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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (18/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Martes 18 de noviembre de 2014 537778 Nº SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCIÓN 525 4009 21 00 00 Tubos de caucho vulcanizado sinn endurecer, reforzados o combinados de otro modo solamente con metal, sin accesorios 526 4009 22 00 00 Tubos de caucho vulcanizado sinn endurecer, reforzados o combinados de otro modo solamente con metal, con accesorios 527 4009 31 00 00 Tubos de caucho vulcanizado sinn endurecer, reforzados o combinados de otro modo solamente con materia textil, sin accesorios 528 4009 32 00 00 Tubos de caucho vulcanizado sinn endurecer, reforzados o combinados de otro modo solamente con materia textil, con accesorios 529 4009 41 00 00 Tubos de caucho vulcanizado sinn endurecer, reforzados o combinados de otro modo con otras materias, sin accesorios 530 4009 42 00 00 Tubos de caucho vulcanizado sinn endurecer, reforzados o combinados de otro modo con otras materias, con accesorios 531 4017 00 00 00 Caucho endurecido (por ejemplo: ebonita) en cualquier forma, incluidos los desechos y desperdicios; manufacturas de caucho endurecido 532 4101 20 00 00 Cueros y pieles enteros, sin dividir, de peso unitario inferior o igual a 8 kg para los secos, a 10 kg para los salados secos y a 16 kg para los frescos, salados verdes (húmedos) o conservados de otro modo 533 4101 50 00 00 Cueros y pieles enteros, de peso unitario superior a 16 kg 534 4101 90 00 00 Los demás cueros y pieles en bruto, de bovino (incluido el búfalo) o de equino, incluidos los crupones, medios crupones y faldas 535 4102 10 00 00 Cueros y pieles en bruto de ovino, con lana 536 4103 20 00 00 Cueros y pieles en bruto (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), de reptil 537 4103 30 00 00 Cueros y pieles en bruto (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), de porcino 538 4103 90 00 00 Los demás cueros y pieles en bruto (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), excepto los excluidos por la Nota 1 c) de este Capítulo 539 4104 11 00 00 Cueros y pieles, de bovino (incluido el búfalo) o de equino, en estado húmedo (incluido el “wet-blue”), plena fl or sin dividir; divididos con la fl or 540 4104 19 00 00 Los demás cueros y pieles, de bovino (incluido el búfalo) o de equino, en estado húmedo (incluido el “wet-blue”) 541 4104 41 00 00 Cueros y pieles, de bovino (incluido el búfalo) o de equino, en estado seco (“crust”), plena fl or sin dividir; divididos con la fl or 542 4104 49 00 00 Los demás cueros y pieles, de bovino (incluido el búfalo) o de equino, en estado seco (“crust”) 543 4105 10 00 00 Pieles de ovino, en estado húmedo (incluido el «wet-blue») 544 4105 30 00 00 Pieles de ovino, en estado seco («crust») 545 4106 21 00 00 Cueros y pieles de caprino, en estado húmedo (incluido el «wet-blue») 546 4106 22 00 00 Cueros y pieles de caprino, en estado seco («crust») 547 4106 40 00 00 Cueros y pieles de reptil 548 4107 11 00 00 Cueros y pieles enteros, plena fl or sin dividir 549 4107 12 00 00 Cueros y pieles enteros, divididos con la fl or 550 4107 19 00 00 Los demás cueros y pieles enteros 551 4107 91 00 00 Los demás cueros y pieles, incluida las hojas, plena fl or sin dividir Nº SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCIÓN 552 4107 92 00 00 Los demás cueros y pieles, incluida las hojas, divididos con la fl or 553 4107 99 00 00 Los demás cueros y pieles, incluida las hojas 554 4112 00 00 00 Cueros preparados después del curtido o secado y cueros y pieles apergaminados, de ovino, depilados, incluso divididos, excepto los de la partida 4114 555 4113 10 00 00 Cueros preparados después del curtido o secado y cueros y pieles apergaminados, depilados, de caprino 556 4113 20 00 00 Cueros preparados después del curtido o secado y cueros y pieles apergaminados, depilados, de porcino 557 4113 30 00 00 Cueros preparados después del curtido o secado y cueros y pieles apergaminados, depilados, de reptil 558 4113 90 00 00 Los demás cueros preparados después del curtido o del secado y cueros y pieles apergaminados, de los demás animales, depilados, y cueros preparados después del curtido y cueros y pieles apergaminados, de animales sin pelo, incluso divididos; excepto los de la partida 41.14, de caprino, porcino y reptil 559 4114 10 00 00 Cueros y pieles agamuzados (incluido el agamuzado combinado al aceite) 560 4114 20 00 00 Cueros y pieles charolados y sus imitaciones de cueros o pieles chapados; cueros y pieles metalizados 561 4115 10 00 00 Cuero regenerado a base de cuero o fi bras de cuero, en placas, hojas o tiras, incluso enrolladas 562 4115 20 00 00 Recortes y demás desperdicios de cuero o piel, preparados, o de cuero regenerado, no utilizables para la fabricación de manufacturas de cuero; aserrín, polvo y harina de cuero 563 4206 00 10 00 Cuerdas de tripa 564 4206 00 20 00 Tripas para embutidos 565 4206 00 90 00 Las demás manufacturas de tripa, vejigas o tendones 566 4301 10 00 00 Pieles en bruto, de visón, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas 567 4301 30 00 00 Pieles en bruto, de cordero llamadas “astracán”, “Breitschwanz”, “caracul”, “persa” o similares, de cordero de Indias, de China, de Mongolia o del Tíbet, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas 568 4301 60 00 00 Pieles en bruto, de zorro, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas 569 4301 80 00 00 Los demás pieles, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas, excepto las pieles en bruto de las partidas 41.01, 41.02 ó 41.03 570 4301 90 00 00 Cabezas, colas, patas y trozos utilizables en peletería, en bruto 571 4302 11 00 00 Pieles enteras, de visón, incluso sin la cabeza, cola o patas, sin ensamblar 572 4302 19 00 00 Pieles enteras, excepto de visón, incluso sin la cabeza, cola o patas, sin ensamblar 573 4302 20 00 00 Cabezas, colas, patas y trozos, desechos y recortes, curtidos o adobados, sin ensamblar 574 4302 30 00 00 Pieles enteras y trozos y recortes de pieles, curtidos o adobados, ensamblados, excepto la de la partida 43.03 575 4401 21 00 00 Madera en plaquitas o en partículas, de coníferas 576 4401 22 00 00 Madera en plaquitas o en partículas, distintas de las coníferas 577 4403 10 00 00 Madera en bruto, incluso descortezada, desalburada o escuadrada, tratada con pintura, creosota u otros agentes de conservación 578 4403 20 00 00 Las demás maderas en bruto, incluso descortezadas, desalburadas o escuadradas, de coníferas, excepto tratada con pintura, creosota u otros agentes de conservación