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El Peruano Martes 24 de junio de 2014 525865 ejerciendo las funciones de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete – Fortaleza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1100634-3 DEFENSA Autorizan viaje de Técnico Jefe del Ejército del Perú a Colombia, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 282-2014-DE/EP Lima, 23 de junio de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 1126/DIEDOC/C-5.b, del 19 de mayo de 2014, del Director de Educación y Doctrina. CONSIDERANDO: Que, con Ofi cio Nº 013/AMC, del 17 de enero de 2014, el Coronel Ejército del Perú Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Colombia, hace de conocimiento del General de Brigada Director de Relaciones Internacionales del Ejército, la disponibilidad de cursos y vacantes disponibles para el Ejército del Perú para el año 2014, dentro de los cuales se encuentra considerado el programa integral para Sargentos Mayores de Alta Jerarquía a llevarse a cabo en la ciudad de Bogotá - República de Colombia, durante el período comprendido entre el 25 de junio de 2014 al 11 de noviembre de 2014; Que, con el documento del visto, el Director de Educación y Doctrina del Ejército, comunica que el señor General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación del Técnico Jefe EP Julio Mario ZUÑIGA CONCHA, para que realice el Programa Integral para Sargentos Mayores de Alta Jerarquía, en la Escuela de Armas y Servicios del Ejército Nacional de Colombia, en la ciudad de Bogotá - República de Colombia, en el período comprendido del 25 de junio al 11 de noviembre de 2014; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en misión de estudios del Técnico Jefe de Inteligencia ZUÑIGA CONCHA Julio Mario, lo que permitirá dar cumplimiento a la Política de Comando, dentro de los Objetivos del Plan Estratégico Institucional 2002- 2021 (Objetivo 3), el cual establece que “El Ejército debe disponer de personal altamente capacitado en todos los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional, con estándares similares a países desarrollados”; Que, los gastos que irroguen la presente designación de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del año fi scal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal militar durante la totalidad de la comisión mencionada, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término de la misma, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, organismos públicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, de conformidad con el artículo 24º del Decreto Legislativo Nº 1144 “Ley de Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas”, concordante con su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2013-DE, de fecha 04 de diciembre de 2013, el personal nombrado en misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 21º del presente Decreto Legislativo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el citado artículo 24º; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2014; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modifi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Técnico Jefe EP Julio Mario ZUÑIGA CONCHA, identifi cado con DNI Nº 09545359 y CIP Nº 319478700, para que realice el Programa Integral para Sargentos Mayores de Alta Jerarquía, en la Escuela de Armas y Servicios del Ejército Nacional de Colombia, en la ciudad de Bogotá - República de Colombia, en el período comprendido del 25 de junio al 11 de noviembre de 2014, así como autorizar su salida del país el 24 de junio y su retorno el 12 de noviembre de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del AF- 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima - Bogotá - Lima (clase económica) US $. 1,160.00 x 01 persona US $. 1,160.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US $. 2,200.00/30 x 6 días x 01 persona US$ 439.99 US $. 2,200.00 x 04 meses x 01 persona US$ 8,800.00 US $. 2,200.00/30 x 11 días x 01 persona US$ 806.66 -------------------- Total a pagar: US$ 11,206.65 Artículo 3°.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por los días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5º.- El personal militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular