicarán en el portal electrónico de la institución, www.regiontacna.gob.pe, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional.