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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (09/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Jueves 9 de octubre de 2014 534394 Designan Director de la Dirección General de Calidad de Prestaciones Sociales del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 237-2014-MIDIS Lima, 7 de octubre de 2014 VISTOS: El Memorando Nº 276-2014-MIDIS/VMPS del Viceministerio de Prestaciones Sociales, el Memorando Nº 1500-2014-MIDIS/SG/OGA de la Ofi cina General de Administración y el Informe Nº 392-2014-MIDIS/SG/OGA/ ORH de la Ofi cina de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose que la Dirección General de Calidad de Prestaciones Sociales es el órgano de línea encargado de promover la mejora de la calidad de las prestaciones de los programas y proyectos del Ministerio, que depende jerárquicamente del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; Que, mediante Resolución Suprema N° 001-2013- MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, reordenado mediante las Resoluciones Ministeriales N° 012-2013- MIDIS, N° 085-2013-MIDIS, N° 127-2013-MIDIS y Nº 008-2014-MIDIS, califi cándose al cargo de Director de la Dirección General de Calidad de Prestaciones Sociales como de confi anza; Que, por Resolución Ministerial Nº 231-2014-MIDIS se encargó a la señora Ivette Karina Orrego Fernández las funciones de Directora de la Dirección General de Calidad de Prestaciones Sociales del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; Que, en tal sentido, se ha estimado conveniente designar a la persona que desempeñe las funciones de Director de la Dirección General de Calidad de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido, a partir del 09 de octubre de 2014, el encargo de funciones conferido a la señora Ivette Karina Orrego Fernández como Directora de la Dirección General de Calidad de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 09 de octubre de 2014, al señor Luis Álvaro Tello Zumarán en el cargo de Director de la Dirección General de Calidad de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1147822-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor de los Gobiernos Locales ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2014 DECRETO SUPREMO N° 278-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28939, Ley que aprueba Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, creó el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL, cuya fi nalidad es el fi nanciamiento o cofi nanciamiento de proyectos de inversión pública de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, para lo cual podrán destinarse los recursos al fi nanciamiento o cofi nanciamiento de estudios de preinversión; Que, la Ley N° 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 204-2007-EF, establecieron que los estudios de preinversión o proyectos de inversión pública antes referidos, deben estar orientados a reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básicos, que tengan el mayor impacto en la reducción de la pobreza y pobreza extrema en el país; asimismo, dispusieron que la Secretaría Técnica presente la lista de los estudios de preinversión y/o proyectos de inversión pública que hayan resultado seleccionados al Consejo Directivo del FONIPREL, el cual procede a su aprobación; Que, el artículo 16 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas a fi nanciar, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia, los fi nes del FONIPREL hasta por la suma de QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 500 000 000,00), cuya transferencia a los gobiernos regionales y gobiernos locales respectivos se efectúen conforme a lo establecido en el artículo 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y se incorpora en los presupuestos institucionales correspondientes en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados. Asimismo, dispone que los recursos autorizados puedan ser asignados para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en seguridad ciudadana hasta por el monto de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 250 000 000,00) a través de los mecanismos del FONIPREL; Que, los ingresos del FONIPREL se encuentran constituidos por los recursos señalados en el artículo 6 de la Ley N° 29125; Que, el numeral 1.3 del artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 030-2008 y la Única Disposición Complementaria de la Ley N° 29125, disponen que los recursos del FONIPREL se depositan en la cuenta del Fondo y se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados del Presupuesto Institucional de las entidades cuyos estudios de preinversión o proyectos de inversión resulten ganadores del concurso a solicitud de la Secretaría Técnica del FONIPREL; Que, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesión ordinaria del 13 de enero de 2014, procedió con la aprobación de las Bases del Concurso FONIPREL 2014, señalándose como presupuesto disponible para dicha convocatoria la suma de SETECIENTOS OCHENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 780 000 000,00). Que, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesión ordinaria del 23 de mayo de 2014, aprobó la lista de los