Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2014 (12/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Miercoles 12 de marzo de 2014

518631
ORDENANZA Articulo Primero.- CONDONESE el pago de las deudas tributarias en materia de arbitrios generados hasta el 31 de diciembre de 2013, a los propietariosmiembros de las fuerzas policiales- de predios que hayan sido adquiridos a traves del Fondo de Vivienda Policial ­ FOVIPOL, ubicados en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA del Mar. El beneficio se aplicara unicamente a aquellos policias que MORDAZA propietarios de un solo predio a nombre propio o de la sociedad conyugal destinados a vivienda-casa habitacion. El uso parcial del inmueble con fines productivos, comerciales y/o profesionales, con aprobacion de la Municipalidad, no afecta la condonacion que establece el presente articulo, siempre que se trate de un pequeno negocio. La Administracion Tributaria, discrecionalmente, podra evaluar si el giro del negocio al que se destina parte del predio, amerita no afectar la condonacion de los arbitrios. Articulo Segundo.- Para acogerse al beneficio otorgado en el articulo primero, los contribuyentes senalados deberan presentar una solicitud dirigida al MORDAZA en el plazo MORDAZA de 15 dias naturales contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, adjuntando a dicha solicitud lo siguiente: · MORDAZA del DNI del contribuyente y/o conyuge de ser el caso. · Documentacion que acredite la adquisicion del predio a traves del Fondo de Vivienda Policial-FOVIPOL. · Declaracion jurada en la que el contribuyente senale que es propietario de un unico predio y que se le esta dando el uso como de vivienda casa-habitacion. Articulo Tercero.- No son materia de devolucion y/o compensacion por efectos de la presente ordenanza los pagos que se hubiesen efectuado por deudas tributarias en materia de arbitrios respecto de los predios senalados en el articulo primero. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- ENCARGUESE a la Gerencia de Comunicaciones su difusion, a Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informatica y Estadistica su publicacion en el MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA www.munimagdalena.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 1059547-4

Gerencia de Informatica y Estadistica, el cumplimiento de la presente Ordenanza, en lo que sea de su competencia. Articulo Setimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Octavo.- Encarguese a la Gerencia de Comunicaciones su difusion, a Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informatica y Estadistica su publicacion en el MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA www.munimagdalena.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 1059547-3

Condonan el pago de Arbitrios Municipales a miembros de la PNP que adquirieron sus viviendas a traves del Fondo de Vivienda Policial
ORDENANZA Nº 007-MDMM MORDAZA, 24 de febrero de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 04 de la fecha; y, VISTOS: El memorando Nº 035-A-2014-GDS-MDMM de la Gerencia de Desarrollo Social y Economico, el Informe Nº 025-2014-GATR-MDMM de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y el Informe Nº 125-2013-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificada por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo prescrito en el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4 del articulo 195º de la Carta Magna y en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante D.S. 135-99EF; Que, asimismo el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley. Excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, es politica de esta administracion municipal conceder beneficios tributarios a los miembros de la Policia Nacional del Peru que son contribuyentes del distrito quienes, a traves del Fondo de Vivienda PolicialFOVIPOL-, hayan adquirido inmuebles utilizando dicho fondo, ello con la finalidad de mejorar la calidad de MORDAZA de los miembros de dicha institucion, lo cual redundara indirectamente en el servicio que estos prestan; resultando por ello adecuado condonar sus obligaciones tributarias en materia de arbitrios, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 9º de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente:

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban incentivo tributario denominado ECOBONO, a favor de los contribuyentes de uso MORDAZA habitacion que participan en el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios
ORDENANZA Nº 268 San MORDAZA de Lurigancho, 14 de febrero de 2014

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