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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (09/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 42

El Peruano Jueves 9 de octubre de 2014 534428 la Promoción de la Inversión Privada en la Provincia de Huaral, previa opinión legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica. Que, mediante Informe Nº 509-2014-MPH-GAJ de fecha 19 de Mayo del 2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye, que habiendo efectuado la revisión del Proyecto de Ordenanza Municipal que Declara de Interés la Promoción de la Inversión Privada en la Provincia de Huaral, considera VIABLE su aprobación, siendo atribución del Concejo Municipal, aprobarlo mediante Ordenanza Municipal, conforme a sus atribuciones conferidas en la Ley de la materia. Que, mediante Carta Nº 08-2014-MPH/CCTI de fecha 20 de Mayo del 2014, la Presidenta de la Presidenta de la Comisión de Cooperación Técnica e Internacional del Concejo Municipal Provincial de Huaral, realiza una serie de observaciones al Expediente de aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que Declara de Interés la Promoción de la Inversión Privada en la Provincia de Huaral: 1. Si se ha tenido en cuenta el periodo de recuperación y probabilidades de éxito para garantizar el reembolso de los gastos del fi nanciamiento inicial por el proceso de inversión privada; ello en afán de que se cumpla el concepto de que este proyecto no irrogará gastos al erario municipal, según los informes de Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, además que dicha Gerencia ha sabido informar que el Gobierno Central ha recortado presupuesto y más aún no se sabe si recortará más durante el año a nuestra entidad y la recaudación por Tesorería a la fecha es baja. 2. Cuál es el Plan de Trabajo de la Gerencia de Promoción de las Inversiones y Cooperación. 3. A cuánto asciende el Presupuesto de la Gerencia de Promoción de las Inversiones y Cooperación. 4. Cuál es su Presupuesto Inicial para el funcionamiento del FOMPRI. 5. Detállese el proceso de promoción en referencia, cómo se va a promover. 6. Cómo se va a recaudar fondos para el FOMPRI. 7. Qué va a generar el FOMPRI. 8. Funciones del FOMPRI. 9. Se observa la carencia de un Reglamento para el Comité Especial de Promoción de Inversión Privada – CEPRI (s). Que, mediante Informe Nº 011-2014-MPH/GPIC de fecha 19 de Junio del 2014, la Gerencia de Promoción de las Inversiones y Cooperación, señala que los gastos en que incurran los Comités Especiales de Promoción de la Inversión Privada generados por la Ejecución de los Procedimientos vinculados a la aplicación de las modalidades de participación de la inversión privada, serán fi nanciados por el Organismo Promotor de la Inversión Privada con los recursos del FOMPRI, con cargo a ser reembolsos por el Adjudicatario. Que, mediante Memorándum Nº 160-2014-MPH/ GPIC de fecha 01 de Agosto del 2014, la Gerencia de Promoción de las Inversiones y Cooperación, solicita la asignación de recursos ascendente a 10 UIT provenientes de los fondos 2014 de la GPIC, para el funcionamiento del FOMPRI – HUARAL, de acuerdo al Artículo QUINTO del Proyecto de Ordenanza Municipal que Declara de Interés la Promoción de la Inversión Privada en la Provincia de Huaral. Que, mediante Informe Nº 0184-2014-MPH/GPPR/ SGPR de fecha 05 de Agosto del 2014, la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización, recomienda que adicional a la Opinión Técnica que se emitió con Informe Nº 0130-2014- MPH/GPPR/SGPR, se complemente con la Opinión Presupuestal sobre la disponibilidad para la asignación de recursos ascendente a 10 UIT, provenientes de los fondos 2014 de la GPIC, para el funcionamiento del FOMPRI – HUARAL, de acuerdo al Artículo Quinto del Proyecto de Ordenanza Municipal que Declara de Interés la Promoción de la Inversión Privada en la Provincia de Huaral. Que, mediante Informe Nº 0676-2014-MPH/GPPR/ SGP de fecha 18 de Agosto del 2014, la Sub Gerencia de Presupuesto, considera favorable la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que Declara de Interés la Promoción de la Inversión Privada en la Provincia de Huaral, por lo cual considerará los recursos necesarios, ascendente a 10 UIT, provenientes de los Fondos de la GPIC para su funcionalidad, en la Formulación y Programación del Presupuesto del Año Fiscal 2015. Que, mediante Dictamen Nº 001-2014-MPH/CCTel/ RBG de fecha 28 de Agosto del 2014, la Comisión de Cooperación Técnica e Internacional del Concejo Municipal, RECOMIENDA al Pleno del Concejo Artículo Primero: Aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal que Declara de Interés la Promoción de la Inversión Privada en la Provincia de Huaral, con una base económica de 10 UIT, proveniente de los fondos de la Gerencia de Promoción de las Inversiones y Cooperación para su funcionalidad, en la formulación de la Programación del Presupuesto del Año Fiscal 2015. De este modo se implementará todos los procedimientos administrativos y normativos para fomentar la inversión privada en el ámbito de la Provincia de Huaral, conduciendo los procesos de promoción, evaluación, selección y fi nanciamiento, contribuyendo al progreso económico de nuestra jurisdicción. Artículo Segundo: La Secretaría General deberá tomar las acciones conducentes para la Publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Ofi cial de circulación nacional y de su Publicación en el Portal Virtual de la Municipalidad. Artículo Tercero: La Gerencia de Promoción de las Inversiones y Cooperación, será encargada del cumplimiento del presente Proyecto de Ordenanza de Promoción de la Inversión Privada en la Provincia de Huaral, conforme a las normas vigentes, trabajando de manera articulada hasta donde sea posible con la Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Turismo. Que, estando a los fundamentos antes expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º, numeral 8º Articulo 20 numeral 5º y Artículo 39º y 40º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” con el Voto Unánime de los Señores Miembros del Pleno del Concejo y con la Dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA “QUE DECLARA DE INTERÉS LA PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN LA PROVINCIA DE HUARAL” Artículo Primero.- Declarar de Interés la Promoción de la Inversión Privada en la Provincia de Huaral en materia de proyectos, servicios, obras para la implementación y operación de obras de infraestructura pública o la prestación de servicios públicos, con la participación del sector privado; como herramienta para el desarrollo integral, sostenible y armónico en nuestra jurisdicción. Artículo Segundo.- Designar con Resolución de Alcaldía, a la Gerencia de Promoción de las Inversiones y Cooperación, como Instancia Técnica Responsable del Organismo Promotor de la Inversión Privada de la Municipalidad Provincial de Huaral, para la Conducción del Proceso de Promoción de la Inversión Privada. El Proceso de Promoción de la Inversión Privada comprende la identifi cación de oportunidades de inversión e inversionistas, la evaluación de las iniciativas privadas, la conducción de ofertas públicas, sean concursos, licitaciones o afi nes, así como la gestión de los contratos de participación de la inversión privada. Artículo Tercero.- Por Resolución de Alcaldía se formalizará la Creación del (de los) Comité(s) Especial(es) de Promoción de la Inversión Privada - CEPRI(s) que se requierá (n) y designará a sus miembros, a propuesta de la Gerencia de Promoción de las Inversiones y Cooperación, observando las disposiciones contenidas en el literal d) del Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM - Reglamento de la Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, El (Los) Comité(s) Especial(es) de Promoción de la Inversión Privada - CEPRI(s), se encargará (n) de llevar a cabo la evaluación y gestión de los procedimientos vinculados para el otorgamiento y regulación de las Asociaciones Públicas Privadas. Artículo Cuarto.- La Gerencia de Promoción de las Inversiones y Cooperación, informará semestralmente al Concejo Municipal el estado de situación de los procesos de Promoción de la Inversión Privada a que se refi ere la presente Ordenanza incluyendo las Iniciativas Privadas presentadas. Artículo Quinto.- Constitúyase el Fondo Municipal de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Provincial de Huaral, en adelante, FOMPRI - HUARAL,