Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (18/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Martes 18 de noviembre de 2014 537761 De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo Nº 066- 2006-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 082-2011- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Tercera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República, Ana Lucía Carbajal Chávez, funcionaria de la Ofi cina de Protocolo del Despacho Presidencial, a la República Italiana del 18 al 22 de noviembre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje de la funcionaria a que se refi ere la presente Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, a razón de US$ 540,00 por 5 (cinco días) por concepto de viáticos y por concepto de pasaje aéreo un monto de US$ 2,936.41 dólares americanos (incluido TUUA), según itinerario de viaje. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria a que se refi ere el artículo primero deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1165778-2 Constituyen Consejo de Premiación Ad Honórem del “II Premio Nacional Alcalde Productivo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 266-2014-PCM Lima, 14 de noviembre de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 278-2014-PE/SE de fecha 24 de octubre de 2014, del Presidente Ejecutivo del Organismo Público Ejecutor Sierra Exportadora; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28890 se crea Sierra Exportadora, como Organismo Público adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene como parte de sus objetivos y funciones la promoción, fomento y desarrollo de las actividades económicas rurales en la sierra, con énfasis en la agricultura, ganadería, acuicultura, artesanía, textilería, joyería, reforestación, agroforestería y turismo, así como, las actividades de transformación e industrialización de productos que se obtengan en estas actividades, que permitan constituir mercados nacionales y de exportación; Que, Sierra Exportadora ha implementado una visión innovadora sustentada en un nuevo modelo de negocio que promueve la inclusión productiva en un marco estratégico institucional cuya base son cinco ejes estratégicos de acción: Municipio Productivo, Sierra Alianzas, Sierra Exporta, Sierra Emprende y Sierra Innova, que tienen como objetivo mejorar y aumentar la oferta productiva andina que generen negocios provechosos tanto en el mercado nacional como internacional; Que, el Eje estratégico Municipio Productivo tiene como objetivo convertir a los gobiernos regionales y locales, como a sus autoridades, en los principales promotores del desarrollo económico de sus jurisdicciones, mediante la gestión y ejecución de proyectos de inversión pública y planes de negocios que permitan la expansión, desarrollo y productividad de la comunidad; Que, bajo ese contexto, mediante Resolución Ministerial N° 113-2013-PCM, se constituyó el Consejo de Premiación Ad Honórem del “I Premio Nacional Alcalde Productivo”, con la fi nalidad de premiar a los Alcaldes de las municipalidades distritales y provinciales que destaquen por su función de liderazgo para el desarrollo productivo y la inclusión social y económica de su localidad; a través de la ejecución de planes de negocio, programas y proyectos de inversión pública y privada que impacten positivamente en la economía regional y local, social y ambiental y otras acciones que conlleven al mejoramiento de la calidad de vida de sus pobladores; Que, de acuerdo con el Informe Final sobre el Proceso de Evaluación del “I Premio Nacional Alcalde Productivo” elaborado por la Secretaría Técnica del Consejo de Premiación, a la convocatoria asistieron 315 alcaldes que representaron a 23 regiones del Perú, de los cuales 73 fueron alcaldes provinciales y 242 alcaldes distritales, siendo las regiones de Junín, Cusco y Apurímac las que presentaron un mayor número de alcaldes, destacando 15 de ellos por sus importantes logros en el desarrollo de la competitividad, innovación, generación de empleo e inclusión de los factores socio-económicos a fi n de mejorar la calidad de vida de la población; Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por Decreto Supremo N° 004- 2013-PCM, establece la visión de un Estado Moderno al servicio de las Personas, lo que implica un Estado orientado al ciudadano, efi ciente, unitario y descentralizado, inclusivo y abierto (transparente y que rinde cuentas); Que, la referida Política Nacional, alcanza a todas las entidades públicas que lo conforman, sin afectar los niveles de autonomía que les confi ere la Ley, compromete al Poder Ejecutivo, organismos autónomos, gobiernos descentralizados, instituciones políticas y la sociedad civil, a través de sus distintas organizaciones; Que, uno de los Ejes Transversales de la Política de Modernización comprende la articulación interinstitucional, vertical y horizontal, siendo que éste último abarca a las Asociaciones de gobiernos descentralizados, tales como la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR), la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE), la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Perú (REMURPE), entre otras que se detallan en la citada Política; Que, a través del documento del Visto, el Organismo Público Ejecutor Sierra Exportadora, propone la constitución del Consejo de Premiación Ad Honórem del “II Premio Nacional Alcalde Productivo”, indicando su conformación; Que, atendiendo a lo expuesto, resulta pertinente constituir el Consejo de Premiación Ad Honórem del “II Premio Nacional Alcalde Productivo”; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo N° 004-2013- PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modifi catorias, SE RESUELVE: Artículo Único.- Constituir el Consejo de Premiación Ad Honórem del “II Premio Nacional Alcalde Productivo”, el cual estará conformado por: - La señora Marcela Huaita Alegre, Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo presidirá.