Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2014 (12/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Miercoles 12 de marzo de 2014

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Ordenanza, seran dictadas mediante Decreto de Alcaldia. Tercera.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y sera de aplicacion exclusiva al ano fiscal 2014; asimismo se faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia se prorrogue su vencimiento. Cuarta.- Disponer la publicacion de la presente ordenanza en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, al dia siguiente de su aprobacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1059723-1

Los encargados de la recoleccion selectiva de residuos solidos son los recicladores y/o empresa de reciclaje autorizados por el Municipio; quienes contaran con el padron de participantes del programa de acuerdo a la MORDAZA asignada. Los contribuyentes, participantes del programa de segregacion, deberan entregar en la bolsa proporcionada por los recicladores y/o empresa de reciclaje, los residuos solidos inorganicos reaprovechables, tales como: papel, carton, plastico, vidrio, metales ferrosos (hechos de MORDAZA o hojalata) y no ferrosos (hechos de aluminio, cobre, bronce, otros) y residuos de aparatos electricos y electronicos; a cambio se le entregara un comprobante de entrega de residuos solidos reciclables por cada dia de recojo. La supervision del servicio de recojo selectivo de residuos solidos estara a cargo de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, a traves de la Sub Gerencia de Limpieza Publica. Articulo Setimo.- Reporte de participacion en el programa y aplicacion del beneficio Los recicladores y/o empresa de reciclaje autorizados por la Municipalidad deberan remitir semanalmente el registro de personas participantes, con las firmas de aquellos que hayan cumplido con la entrega de sus residuos segregados. El descuento en el pago por concepto de arbitrio de limpieza publica -recojo de residuos solidos- se aplicara en el bimestre siguiente a su registro en el padron de participantes del programa y a la verificacion de la segregacion de residuos. Para efectos de control interno, se considerara el cierre del padron bimensual, hasta el dia 15 de los meses de febrero, MORDAZA, junio, agosto, octubre, y diciembre del 2014, fecha limite para contabilizar la entrega de los residuos solidos segregados por los participantes del programa; por lo tanto se MORDAZA llegar a la Sub Gerencia de Informatica la relacion de participantes habiles del bimestre, a mas tardar el dia 17 de cada bimestre o el primer dia habil siguiente, para que se efectue el cruce de informacion de dicho padron y filtre a los contribuyentes que cumplen la condicion de puntualidad en el pago de sus arbitrios por sus predios dedicados al uso MORDAZA habitacion, debiendo la Sub Gerencia de Contabilidad llevar el registro contable. Articulo Octavo.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, la Gerencia de Rentas y las Sub Gerencias que la conforman, asi como la Sub Gerencia de Contabilidad, la Sub Gerencia de Informatica y demas Unidades Organicas pertinentes, dar cumplimiento a la presente Ordenanza, a Secretaria General su publicacion y a Secretaria de Imagen Institucional su divulgacion y difusion de sus alcances. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Para el inicio del Programa se considerara el siguiente cronograma
Cierre del padron de participantes habiles para la Sub Gerencia de Informatica

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Aprueban la exoneracion de pago por derecho de otorgamiento de constancias de posesion, con fines de servicios basicos en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA - Canete
ORDENANZA Nº 006-2014-MPC Canete, 12 de febrero de 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE; POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Canete, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 11 de febrero del 2014, y de conformidad con lo previsto por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, senala que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; dicha autonomia segun el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; Que, el articulo IV, del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, precisa que los Gobiernos locales, representan al vecindario, promueve la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de sus circunscripcion. Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 9º), senala como atribuciones del Concejo Municipal: "Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley", siendo esta normativa congruente con el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru. Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, senala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las

Registro de persona participantes a la Sub Gerencia de Limpieza Publica Del 01 de enero Del 16 de febrero Del 16 de MORDAZA Del 16 de junio Del 16 de agosto Del 16 de octubre al al al al al al

Aplicacion del ECOBONO 2do. Bimestre 2014

15 de febrero de 17 de febrero de 2014 2014 15 de MORDAZA de 2014 15 de junio de 2014

17 de MORDAZA de 2014 3er. Bimestre 2014 17 de junio de 2014 4to. Bimestre 2014 5to. Bimestre 2014 6to. Bimestre 2014 1er. Bimestre 2015

15 de agosto de 17 de agosto de 2014 2014 15 de octubre de 2014 17 de octubre de 2014

15 de diciembre 17 de diciembre de 2014 de 2014

Segunda.- Las disposiciones reglamentarias y complementarias para la mejor aplicacion de la presente

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