Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2014 (09/10/2014)
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TEXTO DE LA PÁGINA 43
El Peruano Jueves 9 de octubre de 2014
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corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, mediante Informe Nº 0392-2014-MPH/GDSE/ SGECD de fecha 13 de MORDAZA del 2014, la Sub Gerencia de Educacion, Cultura y Deporte, en sus conclusiones senala, cree conveniente la viabilidad del Proyecto de Ordenanza Municipal sobre el empleo del espacio publico de la Plaza de MORDAZA de Huaral. Que, mediante Informe Nº 0274-2014-MPH/GDSE/ SGDET de fecha 28 de MORDAZA del 2014, la Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Turismo, concluye que es conveniente viabilizar el Proyecto de Ordenanza Municipal sobre Uso y Reguardo de la Plaza de MORDAZA del Distrito y Provincia de Huaral. Que, mediante Informe Nº 303-2014-MPH/GDSE de fecha 30 de MORDAZA del 2014, la Gerencia de Desarrollo Social y Economico, remite la propuesta del Proyecto de Ordenanza Municipal sobre Uso y Reguardo de la Plaza de MORDAZA de Huaral, con las modificaciones que ha podido implementar esta Gerencia. Que, mediante Informe Nº 0680-2014-MPH/GDUOT/ SGEPT de fecha 27 de MORDAZA del 2014, la Sub Gerencia de Estudios y Planeamiento Territorial, es de opinion que lo contemplado en el presente Proyecto de Ordenanza Municipal adjunto no va a contravenir lo indicado, por lo que se sugiere su continuacion y aprobacion correspondiente. Que, mediante Memorandum Nº 814-2014/MPH/ GSCyGA de fecha 17 de MORDAZA del 2014, la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental, considera dar la viabilidad al Proyecto de Ordenanza Municipal sobre Uso y Reguardo de la Plaza de MORDAZA de Huaral, sin perjuicios de los objetivos prioritarios y en forma excepcional su uso, debiendo incluir algunas actividades de acuerdo al calendario ambiental. Que, mediante Memorandum Nº 754-2014-MPHGSCFC de fecha 01 de Agosto del 2014, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalizacion y Control, senala que habiendo recibido la Opinion Tecnica del Asesor Legal de esta Gerencia, que se adjunta al presente documento el Informe Nº 028-2014-MPHGSCFC, en el cual se remite la Opinion Tecnica, como tambien las recomendaciones a fin de continuar con el procedimiento administrativo. Que, mediante Memorandum Nº 867-2014-MPH/ GTTSV de fecha 19 de Agosto del 2014, la Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial, opina favorablemente para la implementacion del Proyecto de Ordenanza Municipal sobre Uso y Reguardo de la Plaza de MORDAZA de Huaral, debiendo tomar en consideracion las observaciones emitidas por esta Gerencia. Que, mediante Informe Nº 812-2014-MPH-GAJ de fecha 19 de Agosto del 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye, que habiendo efectuado la revision del Proyecto de Ordenanza Municipal sobre Uso y Reguardo de la Plaza de MORDAZA de Huaral, considera VIABLE su aprobacion, siendo atribucion del Concejo Municipal, aprobarlo mediante Ordenanza Municipal, conforme a la normatividad vigente. Que, mediante Dictamen Nº 001-MPH de fecha 28 de Agosto del 2014, la Comision Especial de Regidores Presidentes de las Comisiones de Desarrollo MORDAZA, Transporte y Seguridad Vial, Comision de Educacion, Cultura, Turismo y Deporte y de la Comision de Participacion Vecinal y Asuntos Alimentarios del Concejo Municipal, RECOMIENDA al Pleno del Concejo Articulo Primero: Aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal sobre Uso y Reguardo de la Plaza de MORDAZA del Distrito y Provincia de Huaral. Que, estando a los fundamentos MORDAZA expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º, numeral 8º Articulo 20 numeral 5º y Articulo 39º y 40º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" con el MORDAZA Unanime de los Senores Miembros del Pleno del Concejo y con la Dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA "SOBRE USO Y RESGUARDO DE LA PLAZA DE MORDAZA DE HUARAL" OBJETIVOS Y USOS GENERALES Articulo 1º.- La Plaza de MORDAZA, en su calidad de bien nacional de uso publico, es el espacio MORDAZA fundamental
destinado a financiar todos aquellos gastos imputables, directa o indirectamente al MORDAZA de Promocion de la inversion Privada, cuya administracion estara a cargo de la Gerencia de Promocion de las Inversiones y Cooperacion. La Gerencia de Promocion de las Inversiones y Cooperacion, financiara inicialmente los gastos que incurra los procesos de promocion de la inversion privada; los recursos empleados deberan ser reembolsados con los recursos propios que genere el FOMPRI - HUARAL. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Para efectos de la aplicacion de la presente Ordenanza, se entendera por: - CONCEJO MUNICIPAL: Es el organo MORDAZA del Organismo Promotor de la Inversion Privada de la Municipalidad Provincial de Huaral. - LA GERENCIA DE PROMOCION DE LAS INVERSIONES Y COOPERACION: Es la Instancia Tecnica Responsable que Conduce el MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada sin perjuicio de las atribuciones que detenta el Concejo Municipal. - COMITE ESPECIAL DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA - CEPRI: Es el organo colegiado creado a propuesta de la Gerencia de Promocion de las Inversiones y Cooperacion. Dichos organos son de caracter temporal extendiendose su permanencia unicamente por el plazo previsto para el procedimiento asignado. Las funciones y facultades del CEPRI, se encuentran reguladas por el Decreto Legislativo Nº 1012, el Decreto Supremo Nº 146-2008-EF. Segunda.- Por Decreto de Alcaldia se estableceran las disposiciones reglamentarias a la presente Ordenanza, asi como las normas complementarias para la tramitacion y evaluacion de Iniciativas Privadas en proyectos de inversion en la jurisdiccion de Independencia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 1147308-1
Regulan el Uso y Resguardo de la Plaza de MORDAZA de Huaral
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 021-2014-MPH Huaral, 29 de agosto del 2014. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal sobre Uso y Resguardo de la Plaza de MORDAZA de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el Articulo Unico de la Ley Nº 27860 Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV del Titulo IV Sobre Descentralizacion, concordante con el Articulo II del titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades. Que, el Articulo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias sobre la ubicacion de avisos publicitarios y el numeral 8) del Articulo 9º de la preciada Ley Organica, dispone que