Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2014 (03/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, el articulo 26°, de la Ley N° 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, senala que el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23° de la respectiva MORDAZA, mas el tiempo compensatorio senalado en el citado articulo 26º; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejercito Comandante General del Ejercito y lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios al Capitan EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 42109519, para realizar la Pasantia en Endocrinologia, Metabolismo y Nutricion, en el Hospital Clinico San MORDAZA, de la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana, del 06 de octubre al 30 de diciembre de 2014, asi como autorizar su salida del MORDAZA el 05 de octubre y su retorno al MORDAZA el 31 de diciembre de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional, para el Ano Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aereos: Lima-Madrid (Reino de Espana)-Lima (Clase economica) US $. 2,800.00 x 01 persona US $. 2,800.00 VISTO:

El Peruano Viernes 3 de octubre de 2014

autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 5º.- El monto de la Compensacion Extraordinaria mensual sera reducida, por el Ejercito del Peru, en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al MORDAZA parrafo del numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Articulo 6º.- El Oficial designado debera cumplir con presentar un informe detallado al titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7°.- El Oficial autorizado revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru durante el periodo de tiempo que dure la Mision de Estudios. Articulo 8°.- El citado Oficial esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad y retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 9º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10º.- La presente Resolucion sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1146001-9 RESOLUCION SUPREMA Nº 517-2014-DE/EP MORDAZA, 2 de octubre de 2014

El Oficio Nº 2099/DIEDOC/C-5.b del 24 de setiembre de 2014, de la Direccion de Educacion y Doctrina del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 24 de setiembre de 2014, el Jefe de Departamento de Docencia e Investigacion del Hospital MORDAZA, informa a la Capitan EP Liz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que su rotacion ha sido aceptada por el Servicio de Dermatologia del Hospital MORDAZA, de la MORDAZA Buenos Aires, de la Republica MORDAZA, del 06 de octubre al 28 de noviembre de 2014; Que, con el documento del visto, la Direccion de Educacion y Doctrina del Ejercito comunica que el General de Ejercito Comandante General del Ejercito aprobo la designacion de la Capitan EP Liz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para realizar la Pasantia en Dermatologia, en el Hospital MORDAZA, de la MORDAZA de Buenos Aires, de la Republica MORDAZA, del 06 de octubre al 28 de noviembre de 2014; Que, resulta conveniente para los intereses de la institucion, autorizar el viaje al Exterior en Mision de Estudios del personal militar MORDAZA mencionado, lo que permitira al Ejercito del Peru disponer de una Oficial altamente capacitada en Dermatologia, a fin de que desarrolle y demuestre aptitudes, para tratar en forma eficiente al personal de la institucion, particularmente en pacientes de esta especialidad, con los nuevos avances tecnologicos de la medicina; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002;

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: . 4,210.41/31 x 26 dias x 01 persona . 4,210.41 x 01 mes x 01 persona . 4,210.41/31 x 30 dias x 01 persona . . . 3,531.31 4,210.41 4,074.59

Articulo 3º.- El otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014; con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias

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