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El Peruano Martes 24 de junio de 2014 525866 de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- El personal militar revistará en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure la misión de estudios. Artículo 7º.- El personal militar está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad y retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8º.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1100944-4 Nombrar a personal técnico del Ejército del Perú a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, en misión diplomática RESOLUCIÓN SUPREMA N° 283-2014-DE Lima, 23 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el tercer párrafo del artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Subofi ciales u Ofi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas, establece que solo el personal en situación de actividad podrá postular y ser seleccionado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su Institución, hasta un año (01) antes de estar incurso en las causales para el pase al retiro previstas en los artículos 42º y 43º del mencionado Decreto Legislativo. Asimismo, tendrán los mismos derechos que el personal auxiliar del Ministerio de Relaciones Exteriores, establecidos en la norma que regule la materia; Que, mediante Resolución Suprema N° 783-2013-DE/ del 24 de diciembre de 2013, se crearon las vacantes de los cargos a desempeñar por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior; Que, mediante Acta del 18 de marzo de 2014 y de acuerdo a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 8º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE-SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la Comisión presentó al Ministro de Defensa la relación de Técnicos propuestos para desempeñarse como Auxiliarles a las Agregadurías de Defensa y Militar, por un período máximo de dos (2) años, a partir del 01 de julio del 2014, como se indica en la parte resolutiva de la presente Resolución; Que, el artículo 9º del mencionado Reglamento establece que el Presidente de la República mediante Resolución Suprema debidamente refrendada por el Ministro de Defensa, nombra en Misión Diplomática al personal militar de las Fuerzas Armadas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1144, el Decreto Supremo N° 028-2006- DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG de fecha 25 de julio de 2008 y la Resolución Suprema N° 783-2013-DE/ de fecha 24 de diciembre de 2013. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al siguiente Personal Técnico del Ejército del Perú, a partir del 01 de julio de 2014 y por un período máximo de dos (2) años, en los cargos que se detallan: CARGO GRADO NOMBRES Y APELLIDOS Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina Técnico Jefe EP Luis Máximo Alarcón Camones Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en Canadá Técnico Jefe Supervisor EP Carlos Dalmiro Ayquipa Mendoza Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Corea Técnico Primero EP Erwin Alfredo Montesinos Olaya Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos Técnico Jefe EP Juan Emilio Moscoso Díaz Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/ SG de fecha 13 de diciembre de 2006 y al procedimiento de cálculo de la remuneración por servicio exterior, establecido por el Decreto Supremo N° 16-95-RE de fecha 16 de junio de 1995 y sus modifi catorias. Artículo 3°.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero se hará por los días reales y efectivos de servicio en el exterior desde la asunción del cargo hasta su término por los dos (2) años autorizados, salvo lo previsto en el artículo 5° de la presente Resolución. Artículo 4°.- El citado Personal destacado al Ministerio de Relaciones Exteriores pasará revista en el Comando de Personal del Ejército, por el período que dure la Misión Diplomática. Artículo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la Misión Diplomática, sin exceder el período total establecido. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1100944-5 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 para financiar la elaboración de estudios de pre inversión para la construcción, mejoramiento y rehabilitación de caminos vecinales, así como para la ejecución de proyectos de inversión pública de telecomunicaciones DECRETO SUPREMO N° 149-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA