Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2014 (03/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Viernes 3 de octubre de 2014

534003
MORDAZA MORDAZA, Ejecutivo 1 de la Direccion de Invenciones y Nuevas Tecnologias (DIN) y Presidente de la Comision Nacional contra la Biopirateria del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, del 11 al 18 de octubre de 2014, a la MORDAZA de Pyeongchang, Republica de Corea, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con cargo al Presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pillman Pasajes (Incluido TUUA) Viaticos (5 + 1 x US$ 500.00 por dia) Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (Incluido TUUA) Viaticos (5 + 1 x US$ 500.00 por dia) US$ 4000,00 US$ 3000,00 US$ 4000,00 US$ 3000,00

realizara del 13 al 17 de octubre del 2014, en la MORDAZA de Pyeongchang, Republica de Corea; Que, el mencionado protocolo tiene por objetivo la participacion MORDAZA y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilizacion de los recursos geneticos, incluso por medio del acceso apropiado a los recursos geneticos y de la transferencia apropiada de tecnologias pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre dichos recursos y tecnologias y por medio de la financiacion apropiada, contribuyendo por ende a la conservacion de la diversidad biologica y la utilizacion sostenible de sus componentes; Que, asimismo, en la COP-MOP 1, se abordaran temas de particular relevancia por contribuir a la aplicacion del Protocolo de Nagoya, los que incluyen entre otros, los siguientes temas: i) Intercambio de informacion y opiniones sobre el estado de ratificacion y aplicacion del Protocolo de Nagoya; ii) El Centro de Intercambio de Informacion sobre Acceso y Participacion en los Beneficios e intercambio de informacion (CII-APB); iii) El Centro de Intercambio de Informacion sobre Acceso y Participacion en los Beneficios e intercambio de informacion; iv) Vigilancia y MORDAZA de informes; v) Medidas para brindar asistencia para la creacion de capacidades, el desarrollo de capacidades y el fortalecimiento de los recursos humanos y las capacidades institucionales en las Partes que son paises en desarrollo y las Partes con economias en transicion; vi) Necesidad de un mecanismo mundial multilateral de participacion en los beneficios y modalidades para dicho mecanismo; Que, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, ha considerado la participacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pillman, Ejecutivo 1 de la Direccion de Invenciones y Nuevas Tecnologias (DIN) del INDECOPI, en la COP-MOP 1, toda vez que es la representante alterna del INDECOPI ante el CONADIB, quien tiene bajo su responsabilidad el tramite administrativo de las solicitudes de Conocimientos Tradicionales, variedades vegetales y la implementacion de la Ley N° 27811 que establece el regimen de proteccion de los conocimientos colectivos de los pueblos indigenas vinculados a los recursos biologicos; Que, adicionalmente se ha considerado la participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ejecutivo 1 de la Direccion de Invenciones y Nuevas Tecnologias (DIN) del INDECOPI y Presidente de la Comision Nacional contra la Biopirateria, en la COP-MOP 1, pues entre sus principales funciones se encuentran la busqueda de posibles casos de biopirateria en las bases de datos de las principales oficinas de patentes del MORDAZA, asi como de crear y mantener un registro de los recursos biologicos de origen peruano y conocimientos colectivos de los pueblos indigenas del Peru; Que, la asistencia de los referidos participantes en la COP MOP 1, permitira la construccion o consolidacion de MORDAZA de comunicacion entre el Peru y otros paises suscriptores del Protocolo de Nagoya, ademas de buscar en esta primera reunion las posiciones similares y/o divergentes, asi como, plantear la posicion peruana en conjunto con los distintas entidades que conforman la comitiva del Estado peruano; por lo que estar inmersos en el Decenio de la Naciones Unidas sobre Diversidad Biologica, la COP MOP 1, en el MORDAZA de la COP 12, constituye uno de los mas importantes eventos con relacion a la diversidad biologica; Que, el viaje de representacion de los citados funcionarios resulta de interes nacional, siendo necesario autorizar su participacion, para cuyo efecto los gastos por concepto de pasajes y viaticos seran asumidos integramente con el presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; De conformidad con la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; el Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pillman, Ejecutivo 1 de la Direccion de Invenciones y Nuevas Tecnologias (DIN) y MORDAZA

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberan presentar al Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4.- La presente autorizacion de viaje no da derecho a liberacion o exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 1145999-5

Crean Comision Multisectorial de naturaleza temporal con la finalidad de elaborar una propuesta del Plan Nacional de Educacion en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario
RESOLUCION SUPREMA Nº 331-2014-PCM MORDAZA, 2 de octubre de 2014 Que, la Constitucion Politica del Peru establece en su articulo 1º que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, agregando en su articulo 14º que la formacion etica y civica y la ensenanza de la Constitucion y de los derechos humanos son obligatorias en todo el MORDAZA educativo civil o militar; y que la ensenanza se imparte, en todos sus niveles, con sujecion a los principios constitucionales y a los fines de la correspondiente institucion educativa; Que, de acuerdo al articulo 44º de la Constitucion Politica del Peru, es deber primordial del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; Que, el articulo 55º de la Constitucion Politica del Peru establece que los tratados celebrados por el Estado y en MORDAZA forman parte del derecho nacional, acotando la Cuarta Disposicion Final de la Carta Politica que las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitucion reconoce se interpretan de conformidad con la Declaracion Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Peru; Que, conforme con la normativa constitucional indicada, se aprobo la Ley Nº 27741, Ley que establece la Politica Educativa en materia de Derechos Humanos y crea un Plan Nacional para su Difusion y Ensenanza, cuyo

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