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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (03/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Viernes 3 de octubre de 2014 534014 exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Que, el artículo 26°, de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, señala que el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23° de la respectiva norma, más el tiempo compensatorio señalado en el citado artículo 26º; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modifi catorias el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modifi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Capitán EP Percy SALDAÑA CRISTOBAL, identifi cado con DNI Nº 42109519, para realizar la Pasantía en Endocrinología, Metabolismo y Nutrición, en el Hospital Clínico San Carlos, de la Ciudad de Madrid, Reino de España, del 06 de octubre al 30 de diciembre de 2014, así como autorizar su salida del país el 05 de octubre y su retorno al país el 31 de diciembre de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional, para el Año Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima-Madrid (Reino de España)-Lima (Clase económica) US $. 2,800.00 x 01 persona US $. 2,800.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: €. 4,210.41/31 x 26 días x 01 persona €. 3,531.31 €. 4,210.41 x 01 mes x 01 persona €. 4,210.41 €. 4,210.41/31 x 30 días x 01 persona €. 4,074.59 Artículo 3º.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014; con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5º.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducida, por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) ó c) del artículo 9º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 6º.- El Ofi cial designado deberá cumplir con presentar un informe detallado al titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7°.- El Ofi cial autorizado revistará en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú durante el período de tiempo que dure la Misión de Estudios. Artículo 8°.- El citado Ofi cial está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad y retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10º.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1146001-9 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 517-2014-DE/EP Lima, 2 de octubre de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 2099/DIEDOC/C-5.b del 24 de setiembre de 2014, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 24 de setiembre de 2014, el Jefe de Departamento de Docencia e Investigación del Hospital Alemán, informa a la Capitán EP Liz Karen Cevallos Riva, que su rotación ha sido aceptada por el Servicio de Dermatología del Hospital Alemán, de la ciudad Buenos Aires, de la República Argentina, del 06 de octubre al 28 de noviembre de 2014; Que, con el documento del visto, la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército comunica que el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación de la Capitán EP Liz Karen Cevallos Riva, para realizar la Pasantía en Dermatología, en el Hospital Alemán, de la ciudad de Buenos Aires, de la República Argentina, del 06 de octubre al 28 de noviembre de 2014; Que, resulta conveniente para los intereses de la institución, autorizar el viaje al Exterior en Misión de Estudios del personal militar antes mencionado, lo que permitirá al Ejército del Perú disponer de una Ofi cial altamente capacitada en Dermatología, a fín de que desarrolle y demuestre aptitudes, para tratar en forma efi ciente al personal de la institución, particularmente en pacientes de esta especialidad, con los nuevos avances tecnológicos de la medicina; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002;