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El Peruano Martes 27 de mayo de 2014 523928 al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR participen en las reuniones de Grupos Técnicos y de GAN antes mencionadas y presten apoyo técnico a la Titular del Sector en la Reunión de Ministros de Comercio Exterior y Relaciones Exteriores; Que, el MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de integración y negociaciones comerciales internacionales; Que, es necesario encargar las funciones de la Dirección Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior, en tanto dure la ausencia de su titular; Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 056- 2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del señor Daniel José Espinosa Seguín, Director Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior, y del señor Lizandro Alejandro Gutiérrez Neyra, del 27 al 29 de mayo de 2014, y de la señora Karin Ursula Fassbender Fossa, del 27 al 30 de mayo de 2014, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, participen en las Reuniones de la Alianza del Pacífi co, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Daniel José Espinosa Seguín y Lizandro Alejandro Gutiérrez Neyra (del 27 al 29 de mayo de 2014): Pasajes (US$ 1 241,18 x 2 personas) : US$ 2 482,36 Viáticos (US$ 440,00 x 03 días x 2 personas) : US$ 2 640,00 Karin Ursula Fassbender Fosa (del 27 al 30 de mayo de mayo de 2014): Pasajes : US$ 1 329,68 Viáticos (US$ 440,00 x 04 días) : US$ 1 760,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el funcionario y personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirán; asimismo, presentarán la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Encargar al señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, las funciones de la Dirección Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior, a partir del 27 de mayo de 2014, y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 5º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1088003-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal del Ejército del Perú a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 222-2014-DE/ Lima, 26 de mayo de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 780/DIEDOC/C-5.c del 02 de abril de 2014, del Director de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, con Ofi cio Nº 132/13 – ADIDEFEX/PERU, del 03 de setiembre de 2013, el Agregado Militar y de Defensa de Brasil en el Perú hace conocer que el Ejército de la República Federativa del Brasil confi rmó en el Plan de Cursos para militares extranjeros para el Año Fiscal 2014, el Curso Básico de Inteligencia, del 27 de mayo al 22 de agosto de 2014, en la ciudad de Brasilia - República Federativa del Brasil; Que con el documento del visto, el Director de Educación y Doctrina del Ejército, hace de conocimiento que el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación del Técnico 2º EP Marco ZAMATA MONDACA, para que participe en el Curso Básico de Inteligencia, a desarrollarse en el Ejército de la República Federativa del Brasil, en el período comprendido del 27 de mayo al 22 de agosto de 2014, en la ciudad de Brasilia - República Federativa del Brasil; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al personal militar antes mencionado, para que participe en el referido curso; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio del Ejército del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, de conformidad con el artículo 24º del Decreto Legislativo Nº 1144 “Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Subofi ciales u Ofi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas”, el personal nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 21º del presente Decreto Legislativo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el citado artículo 24º; y, conforme a su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 014-2013-DE, de fecha 04 de diciembre de 2013; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778- 2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, organismos públicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modifi catorias; el Decreto Supremo N° 002- 2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y,