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El Peruano Miércoles 19 de noviembre de 2014 537817 NSA: O-9571089 DNI: 43407013 Comandante FAP MANFRED WILMAR RONDON LLAZA Piloto NSA: O-9597991 DNI: 09341097 Comandante FAP CARLOS ERICK CHAVEZ AREVALO Piloto NSA: O-9631893 DNI: 43383834 Técnico de 1ra. FAP JOSE CRUZ RAMIREZ ORTIZ Ing. de vuelo NSA: S-12148786 DNI: 43576948 Técnico de 2da. FAP JOSE GILBERTO WONG PINEDO Ing. de vuelo NSA: S-60789594 DNI: 10105613 Técnico Inspector EDGAR DAVILA CARDENAS Maestro de Carga FAP NSA: S-60304280 DNI: 43573772 Técnico de 2da. FAP CARLOS MANUEL LEON MESAJIL Maestro de Carga NSA: S-13813091 DNI: 43402940 Tripulación Alterna Mayor General FAP JUAN DE DIOS MARTIN LA TORRE SIPAN Piloto NSA: O-9417480 DNI: 43333184 Comandante FAP ANGEL ISRAEL CASSO SEGOVIA Piloto NSA: O-9625593 DNI: 43357029 Técnico Inspector PABLO DIAZ PINEDA Ing. de vuelo FAP NSA: S-60327481 DNI: 10011169 Técnico Inspector WILLIAM ENRIQUE HUARINGA TENORIO Ing. de vuelo FAP NSA: S-60351182 DNI: 43546854 Técnico de 2da. FAP DANTE SALAZAR ORELLANA Maestro de Carga NSA: S-60710192 DNI: 20017052 Segundo vuelo, del 26 al 27 de noviembre de 2014 Tripulación Principal Coronel FAP JULIO ENRIQUE RUIZ ORE Inspector COMOP NSA: O-9500084 DNI: 43353524 Coronel FAP TONINO ANNICCHIARICO ONGARO Piloto NSA: O-9516185 DNI: 43336734 Comandante FAP ERICK RENZO OBLITAS YABAR Piloto NSA: O-9588891 DNI: 07869954 Comandante FAP ANGEL ISRAEL CASSO SEGOVIA Piloto NSA: O-9625593 DNI: 43357029 Mayor FAP ELARD ERICK GRANDA ALVIAR Piloto NSA: O-9643495 DNI: 43352508 Técnico Inspector OSWALDO MAMANI CONDORI Ing. de vuelo FAP NSA: S-11096284 DNI: 06758195 Técnico de 1ra. FAP ANTONIO SUPO TIPULA Ing. de vuelo NSA: S-11712085 DNI: 29569584 Técnico Inspector ROBINSON ROJAS GRANDES Maestro de Carga FAP NSA: S-60291080 DNI: 10110968 Técnico de 1ra. FAP LUIS ENRIQUE ANTEPARRA DIOSES Maestro de Carga NSA: S-60354582 DNI: 43414190 Tripulación Alterna Comandante FAP MANFRED WILMAR RONDON LLAZA Piloto NSA: O-9597991 DNI: 09341097 Comandante FAP FERNANDO SALES RUIZ Piloto NSA: O-9591391 DNI: 43567055 Técnico Inspector GUSTAVO SALAS POSTIGO Ing. de vuelo FAP NSA: S-60356382 DNI: 07632730 Técnico Inspector LUIS ALBERTO HUERTAS ORDINOLA Ing. de vuelo FAP NSA: S-60468885 DNI: 02666000 Técnico de 3ra. FAP NILTON ACEVEDO DAMIAN Ing. de vuelo NSA: S-60822596 DNI: 16021238 Técnico Inspector YVER CONVERSION TREBEJO DOLORES Maestro de Carga FAP NSA: S-60448184 DNI: 43424776 Técnico Inspector MOISES EDUARDO ALVITES ZAVALA Maestro de Carga FAP NSA: S-60481885 DNI: 08537154 Artículo 2º.- La participación de las Tripulaciones Alternas quedan supeditadas solamente a la imposibilidad de participación por parte de las Tripulaciones Principales. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US $ 430.00 x 02 días x 18 personas = US $ 15,480.00 TOTAL = US $ 15,480.00 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y su modifi catoria. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1166440-5 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 946-2014 DE/SG Lima, 18 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 818 del 7 de noviembre de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República del Ecuador, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-4879 del 17 de noviembre de 2014, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República del Ecuador; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 19 al 23 de noviembre de 2014, a fi n de participar en una visita académica profesional al Servicio Industrial de la Marina SIMA-PERU y a la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú, como parte de una gira Académica Profesional; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los