Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2014 (12/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, el articulo 60º de la Ley de tributacion Municipal, conforme a los establecido por el numeral 4º del articulo 195 y por el articulo 74º de la Constitucion politica del Peru, establece que las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los limites que fije la ley. En aplicacion de lo dispuesto por la Constitucion, se establece las siguientes normas generales: a) la creacion y modificacion de tasas y contribuciones se aprueban por ordenanzas, con los limites dispuestos por el presente titulo; asi como por lo dispuesto por la Ley organica de Municipalidades; b) para la supresion de las tasas y contribuciones las Municipalidades no tienen ninguna limitacion legal. Que, por Ley Nº 28687 "Ley de Desarrollo Complementaria de la formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al suelo y dotacion de servicios basicos" se regula el MORDAZA de formalizacion de la propiedad informal, el acceso al suelo para uso de vivienda de interes social orientado a los sectores de menores recursos economicos y establece el procedimiento para la ejecucion de obras de servicios basicos de agua, desague y electricidad en las areas consolidadas y en MORDAZA de formalizacion; Que, asimismo el articulo 27º del D.S. 017-2006Vivienda, prescribe que las Municipalidades Distritales en cuya jurisdiccion se encuentran ubicadas una posesion informal o la Municipalidad Provincial cuando se encuentre dentro de su cercado, otorgaran a cada poseedor el Certificado o MORDAZA de Posesion para los fines del otorgamiento de factibilidad de servicios basicos. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 018-2012MPC, se aprueba la exoneracion de pago de derechos de otorgamiento de constancias de posesion, con fines de servicios basicos en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA - Canete, en aplicacion a la Ordenanza Nº 0042011-MPC y Ordenanza Nº 008-2011-MPC. Que, mediante Informe Nº 067-2014-JEBQ-SPCUCGODUR-MPC, de fecha 24 de enero del 2014, la Sub gerencia de planeamiento, Control MORDAZA y catastro, comunica que se han presentado pedidos de exoneracion de pago de tasa municipal por constancias de posesion, con fines de instalacion de servicios basicos (agua, desague y electrificacion domiciliaria) solicitados por los pobladores de diversos sectores de la jurisdiccion del Distrito de San MORDAZA, por consecuente presenta la propuesta del proyecto de ordenanza de exoneracion, con la finalidad de atender las necesidades de un gran

El Peruano Miercoles 12 de marzo de 2014

numero de familias de bajos recursos economicos, que necesitan contar con los servicios basicos para mejorar sustancialmente sus condiciones habitacionales, preservar la salud y tener una mayor expectativa de vida. Que, mediante Informe Legal Nº 062-2014-AJMPC, de fecha 11 de febrero del 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica de esta Institucion, se ha pronunciado sobre la factibilidad del proyecto de ordenanza, bajo los fundamentos que la contienen y exclusivamente para los fines de obtencion de servicios basicos. Que, la Comision de Obras, Desarrollo MORDAZA y Rural, mediante Dictamen Nº 027-2014-CODUR-MPC, de fecha 11 de febrero de 2014, opina favorablemente por unanimidad por la exoneracion de las tasa en el otorgamiento de las constancias de posesion con fines de instalacion de servicios basicos para los pobladores del distrito de San MORDAZA de Canete. Estando a lo expuesto, de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores y, con la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion de pago por derecho de otorgamiento de constancias de posesion, con fines de servicios basicos en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA - Canete, en aplicacion a la Ordenanza Nº 004-2011-MPC y Ordenanza Nº 008-2011-MPC, por el lapso de 60 dias habiles, desde la entrada en vigencia de la presente ordenanza. Articulo 2º.- Deroguese todas las normas municipales que se opongan a la aplicacion de la presente ordenanza. Articulo 3º.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; a la Gerencia de Obras, Desarrollo MORDAZA y Rural y a las unidades organicas correspondientes, el cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1059387-1

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra. LA DIRECCION

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