TEXTO PAGINA: 12
El Peruano Jueves 9 de octubre de 2014 534398 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1068 se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el literal a) del artículo 25º del Decreto Legislativo antes acotado, estipula que la designación de los Procuradores Públicos culmina, entre otras razones, por la renuncia; Que, mediante Resolución Suprema N° 129- 2012-JUS, de fecha 29 de agosto del año 2012, se designó al señor abogado Iván Fernando Espinoza Céspedes, como Procurador Público del Ministerio de la Producción; Que, mediante Ofi cio N° 1278-2014-PRODUCE/ SG, de fecha 04 de setiembre de 2014, el Ministerio de la Producción comunicó a la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado que el señor abogado Iván Fernando Espinoza Céspedes, presentó renuncia al cargo de Procurador Público del Ministerio de la Producción; Que, conforme al Oficio de visto, el Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto aceptar la renuncia del señor abogado Iván Fernando Espinoza Céspedes, al cargo de Procurador Público del Ministerio de la Producción, resultando pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad, con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo N° 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 017- 2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del señor abogado Iván Fernando Espinoza Céspedes, como Procurador Público del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1147823-4 PRODUCE Designan representante del Ministerio ante el Consejo Directivo del “Centro de Innovación Tecnológica Productivo – CITEproductivo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 330-2014-PRODUCE Lima, 6 de octubre de 2014 VISTOS: El Memorando N° 01051-2014- PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Oficio N° 120-2014-ITP/PCD de la Presidenta del Consejo Directivo y el Director Ejecutivo Científico (e) del Instituto Tecnológico de la Producción ITP y el Informe N° 052-2014-PRODUCE/ OGAJ-jmantilla de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27267 Ley de Centros de Innovación Tecnológica, tiene como objetivo establecer los lineamientos para la creación, desarrollo y gestión de Centros de Innovación Tecnológica – CITE, con la fi nalidad de promover el desarrollo industrial, la artesanía, el turismo y la innovación tecnológica; Que, el artículo 13 del Reglamento de la Ley de Centros de Innovación Tecnológica, aprobado por el Decreto Supremo N° 027-2000-ITINCI establece que los órganos de Gobierno de los CITE estatales serán el Consejo Directivo, el Director Ejecutivo y el Consejo Consultivo; asimismo, en el cuarto párrafo del artículo 14 de la norma citada, se dispone que por Resolución Ministerial se conformará al Consejo Directivo del CITE; Que, mediante Resolución Suprema N° 006-2014- PRODUCE, se crea el “Centro de Innovación Tecnológica Productivo – CITEproductivo” de naturaleza pública, en el ámbito del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP del Ministerio de la Producción, con sede en el departamento de Madre de Dios; Que, el artículo 5 de la Resolución Suprema citada en el considerando precedente, establece que el “Centro de Innovación Tecnológica Productivo – CITEproductivo”, tendrá un Consejo Directivo conformado por un representante del Ministerio de la Producción, quien lo presidirá, un representante del Ministerio de Agricultura y Riego, un representante de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, y cuatro representantes de los empresarios de los sectores del ámbito de intervención del CITE, designados de común acuerdo por los Ministerios o Gobierno Regional; Que, estando a lo informado en los documentos de vistos, corresponde designar al representante del Ministerio de la Producción ante el Consejo Directivo del “Centro de Innovación Tecnológica Productivo – CITEproductivo”, quien lo presidirá; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE; y, la Resolución Suprema N° 006-2014-PRODUCE, que crea el “Centro de Innovación Tecnológica Productivo – CITEproductivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor JOSÉ ABRAHAM CARDOZO MOUZULLY, como representante del Ministerio de la Producción ante el Consejo Directivo del “Centro de Innovación Tecnológica Productivo – CITEproductivo”, creado por Resolución Suprema N° 006-2014-PRODUCE, quien lo presidirá. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1147534-2