Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2014 (14/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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Fines, asi como de Parques Zonales, Ministerio de Educacion y Renovacion MORDAZA, fueron redimidos en dinero ante las Entidades competentes, Que, mediante Carta Nº 420-2014-EOMR-AV, (fs. 23) de fecha 21 de MORDAZA de 2014, emitido por la empresa SEDAPAL, se otorga la MORDAZA de Existencia y Suficiencia de los servicios de agua potable y alcantarillado, para el terreno de 11,000.00 m2 ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA Gallo Nº 1831 de la Parcelacion del Fundo La MORDAZA en el distrito de Ate, senalando que existen redes de agua potable de P.V.C. de 6" (160 mm) en la Av. MORDAZA MORDAZA Gallo a 2.00 ml. de distancia del limite de propiedad y las redes de alcantarillado que pasan frente al predio (lote unico) indicado es de P.V.C. de 8" (200 mm) a 5 ml. de distancia del limite de propiedad, Que, mediante Carta DPBT.13.1264053 (fs. 53) de fecha 18 de Diciembre de de 2013, emitido por la empresa LUZ DEL SUR, se otorga la MORDAZA de Existencia y Suficiencia de los servicios de Energia Electrica para la Asociacion Peruana de la Iglesia de Jesucristo de los MORDAZA de los Ultimos Dias (ASPERSUD), ubicado en el distrito de Ate, indicando que actualmente existen redes electricas en la mencionada MORDAZA, Que, mediante Expediente Nº 34755-2014, los administrados solicitan la Recepcion de Obra de Habilitacion MORDAZA del Lote unico precisando que los fines no es para la construccion de un conjunto residencial, sino la finalidad es construir su iglesia con sus servicios complementarios como salones, MORDAZA de mantenimiento, jardines, losas deportivas multiusos, por lo que esta aclaracion NO altera ni modifica los Planes Urbanos aprobados en cuanto a la zonificacion, vias ni aportes reglamentarios. Asi tambien, se verifico que frente al terreno existen las obras de habilitacion MORDAZA de agua, desague, energia electrica, alumbrado publico y que los medidores de los servicios basicos seran nuevamente instalados de manera simultanea con la construccion de la Iglesia; asimismo, se constato que en la Av. MORDAZA MORDAZA Gallo se encuentran ejecutadas las pistas y veredas, Que, mediante Informe Nº 047-2014 -MDA/ GDUSGHUE-JLCHG de fecha 05 de Setiembre de 2014 emitido por el Area Tecnica de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones se concluye que el presente procedimiento administrativo es procedente y los administrados han cumplido con cancelar el deficit de los aportes reglamentarios correspondiente al predio matriz y con presentar los requisitos segun el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 79º, inciso 3.6.1 del Capitulo ii de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; Articulo 75º de la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444, asi como, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, Ley Nº 29090, su Reglamento y por el Reglamento Nacional de Edificaciones. SE RESUELVE: Articulo Primero.- RECEPCIONAR de conformidad con el Plano de Replanteo Nº 056-2014-MDA/GDU-SGHUE y su memoria descriptiva, las Obras de Habilitacion MORDAZA de Lote Unico de propiedad de la Asociacion Peruana de la Iglesia de Jesucristo de los MORDAZA de los Ultimos Dias, para la construccion de su Iglesia y servicios complementarios, en el terreno con un area de 11,000.00 m2, constituido por la mitad del Lote 133-A de la Parcelacion del Ex - Fundo La MORDAZA, ubicado con frente a la Av. MORDAZA MORDAZA Gallo Nº 1831 del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; cuyos Proyectos de Habilitacion MORDAZA Ejecutada fueron aprobados mediante Resolucion de Subgerencia Nº 097-2011-MDA/GDU-SGHUE de fecha 07/09/2011 y su aclaratoria Resolucion de Subgerencia Nº 085-2012-MDA/ GDU-SGHUE de fecha 16/01/2012. Del Area Bruta del terreno correspondiente de 11,000.00 m2, le corresponde un Area Util total de 11,000.00 m2. . Articulo Segundo.- INCORPORAR en la jurisdiccion del distrito de Ate, la Habilitacion MORDAZA de Lote Unico que se recepciona con la presente Resolucion. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo MORDAZA de 30 dias calendario de notificados, por cuenta de los interesados. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion de Sub Gerencia, al Registro de Propiedad de Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao ­ SUNARP para los efectos de su Inscripcion correspondiente; al

El Peruano Martes 14 de octubre de 2014

SERPAR-LIMA, a EMILIMA, al Ministerio de Educacion, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, y a los interesados para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA VILLENA Subgerente de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones 1149176-1

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Amplian alcances del programa de incentivos y beneficios tributarios, establecido en la Ordenanza Nº 303MDC
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2014/MDC Carabayllo, 30 de setiembre de 2014 VISTO: La Ordenanza Nº 303/MDC de fecha 28 de MORDAZA de 2,014, Ordenanza Municipal que establece el Programa de Incentivos y Beneficios Tributarios para el pago de Tributos Municipales en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo y, el Decreto de Alcaldia Nº 008-2014/MDC de fecha 29 de agosto de 2,014; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con Personeria Juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado, los Gobiernos Locales tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, asi como para crear, modificar y suprimir Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales; Que, el Articulo Tercero de la Ordenanza Nº 303/ MDC, senala que el plazo para acogerse a los beneficios descritos en el Articulo MORDAZA de la citada Ordenanza que establece el Programa de Incentivos y Beneficios Tributarios para el Pago de Tributos Municipales en la jurisdiccion del Distrito de Carabayllo sera desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano", extendiendose hasta el 30 de Junio de 2,014; Que, en la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 303/MDC, se establece que se faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, establezca la prorroga correspondiente y dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuada aplicacion de la Ordenanza; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 005-2014/MDC de fecha 26 de Junio de 2,014 se prorrogo hasta el 31 de MORDAZA de 2,014, los alcances del "Programa de Incentivos y Beneficios Tributarios para el pago de Tributos Municipales en la jurisdiccion del Distrito de Carabayllo", establecido en la Ordenanza Nº 303/MDC de fecha 28 de MORDAZA de 2,014, entrando en vigencia este Decreto de Alcaldia el 01 de MORDAZA de 2,014, siendo obligacion de la Gerencia de Administracion Tributaria y de las Unidades Organicas que la conforman darle cumplimiento. Asimismo, segun Decreto de Alcaldia Nº 008-2014/MDC de fecha 29 de Agosto de 2,014 se prorrogo hasta el 30 de Setiembre de 2,014, los alcances del citado Programa; Que, mediante Informe Nº 017-2014-GAT-MDC de la Gerencia de Administracion Tributaria se senala que, es necesario prorrogar mediante MORDAZA Decreto de Alcaldia los beneficios instaurados en la Ordenanza Municipal que establece el Programa de Incentivos y Beneficios Tributarios hasta el 31 de Octubre del presente ano;

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