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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (09/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 37

El Peruano Jueves 9 de octubre de 2014 534423 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se le autorice la ampliación de plazo del cierre temporal de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución S.B.S Nº 5626-2014 del 25 de agosto del presente, se autorizó el cierre temporal de la citada agencia desde el 21 de agosto hasta el 22 de setiembre del 2014. Que, en la solicitud se señala que la ampliación de plazo se debe a que se ha tenido retrasos en los trabajos de remodelación, por lo que estará iniciando operaciones el 9 de octubre próximo. Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank la ampliación del plazo de cierre temporal hasta el 8 de octubre del 2014 de la siguiente agencia: • Agencia Aurora, ubicada en CC. Aurora, Tienda A- B, Av. Arias Schereiber Nro. 202 Urb. Aurora, distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1147337-1 Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank, el cierre temporal de agencia ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 6461-2014 Lima, 30 de setiembre de 2014 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se le autorice el cierre temporal de una (01) agencia desde el 26 de setiembre hasta el 18 de diciembre del presente año, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución SBS N° 240-2013. RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank el cierre temporal de una (01) agencia desde el 26 de setiembre hasta el 18 de diciembre del presente año, ubicada en Av. Carlos Villarán Nro.140, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1147338-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Relación de concesiones mineras de alcance regional cuyos títulos fueron aprobados en los meses de enero, marzo, julio y agosto del año 2014 DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL N° 86-2014-GR-CAJ-DREM Cajamarca, 1 de septiembre de 2014 VISTOS, la relación de Títulos Mineros otorgados por la Dirección Regional de Energía y Minas de Cajamarca en los meses de Enero, Marzo, julio y agosto del año 2014, conforme a lo informado por el Área Legal y Técnica; CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Ministerial N° 046-2008- MEM/DM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 02 de febrero de 2008, se declaró entre otros que el Gobierno Regional de Cajamarca concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo a partir de esa fecha competente para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional. Que, el Gobierno Regional de Cajamarca a través de la Dirección Regional de Energía y Minas otorga Títulos de Concesión Minera para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional, conforme lo indicado en el párrafo anterior. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM – TUO de la Ley General de Minería, se debe cumplir con publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubiesen sido aprobados el mes anterior, considerando lo establecido en el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM – Reglamento de Procedimientos Mineros; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PUBLÍQUESE en el Diario Oficial El Peruano la relación de concesiones mineras de alcance regional cuyos títulos fueron aprobados en los meses de Enero, Marzo, julio y agosto del año 2014, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese. VICTOR E. CUSQUISIBAN FERNANDEZ Director de la Dirección Regional de Energía y Minas