Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2014 (19/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Miercoles 19 de noviembre de 2014

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Articulo Sexto.- La empresa CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA SRL, se encuentra obligada a cumplir los dispositivos mencionados en el MORDAZA juridico y de sujetar su actuacion a lo establecido en la Directiva Nº 005-2007-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a Gas Licuado de Petroleo - GLP y de los Talleres de Conversion a Gas Licuado de Petroleo - GLP", aprobada por Resolucion Directoral Nº 14540-2007MTC/15 y modificada por Decreto Supremo Nº 022-2009MTC. Articulo Septimo.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la entidad solicitante. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General (s) Direccion General de Transportes Terrestre 1158455-1

se advierte que la documentacion presentada, cumple con lo establecido en el numeral 5.2 de la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 14540-2007-MTC/15 y sus modificatorias, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA SRL, para operar como Entidad Certificadora de Conversion a Gas Licuado de Petroleo ­ GLP; Que, de conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias y La Directiva Nº 005-2007-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a Gas Licuado de Petroleo - GLP y de los Talleres de Conversion a Gas Licuado de Petroleo - GLP", aprobada por Resolucion Directoral Nº 14540-2007MTC/15 y modificada por Decreto Supremo Nº 022-2009MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA SRL, para operar como Entidad Certificadora de Conversion a Gas Licuado de Petroleo ­ GLP, por el plazo de dos (02) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Segundo.- Es responsabilidad de la empresa CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA SRL, renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 14540-2005-MTC/15 y sus modificatorias durante la vigencia de la autorizacion: ACTO Renovacion de Carta Fianza Fecha de Vigencia 26 de agosto de 2016

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan representantes del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ante el grupo de trabajo denominado "Comite de entrega y recepcion de bienes y acervo documentario fisico y digital"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 406-2014-VIVIENDA MORDAZA, 17 de noviembre de 2014 VISTO, el Oficio Nº 0593-2014-COFOPRI/SG de la Secretaria General del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2014VIVIENDA, se transfirio el Catastro Rural del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI al Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, y se determino procedimientos y servicios de los Gobiernos Regionales en materia de Catastro Rural; Que, asimismo, con el articulo 6 del Decreto Supremo citado en el considerando precedente, se constituyo un grupo de trabajo denominado "Comite de entrega y recepcion de bienes y acervo documentario fisico y digital"; encargado de la entrega de los bienes y acervo fisico y digital correspondiente al Catastro Rural del COFOPRI al MINAGRI; el mismo que se encuentra integrado, entre otros, por dos (02) representantes de COFOPRI, quienes seran designados por Resolucion Ministerial del Sector; Que, con documento del visto, el Secretario General del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal propone la designacion de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Malaga MORDAZA, Director de la Direccion de Formalizacion Integral, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de la Oficina de Sistemas, como representantes de COFOPRI ante el grupo de trabajo constituido por Decreto Supremo Nº 018-2014-VIVIENDA; Que, en consecuencia, es necesario expedir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 0102014-VIVIENDA, aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y el Decreto Supremo Nº 018-2014VIVIENDA;

En caso que la empresa CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA SRL, no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 14540-2007-MTC/15 y sus modificatorias, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Tercero.- La empresa CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA SRL, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil profesional contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion: ACTO Primera renovacion contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA o 20 de octubre de 2015 o 20 de octubre de 2016

En caso que la Entidad autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 5.8.1 del articulo 5 de la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 14540-2007MTC/15 y sus modificatorias, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- El ambito geografico de operacion de la empresa CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA SRL, como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Licuado de Petroleo - GLP, es a nivel Nacional. Articulo Quinto.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Registro de Propiedad Vehicular de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP adjuntandose el documento que contiene el Registro de Firmas de los Ingenieros Supervisores responsables de la suscripcion de los Certificados de Conformidad de Conversion a Gas Licuado de Petroleo - GLP.

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